John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.

viernes, 31 de mayo de 2013

El Cuerpo Gobernante es todo para con todos: "toda la pasta es mía".

Jesús B. (exbetelita de pro)




Carta 1 de mayo de 2013


     Estimados y esquilmados camaradas ibéricos y allende los mares:

     El Cuerpo Gobernante, ha decidido que los superintendentes viajantes sigan llevando una vida cómoda y sin sobresaltos económicos, a costa del sudor de nuestra frente.  Sin embargo, intuyo que quieren "controlar" los ingresos de éstos embajadores plenipotenciarios a nivel local..., ¡el fin del mundo se aproxima a toda leche y el Governing Body Bank necesita todo el dinero del mundo para poder seguir en su inmensa labor del profetizar falluto y de la diseminación de las verdades caducas watchtowerianas!  No quieren que los hermanos se equivoquen cuando dan un sobre al viajante..., ¡pensando que se lo dan al Cuerpo Gobernante!  Quiere dejar bien claro en la mente del apoquinante neto, que son dos entes distintos y que son ellos  --la Voz de Dios en la Tierra--  quienes tienen que recibir el dinero de las donaciones..., ¡y ya veremos cómo se distribuye!  Además, se percibe que quieren controlar la voracidad de algunos viajantes que pueden meter como gastos en el desempeño de su cargo asuntos estrictamente personales, ¡aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid!  ¡Claro, el dinero que se llevan por la patilla los superintendentes viajantes..., lo deja de ingresar en las arcas teocráticas el Cuerpo Gobernante!  Así, con esta carta dirigida a todos los cuerpos de ancianos en España, se pretende poner orden a cualquier desmán que se esté dando..., ¡la pela es la pela!

     Nuestro hermano y cofrade, exbetelita ajalvireño de pro, con el pseudónimo Jesús B., nos remite el documento que colgamos hoy: la transparencia informativa es un deber hacia quienes ponen el parné.  ¡Muchas gracias, hermano Jesús!

    Ahora, pasaremos a diseccionar teocráticamente este misiva de los de la esperanza celestial de pacotilla.  ¡Va por ustedes!

     El asunto de la carta está claro como el agua: Alojamiento y asuntos económicos de los superintendentes viajantes.  Tiene seis apartados:
*Ayuda económica
*Alojamiento
*Apartamentos en el circuito
*La salud y los vehículos
*Uso apropiado de los fondos de la congregación y del circuito
     La carta, propiamente dicha, empieza  --según mi opinión--  con una mentira en su mismísimo primer párrafo: "Las visitas de los superintendentes viajantes redundan en grandes beneficios para nuestros hermanos por todo el mundo".  ¿Qué beneficios son estos...?  No dicen ni mu, ¡a no ser que los beneficios obtenidos por el Cuerpo Gobernante se confundan con los del apoquinante neto!  ¿Aportar nosotros el dinero..., se puede considerar un gran beneficio?  Entonces, sí, hay grandes beneficios..., ¡aligeramos la carga de nuestros bolsillos pecadores!  Después, para finalizar el primer párrafo, cargan con otra, ¡para no variar! y escriben que en estas visitas semestrales, entre los beneficios de costear su visita, está este: "cultivar una afectuosa amistad con los hermanos".  ¿Cuántos años lleváis metidos dentro de la entidad religiosa?  Aparte de pagar siempre las convidadas, ¿habéis logrado entablar esa mencionada afectuosa amistad con alguno de ellos..., exceptuando el maravilloso privilegio de meterles un sobre en el bolsillo?  Éstos entrañables amigos visitantes, ¿os han sacado alguna vez de algún apuro económico?  ¿Os han invitado a comer o cenar en un restaurante...?  O, ¿solo han sido afectuosas amistades a la hora de recibir nuestros regalos y donativos en "B"?

     En el párrafo 2, el Comité de Publicación del Cuerpo Gobernante fija las cantidades a recibir, nos dice que éstos superintendentes viajantes perciben dos tipos de ingresos económicos desde la sede nacional de los testigos de Jehová en España: "La sucursal les da a los superintendentes viajantes y sus esposas una pequeña ayuda económica mensual para artículos personales que se ajusta de vez en cuando dependiendo del costo de la vida. [...] cada superintendente viajante y su esposa reciben anualmente una suma en base a los años que lleven individualmente en el servicio de tiempo completo [...]".  Reciben una remuneración mensual y otra anual.  Además, se revalorizan con un tipo de IPC que determina el Cuerpo Gobernante.  Pero, ¿habéis notado que la sede nacional no aporta ninguna cifra concreta?  ¡El tema del dinero es un misterio permanente!  Nosotros, que pagamos la 'convidá', no tenemos derecho a saber cuánto cobran. ¿Sabe el Ministerio de Economía cuánto perciben éstas personas anualmente, tanto en "A", como en "B"?  ¿Cuánto cobran en metálico y en especies?  ¿Se debería tributar  --solidariamente--  por estos ingresos?

     En los párrafos 3-10, se refiere al alojamiento de la pareja visitante, de una semana de duración.  Todos los gastos lo soporta la congregación local: alojamiento y manutención.  Sólo en casos extraordinarios  --¿existen esos casos en la realidad, o sólo en el mundo de las hipótesis teocráticas?--  en los que la comunidad local no pudiera hacer frente a los gastos..., ¡les reembolsaría los gastos a la pareja visitante la sede nacional!

     En el 11 y el 12, se menciona la conveniencia de hospedar a éstos embajadores plenipontenciarios en apartamentos o viviendas alguiladas, en las áreas metropolitanas..., ¡donde existen las mayores concentraciones de Testigos!  Parece que el piso de un obrero, pequeño y sin calefacción o aire acondicionado..., ¡no puede ser una fuente de inspiración y reflexión espiritual para el hermano visitante!  Necesitan su espacio.  Por supuesto, las congregaciones locales se harían cargo de los gastos..., ¡curioso es cuando en la carta matizan: "la sucursal no se opone a que lo hagan".  ¡Hombre!  ¡Vaya tela!  O sea, la sede nacional no se opone a que las congregaciones utilicen el dinero de las congregaciones.  Entonces, ¿de quién es el dinero que tienen las congregaciones?  ¿Necesitan las congregaciones pedir permiso para utilizar el dinero de ellas...?

     En el 13, se largan una parrafada de dimes y diretes sobre quiénes deciden la conveniencia o no, de construir un apartamento en un Salón del Reino.  Pero, después de una serie de vueltas y revueltas, lo matizan teocráticamente: "Se debe contar con la aprobación escrita de la sucursal  --sede nacional de la confesión religiosa en cada país--   para construir un nuevo apartamento en un Salón del Reino".  En definitiva: sin el plácet de la sede nacional..., ¡qué apartamento ni qué ocho cuartos!  Como siempre los gastos corren a cargo de los locales, pero la escritura de propiedad se hace a favor del cuerpo eclesiástico de la confesión religiosa..., que no es otra cosa que el Cuerpo Gobernante..., ¡y aquí paz y después gloria!

     Párrafo 16.  ¿Quién paga la 'convidá' de esta pareja visitante y teocrática al más no poder?  ¿Cómo y quién realiza el pago?: "El coordinador del cuerpo de ancianos puede pedir al superintendente viajante que presente sus gastos de la semana, en los que es posible incluir algunos alimentos, artículos comunes de oficina, transporte no cubierto por la sucursal y ciertos gastos personales moderados". Resumiendo, el apoquinante neto pone la pasta y paga la fiesta; ya que se utilizan los fondos de la comunidad local para sufragar los gastos en las que haya podido incurrir la pareja visitante.  Aunque, el coordinador del cuerpo de ancianos, sea la persona física en este berenjenal.

     Párrafos 17 y 18.  Yo diría que es la clave de toda esta carta.  Aquí es donde la sede nacional pretende poner coto a los gastos  (y por lo tanto ingresos) de los superintendentes viajantes: "Otros gastos personales, tales como por concepto de ropa, cosméticos, vitaminas, medicamentos sin receta, seguro de propiedad o de vida, no se presentan a la congregación o el circuito, sino que se cubren con fondos personales".  También se se cubre el gasto de telefonía móvil e Internet.  En otras palabras, la sede nacional está diciendo en román paladino: "La pasta es mía.  Está bien que te lo lleves crudo, pero, no te pases.  Porque, en definitiva, lo que te llevas tú  --el superintendente viajante--  lo dejamos de ingresar nosotros en la sede nacional.  ¿Lo pillas, listillo?".

     El 19, es confuso como las finanzas mismas.  En lugar de referirse al caso concreto de España, que es a quien se dirige la carta, salen con un ambiguo: "En algunos países, la sucursal tiene convenios para atender la salud de los superintendentes viajantes y proporcionarles un medio de transporte confiable. Su costo se sostiene con las donaciones que se hacen a través de las congregaciones".  ¿Cómo funciona la cosa en España?  No lo dicen claramente..., ¡parece que la sede nacional se hace cargo de los gastos en temas sanitarios y de vehículos!  En los temas sanitarios, desconocemos si tienen un seguro privado, o si echan mano como el común de los mortales..., de la Seguridad Social.  Eso sí, al final pagan los mismos de siempre: las comunidades locales.

     Los párrafos 20-22, dejan el asunto y objeto de esta carta meridianamente claro:  "Las donaciones que hacen los hermanos son fondos dedicados a Jehová con la intención de sufragar los gastos de la congregación y del circuito. Si se usaran para hacer regalos monetarios a los superintendentes viajantes aparte de cubrir los gastos reales, seguramente algunos hermanos se perturbarían o hasta tropezarían. Lo correcto es asegurarnos de que esto no suceda. No se debe hacer uso de los fondos de la congregación o del circuito para hacer regalos monetarios.  Es igualmente inapropiado que alguien, sea en la congregación o en el circuito, les pida dinero a los hermanos para luego dárselo como regalo al superintendente viajante".  O sea, los fondos que hay en la cuenta bancaria de la congregación..., ¡son sagrados!  Son fondos dedicados a Jehová.  Por lo tanto, ¡que no se le ocurra a nadie meter la mano en la caja sagrada para repartirlo alegremente y congraciarse con los superintendentes viajantes!  ¡El dinero es de Jehová!: o lo que es lo mismo: el dinero es del Cuerpo Gobernante.  Y el que toque ese dinero santificado, sufrirá las diez plagas de Egipto y alguna más que se quedó en el tintero.  Tampoco, nada de hacer colectas entre los hermanos cotizantes, para ofrecer una prebenda al tunante viajante.  ¿Os ha quedado clarito...?

     Alguno se preguntará, ¿cómo puedo congraciarme con el super tunante y conseguir que me dé un discursito en la asamblea romería del circuito..., si no le doy un sobre a lo Bárcenas?  El Cuerpo Gobernante, lo tiene todo previsto:  "¿Permiten los principios teocráticos que algunos publicadores le den por su cuenta regalos al superintendente viajante? Si tiene como motivo el aprecio y un deseo sincero de hacer una aportación, cada persona está en libertad de tomar una decisión. Si quien da el regalo desea mostrar tal generosidad cristiana y el superintendente viajante desea aceptarlo, es decisión de ellos y nadie más tiene por qué intervenir".  Querido hermano en la fe y en la fa, los principios teocráticos dan mucho de sí..., ¡claro que permiten el que te rasques el bolsillo y quedes como un rey delante del que puede hacer que subas como la espuma dentro de la estructura teocrática...!  ¿Y el aprecio y el deseo sincero...?  Esas cosas eran verdes y se las comió un burro...  Hay que mantener a los embajadores plenipotenciarios algo animados..., gratificándoles con algo en líquido para que puedan soportar esa vida durísima que lleva todo el que tiene todos los gastos cubiertos..., ¡y encima le sueltan pasta gansa!  Sí, una vida dura, durísima, la que llevan los superitendentes viajantes.

     Una congregación media de un área metropolitana vamos a suponer que tiene unos cien miembros.  Supongamos que un 50% da un donativo en metálico al hermano visitante, ¡digamos de unos 20 euros!  Serían unos 1.000 euros semanales, libres de polvo y paja, pagados en "B".  ¿Cuántos de vosotros firmaríais ahora mismo..., llevar una vida tan sacrificada como la de los superitendentes viajantes?  ¿Debemos incluir a éstos viajantes como personas pobres, por carecer de suficientes ingresos para vivir..., o como vividores?  ¿Deberían declarar a Hacienda los ingresos en forma de "regalo", o callarse como cucos?   Yo, como soy muy mal pensado, creo que el disfrute de una vivienda y manutención con todos los gastos pagados, e ídem de un vehículo, podría clasificarlo como una retribución en especie  --o pago en especies--  y no estoy totalmente seguro de que este tipo de gratificaciones no estén sujetas a una carga fiscal en España..., pero, ¡no soy asesor financiero ni inspector del Ministerio de Hacienda!  Como dicen por ahí: "Doctores tiene la iglesia".  Además, nuestra sede nacional tiene un Departamento de Asuntos Legales que seguro ya habrá contemplado este supuesto y no querrán que les suceda lo mismo con las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de sus trabajadores.

     Ya lo dice el Cuerpo Gobernante; "los recursos son limitados y la economía inestable", ¡no metáis la mano en la caja sagrada..., que los dineros son nuestros!

     Adjunto las directivas en esta materia, en el ultrasecreto Branch Organization Manual:


http://jhonlemos.files.wordpress.com/2011/07/branch-organization-watchtower.pdf


     Ya sabéis: lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y de la opacidad financiera a espuertas en el nombre de Dios?

lunes, 27 de mayo de 2013

La violencia de género: la verdad sin trampa ni cartón watchtoweriano

http://www.jw.org/es/publicaciones/revistas/?contentLanguageFilter=es&pubFilter=g&yearFilter=2013
El B.O.E.: ¡Despertad! 22 de octubre de 1984, página 31

     Estimados camaradas ibéricos y allende los mares:

     El Cuerpo Gobernante sigue en su línea histórica: enciende una vela a Dios y otra al Diablo.  Quieren estar en misa y repicando.  No se puede estar al plato y a las tajadas.  No se puede dormir y guardar la era. Y para finalizar: El que asa dos conejos a la vez, uno se le quema.  Sin sonrojarse, dice una cosa y la contraria.  Para consumo interno se es más integrista y, de cara a la galería se da una imagen menos integrista y talibanesca.

     De esta guisa, la revista de la entidad religiosa que gobierna nuestras vidas, ¡Despertad!, en su número de abril de 2013, nos vende una de las pócimas milagrosas watchtowerianas curalotodo: El fin de la violencia doméstica.  Sin duda, noble y necesario empeño y, diremos aquello de: mejor poco que nada...  ¿Qué critico de la casta dirigente de nuestra entrañable entidad religiosa, de su cuerpo eclesiástico?  La ausencia de claridad meridiana..., y la presencia constante de un tirar la piedra y esconder la mano.

     ¿Algún ejemplo documentado de mis eternas dudas sobre la sinceridad del Governing Body Bank?  ¡Pues sí!  Y por este motivo, os remitiré a algunas de las experiencias y doctrinas que definen muy bien el papel de la mujer dentro del ámbito de la comunidad religiosa que nos ocupa.  ¡Va por ustedes!

     Por ejemplo, en la ¡Despertad! 8 de diciembre de 1967, páginas 26 y 27, se escribían cosas como estas:
" [...] Sin embargo, los hechos muestran que la jefatura del hombre es tanto somática como psicológicamente sana y sirve a los mejores intereses de todos los implicados, como veremos [...].  Así, una autoridad prominente sobre el cuerpo humano (soma) Gray's Anatomy (Edición de 1966), informa el hecho interesante de que en lo que toca al cráneo humano no hay diferencia entre el varón y la hembra hasta el tiempo de la pubertad; pero al acercarse a la edad adulta la diferencia se hace más y más evidente. El cráneo femenino es más ligero y su capacidad craneal es aproximadamente 10% más pequeña que la del varón, así como lo es el resto de la anatomía. El contorno del cráneo femenino también es más redondo y los huesos faciales son más suaves. Evidentemente, con las líneas de la belleza hay menos fuerza áspera [...].  Es verdad, el simple tamaño del cerebro en sí no es tan importante como la calidad del cerebro, pero cuando la calidad es la misma el tamaño más grande del cerebro tiene una ventaja... Implícito en estos hallazgos es que el hombre tiene ventaja al tener un tamaño de cerebro mayor [...].  El hecho de que sirve a los mejores intereses de ambos sexos el que el hombre lleve la delantera también lo apoya la evidencia psicológica... Como lo expresa ella, las mujeres tienen que aprender el arte de la aquiescencia eterna y altruismo profundo al tratar con sus esposos si quieren ser felices".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2010/05/mujer-teocratica-quieres-ser-un-florero.html
     Otro ilustre documento watchtoweriano, La Atalaya de 1 de septiembre de 1971, página 528, donde aparece el modelo a seguir por la mujer "cristiana" y watchtoweriana hasta la médula:
"Una experiencia procedente de Hungría ilustra el hecho de que un esposo incrédulo puede ser ganado a la verdad de Dios por la conducta excelente de su esposa. Un esposo incrédulo trataba cruelmente a su esposa cristiana; a menudo la golpeaba hasta que quedaba inconsciente. Pero ella siguió manteniendo su integridad a Dios y siempre trató paciente y amorosamente a su esposo, y esto a través de un período de años. En una ocasión ella le dijo a su esposo: '¡Aquí estoy y puedes matarme, pero aun así confiaré en Jehová!' [...]. Cuando un esposo incrédulo observe la excelente conducta de su esposa creyente, quizás llegue a comprender que ella tiene algo que él no tiene".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/09/esposa-soporta-las-palizas-de-tu-marido.html
     Otro documento más, donde se anima a soportar "cristianamente" a los maltratadores, lo encontramos en La Atalaya del 15 de febrero de 2007, página 20.  Allí, insta a la mujer watchtoweriana:
 "Tal vez haya quien crea que mantener una actitud sumisa frente a las burlas y los insultos es una muestra de debilidad. Sin embargo, Jesús no lo veía así. “Cuando lo estaban injuriando —escribió Pedro—, no se puso a injuriar en cambio. Cuando estaba sufriendo, no se puso a amenazar.” (1 Pedro 2:23.) Al ver los sufrimientos de Jesús, algunas personas pusieron fe en él, al menos hasta cierto grado. Ese fue el caso del ladrón colgado en el madero junto a él y del oficial del ejército que presenció su ejecución (Mateo 27:38-44, 54; Marcos 15:39; Lucas 23:39-43). De igual modo, Pedro indicó que algunos esposos no creyentes —incluso los maltratadores— llegarían a ser cristianos debido a la conducta sumisa de sus esposas. Sin duda, todos conocemos casos que prueban esto".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/09/violencia-de-genero-aguantar-los-palos.html
     Seguimos sumando bibliografía teocrática a espuertas.  El siguiente relato personal y aleccionador aparece en el Anuario de los Testigos de Jehová para 1998, páginas 191 a 193.  Escriben lo siguiente: 
UNA NOCHE SUBIDA A UN MANGO

"El mensaje del Reino ya había llegado a Le Lamentin en 1955, pero los que en esa ciudad deseaban adorar a Jehová Dios tuvieron que enfrentarse a pruebas muy duras. Y no siempre fue el clero quien las instigó. En general, los hombres de Martinica están orgullosos de su virilidad, y muchos son muy dominantes con su esposa. Si una mujer quería adorar a Jehová, a menudo sufría malos tratos de parte de su marido. 
Una hermana de Le Lamentin relata: “Cuando en 1972 el mensaje del Reino llegó hasta mí, colmó todos mis anhelos. Aunque mi esposo me lo prohibió, seguí estudiando en secreto. En cuanto encontró la Biblia y el libro con el que la estudiaba, los quemó y me dio una paliza. Decidió que nos mudásemos, con la esperanza de acabar así con mi interés por la Palabra de Dios. ”Cuando empecé a ir a las reuniones, solía dejarme encerrada. Muchas veces tuve que dormir en el porche. Luego derribó cuanto pudiera servirme de refugio, hasta el gallinero. A menudo me pegaba, y muchas veces tuve que irme sin comer. En una ocasión me persiguió en mitad de la noche con un machete. Para que no me atrapara, tuve que correr entre la maleza y subirme a un árbol de mango lo más deprisa que pude. Logré escapar, pero solo porque su linterna dejó de funcionar. Me buscó durante horas, rondando cerca de donde estaba escondida, encaramada al árbol y orando. Pasé toda aquella noche en lo alto del mango.” A pesar de todo, ella se bautizó en 1977. Tiempo después, su hija también se puso de parte de Jehová".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/09/violencia-de-genero-aguantar-los-palos.html
     Hay más, mucho más lenguaje teocrático e integrista.  Por ejemplo, en el libro El secreto de la felicidad familiar [1996], en la página 131, donde dice: 
"Jesús mostró que esto no sería posible. Advirtió que debido a la oposición a la adoración verdadera, los miembros creyentes de algunas familias se sentirían desgajados del resto de la familia, como por la acción de una espada. (Mateo 10:34-36.) Una mujer japonesa vivió esta experiencia. Su esposo se opuso a su religión durante once años. La maltrató con severidad y muchas veces ni siquiera le permitió entrar en casa. Pero ella perseveró, y también recibió la ayuda de los hermanos de la congregación cristiana. Oró incesantemente y obtuvo mucho ánimo de las palabras de 1 Pedro 2:20. Esta cristiana estaba convencida de que, si permanecía firme, algún día su esposo se decidiría a servir a Jehová con ella. Y así fue".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/09/violencia-de-genero-aguantar-los-palos.html
     ¿Todavía hay más?  ¡Pues sí!  Tienen una febril manía por escribir sobre el ejemplarizante sufrimiento de la mujer a manos de su marido.  En el Anuario de los Testigos de Jehová para 1990, página 64, donde escriben los teócratas de pacotilla:
“En este país se empezó un estudio bíblico con la esposa de un oficial del ejército, y al poco tiempo empezó a ir a las reuniones junto con sus cinco hijos. Su esposo se opuso violentamente, hasta el punto de golpearla con el cinturón de su uniforme. Durante todo el tiempo que persistió esta enconada oposición, la mujer se esforzó por practicar los principios cristianos que estaba aprendiendo. Por fin, la solidez de su conducta cristiana impresionó al marido. Ya se ha retirado, y ahora está estudiando la Biblia”.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/09/violencia-de-genero-aguantar-los-palos.html
     Estas son algunas  --que no todas--  citas de las publicaciones de los testigos de Jehová, donde se idealiza el sufrimiento de la esposa a manos de su marido..., con el fin de que éste se convierta a la fe watchtoweriana.  ¿Cuántas miles de mujeres han sufrido o están sufriendo a manos de sus esposos "cristianos" o incrédulos?  ¿Quién o quiénes son los padres ideológicos de la criatura?  ¿Quién tira la piedra y esconde la mano?  ¿Tiene algo que decir el portavoz oficial de la entidad religiosa en España?  Esto no es demagogia, ni pintar en falsos colores a una minoría religiosa.  Esto es documentar el adoctrinamiento que sufrimos los miembros de esta comunidad religiosa..., ¡y que desde este púlpito virtual denuncio!  ¡Hay que pedir perdón y asumir responsabilidades por tanto sufrimiento humano!

     Con toda seguridad, entrarán los agentes Watch a sueldo para intentar lavar la imagen pública de la confesión religiosa del notorio arraigo y olé, negando esta mismísima bibliografía y tachándome de intoxicar a los lectores.  Pero, me remito con la conciencia tranquila a aquellas palabras históricas: "Quod scripsi, scripsi".

     Termino con nuestro lema apóstata: lo documentamos todo, todo y todo.  La verdad, toda la verdad y nada más que la verdad.  ¿Quién es el padre de la mentira y del profetizar falluto?

P.D.:

Alguna bibliografía adicional para comprender el papel de la mujer dentro de la comunidad religiosa.

http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/01/la-mujer-y-su-papel-en-los-testigos-de.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/06/blog-post_23.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/11/la-mujer-adltera-debe-confesrselo-su.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/03/ajalvir-news-edicin-semana-santa.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2010/12/que-pasa-con-las-mujeres-hablan.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/09/la-mujer-persona-de-segunda-clase.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/06/la-mujer-debe-cubrirse-la-cabeza-con-un.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/03/s-s-sociedad-watch-tower-pero-las.html

domingo, 26 de mayo de 2013

El requetetimo del alcance de la predicación mundial watchtoweriana

Jaime (el Super)



Carta del 11 de mayo de 2013 5/11/13-EUs
     Estimados camaradas abducidos por la escatología watchtoweriana:

     Nuestro hermano afincado en el lado oscuro, Jaime (el Super), nos ha remitido el enlace de otro hermano en la fe y en la fa, el cofrade Cedars.  Desde el otro lado del charco, nos informa regular y  puntualmente a todos los domésticos con su excelente y bien documentado blog ultra apóstata.  En esta ocasión se retrata con un misiva de la Christian Congregation of Jehovah's Witnesses, fechada el pasado 11 de mayo de 2013 y dirigida a los cuerpos de ancianos en los EE.UU.  En ella, se insta a todos aquellos testigos de Jehová con pasaporte de la India, y que residan en los EE.UU., a retornar a su hogar patrio con el fin de "vender" las verdades caducas y las profecías fallutas a los ciudadanos del subcontinente indio.

     Con una población de 1.224.239.000 habitantes, y con 3.287.595 km cuadrados, con 36.319 miembros de la confesión religiosa: un Testigo por cada 33.708 habitantes, ¡tela marinera!  Como al Cuerpo Gobernante no le salen las cuentas, hace este llamamiento de tapadillo  --¡como de costumbre!--  a la comunidad india para que emigren.  Así, en el próximo informe anual, que aparecerá en año entrante, podremos observar el extraordinario "crecimiento" en el número de publicadores habido en la India.

     Ahora, el Topo Ajalvireño, pasará a traducir la misiva teocrática.  ¡Va por ustedes!

            DIRIGIDA A DETERMINADOS CUERPOS DE ANCIANOS EN LOS EE.UU.

     Asunto: Solicitud para que los ciudadanos indios regresen para servir en la India

    Queridos hermanos:

     En vista del potencial de un mayor crecimiento en la India, existe la necesidad de que hermanos y hermanas ejemplares que tengan el pasaporte de la India  --especialmente aquellos que estén sirviendo como ancianos, siervos ministeriales o precursores regulares--  valoren si su circunstancias personales les permiten regresar a la India para ayudar en la obra de predicar.

     Por favor, hablad con cualquier publicador ejemplar que tenga un pasaporte de la India, dándoles a conocer esta oportunidad de expandir su ministerio en su hogar patrio.  Cualquiera que disponga de estas circunstancias a su favor, deberá seguir los pasos bosquejados en el libro Organizados, páginas 111-112, escribiendo a la oficina sucursal en la India para más información. (Malaquías 3:10; Lucas 14:28)  Las cartas de ellos deberán ir adjuntadas a una carta de recomendación escrita por el Comité de Servicio de la congregación.  La dirección de la oficina sucursal de la Sociedad Watch Tower en la India, es: Post Box 6441, 927/1  Addevishwanathapura, Rajanukunte, Bangalore 560064, INDIA.  Confiamos en que mantendréis este asunto en el ámbito de lo estrictamente confidencial.

     Gracias por vuestra bondadosa ayuda con esta solicitud.  Os enviamos nuestro amor cristiano junto con nuestros mejores deseos.

     Vuestros hermanos,
Christian Congregation of Jehovah's Witnesses

Copia: Superintendentes viajantes  http://jwsurvey.org/cedars-blog/watchtower-urges-us-elders-to-ask-indian-nationals-to-consider-returning-to-india

Fin de la traducción apóstata

     ¿Cómo lo resumiría un servidor?  La India es una superpotencia emergente, con unas posibilidades tremendas de crecimiento económico a medio y largo plazo y, supongo que el Cuerpo Gobernante quiere estar allí con más distribuidores para que capten más miembros que donarán más dinero y que captarán más donativos de los transeúntes.  A mayor número de miembros, a su vez, tendrían que comprar más Salones del Reino y más Salones de Asambleas...,amén de otras adquisiciones inmobiliarias para la sede nacional respectiva.  Mayores adquisiones inmobiliarias, mayores ventas de inmuebles en el futuro.  En definitiva..., ¡más pasta para el Governing Body Bank a medio y largo plazo!

     Terminan como lo hacen a menudo: todo estrictamente confidencial..., a la chita callando, tirando la piedra y escondiendo la mano.  Con los años, si los pardillos que se traguen el anzuelo, abandonando profesiones y negocios bien remunerados en los EE.UU., no se acoplan con éxito a su nueva vida en la India..., ¡la Watchtower se lavará las manos y les culpará de no saber calcular el costo de la operación!  Es su habitual modus operandi.

     China, con 1.343.239.923 habitantes (año 2011), la tienen en la carpeta de asuntos pendientes, sabiendo que todavía no pueden hincar el diente allí porque el gobierno chino no lo permite.  Sobre los países mulsumanes, ¡ni hablar!  El mundo mulsumán está convulso y en un ataque permanente a todo lo que huela a "cristiano"..., ¡otros mil millones de personas a las que no se puede evangelizar!  ¿Qué mercados con buen potencial de crecimiento le quedan al Cuerpo Gobernante?

     En el año 2007, un servidor, escribió un artículo en el blog, donde incidía sobre este mismísimo tema teocrático y apropiado al máximo.  Os lo copio íntegramente con el fin de alimentar a la casa de la fe y de la fa.
El timo de la predicación mundial 
Estimados camaradas en la más absoluta de las oscuridades informativas: 
La Sociedad Watchtower nos mete por los ojos su informe anual puntualmente. Allí, siempre, jugando con los números, intenta reflejar la bendición de Dios sobre sus actividades diversas, especialmente sobre la predicación “mundial” que están realizando los testigos de Jehová. Cuando se acaba de leer ese informe, se pregunta uno estupefacto, ¿será posible que quede alguien en el mundo que no haya escuchado estas verdades caducas del Esclavo Fiel y Discreto? Entonces, el subconsciente nos juega una mala pasada y, relacionamos lo supuestamente completísimo de este testimonio mundial con la inminencia del fin del mundo: “cuando se prediquen a cabalidad estas buenas nuevas del Reino…, vendrá el fin”. ¡Todo cuadra! Mejor dicho, ¡durante más de 130 años, todo cuadra puntual y anualmente! Después de esta predicación, después del fin del mundo, vendrá el Nuevo Orden Watchtoweriano donde se nos promete una parcela a todo siervo leal a la Organización. A ese idílico mundo, le podríamos llamar Watchtowerland… No obstante, que ningún incauto se olvide que, en ese prometido Nuevo Orden, en la parcela convenida, no podrá tumbarse a la bartola pensando en las musarañas; la Sociedad Watch Tower tiene una larguísima lista con las tareas pendientes de realizar antes de que podamos dormir la siesta debajo de nuestra vid y debajo de nuestra higuera. Si, según dicen ellos, allí tendremos mucho más trabajo que hacer que aquí…, en el viejo mundo. ¿Es esto una bendición o una maldición? ¡Júzgalo tú mismo!  
Según el informe, en el 2006 se predicaba en 236 países. Hasta aquí todo bien, pero, cuando observamos cuánto están de predicados nuestros territorios de congregación, la sensación que tenemos es la de que el fin --si no ha venido ya-- no es porque no se haya predicado hasta la saciedad. Los más beatos e incondicionales esgrimirán que: “Es que hay personas nuevas a las que predicar”. ¡Cierto! Siempre habrá nueva gente a la que predicar…, ¡a menos que no nazca nadie más! 
Pero no nos dejemos deslumbrar por lo aparente. Vamos a poner sólo tres ejemplos que ilustran cómo la predicación --ni mucho menos-- es del alcance mundial que nos presentan los pedigüeños. ¿Estáis preparados? ¡Pues vamos allá! Por ejemplo, China, un país con más de 1.300 millones de habitantes, ¿se puede decir que los testigos de Jehová han cubierto China con su predicación? Sí, ya sabemos que, Hong Kong tuvo un máximo de 4.629 publicadores en el último año, ¡con una salvedad!: sólo pueden predicar a los 6.880.000 habitantes de la ex colonia británica. Y, el inmensamente resto de China, si hay alguna actividad es tan insignificante…, que no se puede ni contabilizar.  
Ahora fijaremos nuestra atención en la India, con más de 1.100 millones de habitantes. ¿Publicadores? El año pasado tuvo un máximo de 26.594, ¿se puede decir honradamente que se ha predicado a cabalidad este país-continente? La respuesta no hay ni que pensarla. En estas cábalas, no podemos olvidar a los mahometanos. Se calcula que hay unos 1000 millones en el mundo. ¿Saben los pardillos de los publicadores de congregación que, en los países mulsulmanes, los escasísimos testigos de Jehová que hay allí…, predican sólo a los miembros de las diferentes comunidades cristianas que residen allí? ¿Conocen que los mahometanos no permiten la predicación de organizaciones cristianas a la comunidad mulsulmana? ¿Saben que hay pena de muerte por infligir esta ley? ¿Están al tanto del pequeño inconveniente de que cualquier mahometano que aceptase la “verdad” predicada por los testigos de Jehová…, debería desaparecer del orbe terrestre, porque los demás tendrían la obligación de matarle por haber apostatado de su religión? Así que, si sumamos a estas tres porciones de la humanidad, nos da el resultado de que la mitad de la población mundial --por lo menos-- no conocen el mensaje salvavidas de la Watch Tower. Con estos datos incontestables, podemos afirmar que lo que asevera el Cuerpo Gobernante de que la predicación es mundial (en el sentido de que abarca a la inmensa población mundial): ¡es un timo!  
Sí, lamentamos desanimar a la tropa testiguil, pero, si la predicación no es “realmente” mundial…, ¡el fin del mundo tendrá que esperar! Las verdades a medias, las patrañas, los eufemismos…, no tienen mucho futuro, siempre sale un desalmado que acaba por fastidiar las cosas y atenta contra el chiringuito que se ha montado y que tan buenos réditos da. Un consejo: “No os dejéis seducir por el lado oscuro”.  
Ajalvir, 20 de julio de 2007   Página 24  http://es.scribd.com/doc/100676509/El-lado-comico-de-la-Watchtower-Edicion-21-de-julio-de-2012
     Espero que toda esta información os sirva para abrir los ojos del entendimiento y así podáis quitaros las anteojeras watchtowerianas.  Desde mi guarida, en las catacumbas ajalvireñas, os seguiré alimentando puntualmente.

     Nuestro lema: lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y las opacidades diversas en el nombre de Dios?
                                    

martes, 21 de mayo de 2013

Cuestionario para denunciar el abuso sexual de menores ante la Real Comisión..., ¡leña al mono!

Carmela (esposa y precursora fiel)





Cuestionario a cumplimentar por la víctima


     Estimados camaradas ocultos en las catacumbas de la ira watchtoweriana:

     La hermana Carmela, esposa devota y fiel precursora, mientras su marido se encuentra ocupadísimo en su afán por escalar posiciones dentro de la estructura organizativa teocrática..., se siente descuidada y despechada.  Así, desde las tranquilas aguas de la costa almeriense, de nuevo colabora con la Honorable Resistencia Apóstata, enviándonos este cuestionario apropiado y teocrático hasta las trancas.  Estos impresos los tienen que cumplimentar las que fueron o son víctimas de la pederastia en Australia, para que la Real Comisión creada al respecto pueda documentarse debidamente.  Recordad que, el pasado 12 de abril de 2013, desde este púlpito virtual y apóstata, os informaba a vuestro debido tiempo de tan magna noticia "espiritual".  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/04/los-testigos-de-jehova-declaran-ante-la.html

     Este cuestionario consta de tres páginas, y las preguntas son muy interesantes.  La Real Comisión, cuando termine su extenso y laborioso trabajo, se puede suponer que tendrá el testimonio de muchos miembros de los testigos de Jehová, que sufrieron abusos dentro del ámbito de la confesión religiosa.  Después, tendremos la oportunidad de comparar las cifras que aportó el hermano Terrence O'Brien  -- director de la Sociedad y Representante Coordinador de la Sucursal de la Watchtower Bible and Tract Society de Australia (confesión religiosa de los testigos de Jehová)--   quien ha dicho a la mencionada comisión parlamentaria que en esta entidad religiosa se han habían dado solo dos casos de abusos sexuales a niños en los últimos 40 años...  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/05/los-testigos-de-jehova-declaran-ante-la.html

     El Topo Ajalvireño, en su afán incansable por alimentar a la casa de la fe y de la fa, nos traducirá las preguntas del cuestionario providencial.  ¡Va por ustedes!

COMISIÓN REAL SOBRE LAS RESPUESTAS INSTITUCIONALES SOBRE EL ABUSO SEXUAL INFANTIL
  
Cuestionario para suministrar una declaración o aportar información a la Real Comisión

Datos de la persona que cumplimenta el cuestionario

1. Nombre (la persona puede indicar si desea permanecer en el anonimato)

2. Datos personales (la persona puede que desee anotar el nombre pero ningún otro dato personal)

3. La persona que suministra la información puede que lo haga en representación o en el nombre de alguien.  Si esto es así, por favor, confírmelo e indique el tipo de relación que le une a la persona cuyas experiencias usted describe

Datos sobre lo ocurrido

4. El nombre de la institución donde el niño sufrió los abusos sexuales

5. Fecha o fechas de cuándo ocurrieron los sucesos

6. Dónde: ciudad o pueblo y Estado

7. Resumen de lo ocurrido

8. Los nombres de cualquiera que pudo presenciar lo sucedido (si se sabe)

9. Los nombres de cualesquier personas a los que el testigo vio pacediendo abusos sexuales siendo niños en dicha institución

Lo que sucedió después

10. ¿Se lo contó a alguien?  Si es así, ¿quién y cuándo?

11. Si ellos se lo dijeron a una persona de dicha institución:
a. ¿Qué les dijeron?
b. ¿Quién se le contó a ellos? (nombre y cargo de la persona, si lo sabe) 
c. ¿Cuándo se le informó a ellos?
d. Si ellos le dijeron algo o lo pusieron por escrito.   Si ellos lo pusieron por escrito, ellos se guardaron una copia, y todavía tendrán la copia.
12. Después de informarlo, ¿cuál fue la reacción inicial de la institución?

13. ¿Qué hizo la institución al respecto?

14. Si la institución puso en marcha una investigación sobre el abuso, ¿cómo se llevó a cabo?

15. ¿Qué reuniones o interacciones mantuvo la persona con la institución durante la investigación?

16. ¿Se animó a la persona para que notificara los abusos a la autoridad competente, o se le desanimó?

17. Si las persona estuvo sin informar los hechos por algún tiempo, ¿existieron razones para no hacerlo?  Si fue así, ¿cuáles fueron esas razones?

18. Una vez se informó del asunto, ¿apoyó la institución a la víctima?  Si la apoyó, ¿cómo?

19. ¿Recibió la persona asesoramiento o ayuda psicológica?  Si así fue, ¿quién lo hizo?

20. ¿Recibió la persona una disculpa o el que reconocimiento de que habían sufrido abusos?

21. ¿Aceptó la institución responsabilidad alguna por lo sucedido?

22. ¿Hubo algún condicionante para recibir la ayuda?

23. ¿Fue suficiente el apoyo ofrecido?

24. ¿Se le animó a la persona, o se le apoyó, para que denunciase el abuso sufrido a la policía?

25. ¿Hicieron esto, y si así fue: a quién, dónde, cuándo y qué sucedió?

26. Si la persona no lo denunció a la policía, ¿por qué no?

27. ¿Cuáles fueron las consecuencias para el criminal(es)?

Indemnización

28. ¿Buscó alguna indemnización la persona, y si fue así, lo hizo mediante un juzgado de lo civil o por otros medios?  ¿Se recibió una cantidad de dinero y, si así fue: quién pagó y cuánto?

29. ¿Se impusieron unas condiciones previas para poder recibir la indemnización, por ejemplo, que debía mantenerse confidencial?

30. ¿Cuál es el punto de vista de la persona en cuanto a la eficacia y suficiencia de cualquier indemnización, fuese esta ofrecida o recibida?

31. ¿Cuánto tiempo se tardó en obtener resultados?

32. ¿Quedó la persona satisfecha con el proceso de la tramitación de la denuncia y con el resultado?  Explíquese; si quedó satisfecha o no.

¿Qué espera la persona que suceda una vez relate su experiencia a la Real Comisión?

33. ¿Curación?  ¿Ser escuchado?

34.  Provocar una investigación policial

35. Ayudar a la Real Comisión a que entienda lo que sucedió y para hacer recomendaciones con el fin de que mejore el sistema

36. Otras razones

Apoyo

37. ¿Qué tipo de apoyo emocional o psicológico ha buscado desde que sufrió el abuso?

38. ¿Qué tipo de apoyo está recibiendo actualmente?

39. ¿Qué otro tipo de ayuda necesitaría?

Otros asuntos

40. Si la persona ha informado con anterioridad a otra comisión de investigación, si ha sido el caso, ¿qué comisión?, ¿se presentaron pruebas o fue por escrito?, ¿en público o en privado?

41. Si la persona desea que este informe recibido sea utilizado por la Real Comisión

42. Si desean que su informe a la Real Comisión, sea tratado como algo privado o se haga público

Denunciando a la policía

43. ¿Quiere la persona que la Real Comisión remita su denuncia a la policía?

http://www.snaicc.org.au/_uploads/rsfil/02939.pdf

Fin de la traducción apóstata.

     ¡En fin, hermanos en la fe!  El trabajo de esta comisión parlamentaria promete, durará años, pero el resultado será beneficioso para los niños y malo..., muy malo para todas las organizaciones --religiosas o no--  que se escudan en los recovecos legales para no denunciar directa y automáticamente todo caso de pederastia a la autoridad competente..., ¡que suele ser la policía!  Lo repetiremos hasta el infinito: los trapos sucios no se pueden lavar en casa, ¡y menos en el nombre de Dios!

     Tengo ganas de ver el resultado preliminar de esta comisión, para poder contrastar los resultados de las encuestas con algunas de las afirmaciones que hicieron el hermano Terrence O'Brien -- director de la Sociedad y Representante Coordinador de la Sucursal de la Watchtower Bible and Tract Society de Australia (confesión religiosa de los testigos de Jehová), y la hermana y abogada Rachel van Witsen, ante la Real Comisión el pasado 13 de abril de 2013.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/05/los-testigos-de-jehova-declaran-ante-la.html

     Mientras tanto, recordad nuestro lema apóstata y verdadero: lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y los chanchullos teocráticos?

domingo, 12 de mayo de 2013

Los testigos de Jehová, declaran ante la Real Comisión Australiana

El Topo Ajalvireño (desde el páramo)


Transcripción de las preguntas y respuestas ante la Real Comisión Australiana

     Estimados camaradas inquietos por las políticas watchtowerianas varias:

     El pasado 12 de abril de 2013, escribí una entrada en la que os anunciaba a los lectores en lengua española de la comparecencia de los representantes de la confesión religiosa de los testigos de Jehová ante la recién creada Real Comisión Australiana, con el fin de explicar qué política siguen en los casos de pederastia que se dan en sus comunidades locales (congregaciones).  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/04/los-testigos-de-jehova-declaran-ante-la.html  Entonces, me hacía eco de una noticia que apareció en los medios de comunicación australianos y de lengua inglesa especialmente.  Lo llamativo de la noticia, era el enquistamiento de la entidad religiosa en su política de no denunciar ante la policía a los pederastas.  En ese momento, tuvimos acceso a un resumen periodístico de esta comparecencia trascendental ante la comisión, hoy, tenemos el privilegio de acceder a los documentos originales.

     Esta comparecencia ante la Real Comisión, tuvo lugar en la ciudad australiana de Melbourne, el pasado 11 de abril de 2013.  La transcripción, consta de 17 páginas. http://www.parliament.vic.gov.au/images/stories/committees/fcdc/inquiries/57th/Child_Abuse_Inquiry/Transcripts/Watchtower_Bible_and_Tract_Society_Jehovahs_Witnesses_11-April-13.pdf   http://www.parliament.vic.gov.au/members/committee/fcdc  El Topo Ajalvireño, desde el páramo, se ha empecinado en traducirla al idioma de Cervantes.  ¡Va por ustedes!


Doña Georgie Crozier














Presidenta (Doña. G. Grocier): ¡Buenas tardes!  En nombre de esta comisión damos la bienvenida al Sr. Terrence O'Brien, director de la Sociedad y Representante Coordinador de la Sucursal de la Watchtower Bible and Tract Society de Australia (confesión religiosa de los testigos de Jehová); y a Doña Rachel van Witsen, abogada, de la Watchtower Bible and Tract Society de Australia, también conocidos como testigos de Jehová.  Les doy la bienvenida a ambos esta tarde.  Toda evidencia presentada ante esta comisión, será tratada según las disposiciones de la Ley de Comisiones Parlamentarias, acogida al privilegio parlamentario y está aforada contra revisión judicial alguna.  Cualquier comentario hecho fuera de la sala donde está esta comisión, no estará protegida por este privilegio parlamentario.  Los testigos podrán solicitar comparecer en una fecha posterior si se les requiere más evidencia sobre un asunto.  Todo lo que se diga en esta sala en el día de hoy, será grabado.  A los testigos se les suministrará una copia de las transcripciones para que puedan dar su plácet respecto a la exactitud.  Por favor, tengan en cuenta que estas actas no se están emitiendo.

Esta comisión está especialmente interesada en formular preguntas en relación a esta investigación con respecto a aspectos de la dirección de la confesión religiosa y a las medidas preventivas que se toman para evitar los casos de abusos sexuales a menores, y estamos ansiosos de escucharles en relación a la confesión religiosa que ustedes representan.  Creo que usted tiene una declaración que le gustaría hacer al final, y esperamos llegar a eso.  Me gustaría iniciar esta sesión de preguntas, preguntándole: ¿tienen ustedes archivos sobre: el número de casos, la naturaleza, el alcance y el resultado de las denuncias de cualquier delito de abusos (sexuales a menores) dentro de su confesión religiosa?

Sr. T. O'Brien:  Por favor, ¿podría usted repetir la pregunta?  No la entendí bien.

Presidenta: Mi pregunta es: ¿mantiene la confesión religiosa archivos sobre el número de casos, la naturaleza y el alcance, así como de los resultados de las denuncias de abusos sexuales a menores?

Sr. T. O'Brien: Sí, los tenemos.

Presidenta:  Si es así, ¿qué conclusiones saca de esos datos?  ¿Puede explicarnos algo más sobre esos archivos, la naturaleza de los abusos y lo que ustedes están haciendo actualmente al respecto?

Sr. T. O'Brien:  El único propósito de tener esos archivos, es para asegurarnos de que si una persona ha sido expulsada o disciplinada en el pasado por cometer abusos sexuales a niños, entonces sea extraordinariamente raro el que vuelva a calificar para ser usado como ministro (ejercer un cargo) en la organización.  Incluso si sólo tenemos un informe donde se acusa a alguien por este motivo, lo mantenemos archivado, por si éste alguien decidiese cambiarse de congregación (comunidad local); por ejemplo, si una acusación similar la recibiésemos desde la congregación a la que se trasladó  --incluso si sólo tuviésemos un sólo testigo ocular en esta ocasión--  por lo tanto tendríamos las dos acusaciones de dos testigos oculares distintos.  Entonces, esto sería suficiente para que nosotros actuáramos.

Presidenta: ¿En qué consistiría la actuación de ustedes?  ¿Qué harían ustedes?

Sr. T. O'Brien:  Si existiesen dos testimonios independientes sobre el mismo tipo de delito  --estamos hablando de algún tipo de abuso sexual a niños--  entonces se formaría un comité judicial.

Presidenta: ¿Lo denunciarían a la policía?  El abuso sexual está tipificado en el código penal, ¿lo denunciarían a la policía?

Sr. T. O'Brien:  Tal como nosotros lo entendemos, esta es una decisión que le corresponde a la víctima tomar, no al ministro religioso.  Nosotros animamos a la víctima, si desean denunciarlo a la policía, a que lo hagan.  Los ancianos cooperarán plenamente con la policía, y nosotros nunca desanimaremos a nadie para que denuncie ante la policía; pero, sin una ley específica que nos obligue, nosotros, como ministros religiosos pensamos que no es obligación nuestra denunciar.

Presidenta: Con respecto a sus comités judiciales, ¿puede decirme de cuántos miembros se componen?  ¿Puede usted decirme la cifra del número de casos que su departamento de asuntos legales ha recibido en relación a cualquier tipo de abuso?

Sr. T. O'Brien: En relación al Estado de Victoria, hice una investigación antes de venir, anticipándome a su pregunta.  Solicité revisar nuestras archivos de los últimos 40 años   --desde que tenemos establecido el arreglo del cuerpo de ancianos--  y encontramos dos casos que fueron informados e investigados.  Los ministros religiosos fueron cesados en el cargo inmediatamente, ambos fueron expulsados y nunca más volvieron a ser testigos de Jehová.

Presidenta: Estoy segura de que otros miembros de esta comisión también quieren hacerle preguntas, pero me gustaría hacerle una última pregunta, si puedo.  ¿Por cuántos años tienen archivados esos casos?

Sr. T. O'Brien:  Posiblemente hay archivos de más de 40 años, pero antes de eso  --no estoy seguro del año--  tenemos archivados casos de porneia, o fornicación.  Hace 40 años no se habría diferenciado, porque es tan raro el que alguien abuse sexualmente de un niño  --de cualquier manera, en las congregaciones estamos vigilantes--.

Presidenta: Que ustedes están conscientes de...

Sr. T. O'Brien:  Sí.  Pero es posible que en los últimos 20-25 años el tema de los abusos sexuales a niños es algo que nos ha llamado más la atención, por eso hemos estado expectantes, manteniendo registros (archivos) exactos.

Presidenta: ¿Y en estos archivos sólo han encontrado dos casos en el Estado de Victoria?

Sr. T. O'Brien:  Dos casos en 40 años, sí, y ambos eran ministros (ejercían un cargo en la congregación).

Presidenta:  ¿Estas estadísticas se refieren a todo tipo de abusos a niños?  ¿Puede usted aclarármelo de nuevo, estos dos casos abarcan los casos de abusos sexuales, o a todo tipo de abusos?

Sr. T. O'Brien:  Se refieren específicamente a abusos sexuales.  No puedo hablar sin consultar los archivos, pero sin duda habrían habido ancianos o ministros que tuvieron que ser juzgados por un comité judicial acusados de otras formas de abuso a menores.

Presidenta: La clave está en que el abuso puede manifestarse de diferentes maneras.  Puede ser físico o emocional, así como también sexual, ¿así que estamos hablando sobre dos casos de abusos sexuales a niños de los que ustedes tengan conocimiento?

Sr. T. O'Brien: Sí.

Presidenta:  Gracias.


Doña Bronwyn Halfpenny














Doña Halfpenny (miembro de la comisión):  Solo quiero hablar un poco sobre las directrices y políticas con respecto a las acusaciones sobre casos de abusos sexuales a niños y qué medidas se toman para prevenirlos.  Tal como tengo entendido, ustedes emitieron una carta (circular) a los ancianos fechada el 1 de octubre de 2012.  ¿Fue esta una actualización de las directivas? http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/11/los-testigos-de-jehova-y-los-casos-de.html      http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/10/anciano-candido-cuanto-te-fias-del.html

Sr. T. O'Brien: Sí.

Doña Halfpenny: No estoy muy segura de cómo funciona su sistema.  ¿Puede explicarnos de dónde proceden estas directivas, cómo se distribuyen y cómo funciona?

Sr. T. O'Brien:  Sí, claro. Los testigos de Jehová están gobernados por un Cuerpo Gobernante central que los supervisa mundialmente, le siguen las aproximadamente 100 sucursales por todo el mundo, estas sucursales están supervisadas por lo que nosotros llamamos un Comité de Sucursal, un servidor es miembro del dicho comité en Australia, y una sucursal puede supervisar varios países.  Pero, específicamente a los ancianos en Australia y tomando en cuenta las leyes de nuestro país, la carta que usted menciona con las directivas está muy en línea con la carta que hemos recibido del Cuerpo Gobernante.  Creo que usted tiene una copia de las dos con los pocas diferencias que hay entre una y la otra.

Doña Halfpenny:  Así, ¿qué cambios en la política han habido entre la carta del 24 de mayo de 2010, y la del 1 de octubre de 2012?

Sr. T. O'Brien:  Sólo para ilustrarlo, una de las referencias muestra que sólo han habido cambios de poca monta.  No se han hecho grandes cambios.  Uno de los cambios se mencionan en el apéndice 2 que tiene usted, donde se encuentra una serie de diferentes artículos   --creo que está en la página séptima o la séptima referencia--  de la revista La Atalaya (1 de enero de 1997, páginas 26-29), concretamente el artículo titulado: "Aborrezcamos lo que es inicuo".  Está en el apéndice 2.

Presidenta: La información que usted nos ha proporcionado la recibimos ayer, así, ¿me pregunto si usted se está refiriendo a la información que justamente recibió ayer esta comisión?

Sr. T. O'Brien: Sí.

Presidenta: Gracias.  ¿La tiene usted Doña Halfpenny?

Doña Halfpenny:  Tengo una.  Es esta: "Cuándo peca un cristiano dedicado" (página 27), ¿es esta con el título en el fondo?

Sr. T. O'Brien: Sí.  Ese es el encabezamiento, justo por encima.  Si usted mira en el párrafo que hay por encima.  Esta es La Atalaya de1997; y otra más actual que esa, de 2010.  Donde dice:

En el caso de un hombre que haya sido corruptor de menores (pederasta) antes de bautizarse, tal vez haya otra consecuencia. Cuando aprende la verdad,
     Llega a ser un testigo de Jehová, y eso significa
se arrepiente y se vuelve, de modo que no introduce ese horrible pecado en la congregación. Quizá después progrese bien, venza completamente sus malos impulsos y quiera ‘alcanzar’ un puesto de responsabilidad en la congregación. ¿Qué ocurre, sin embargo, si la comunidad todavía no ha olvidado la mala reputación que se ganó cuando abusó sexualmente de menores? ¿Sería “irreprensible”? ¿Tendría un 
     Y entonces le sigue unas referencias que sirve para calificar como anciano en la congregación.
 ¿Tendría un ‘excelente testimonio de los de afuera y estaría libre de acusación’? (1 Timoteo 3:1-7, 10; Tito 1:7.) 
     Citando los dos textos bíblicos.  La respuesta es:
No, en absoluto. Por lo tanto, no llenaría los requisitos para tener privilegios en la congregación.
Doña Halfpenny:  Muy bien.  Pero en cuanto a sus directrices y políticas para evitar que ocurran los abusos sexuales a niños, ¿cuál es su protocolo?  ¿Puede usted bosquejarnos qué es lo que hacen ustedes?

Sr. T. O'Brien:  Sí, claro.

Doña Halfpenny:  Entiendo que se hace alguna referencia a los padres.  ¿Son únicamente los padres quienes tienen que organizar esto, o tiene alguna responsabilidad o algo que hacer la confesión religiosa dentro de los testigos de Jehová?

Sr. T. O'Brien:  Sin duda, sí.  La carta de presentación que hemos suministrado a la comisión, si usted mira allí  --perdón, está en la carta dirigida a los cuerpos de ancianos--.

Doña Halfpenny: ¿Podría usted mencionarme los pasos que dan, desde el primero hasta el último?

Sr. T. O'Brien:  Un esquema, sí.  Estoy feliz de hacerlo.  ¿Qué sucede si se informa a un anciano, acusando a alguien de abusar sexualmente de un niño, sea que se trate de un ministro...

Doña Halfpenny:  Me refiero a antes de que ocurra el abuso.  ¿Qué clase de políticas o medidas adoptan para evitar que esto suceda?

Sr. T. O'Brien:  ¿Para proteger a los niños?

Doña Halfpenny:  Sí; para proteger a los niños.

Sr. T. O'Brien: Los testigos de Jehová no practican una separación o segregación de los niños y los padres.  Nosotros no montamos u organizamos: guarderías, jardines de infancia, escuelas dominicales, acampadas u otra cosa parecida.  Toda la actividad en nuestras congregaciones gira en torno de la familia, y los padres reciben instrucción sobre cómo pueden ayudar a sus hijos.  Existen muchos artículos publicados que ayudan a los padres sobre cómo pueden educar a sus hijos para protegerse contra los abusos sexuales. Además, dentro del marco de la congregación misma, los ancianos están alerta sobre cómo pueden tratar con quien pueda ser sospechoso de eso.

Doña Halfpenny:  ¿Qué tipo de políticas aplican?  ¿Cómo se originan?  ¿Están basadas en la experiencia pasada o en información sobre la naturaleza del abuso?  ¿Cómo se desarrollan tales políticas?

 Sr. T. O'Brien:  Creo que es muy parecido al Parlamento de Victoria.  Con el paso de los años la moral ha degenerado en el mundo.  Tengan en cuenta que la mayoría de los testigos de Jehová no han crecido como tales.  Muchas personas que se convierten en testigos de Jehová, pueden traer junto con ellos un pasado de vidas inmorales, y que para entonces todos suponemos que han sido corregidas.  Educamos a la gente para que se asegure de que todo esto ha quedado en el olvido.  No hay lugar para esto entre los testigos de Jehová, ya sean estos un miembro o un ministro (persona con cargo religioso).

Doña Halfpenny:  Usted ha hecho referencia al libro de texto Pastoreen, y este libro contiene directrices que forman parte de su política.  ¿Cómo está relacionado este libro con dichas directrices?  ¿Qué es ese libro? (El libro secreto de los ancianos "Pastoreen el rebaño de Dios" --1 Pedro 5:2; para consultar al contenido del libro, buscar en Google por las siguientes siglas: 2010_ks10-s.pdf )

 Sr. T. O'Brien:  Es un libro de texto que se suministra a todo hombre que recibe el cargo de anciano.  No sólo abarca asuntos judiciales; abarca el elenco entero de las responsabilidades de un anciano, con consisten principalmente en pastorear.  Por este motivo tiene el título Pastoreen.  Se les suministra con la intención de que lo utilicen cuando enseñan en la congregación o con el cuidado que deben prestar a los miembros de la congregación; pero también asuntos judiciales como pequeñas secciones con respecto a los abusos sexuales a niños, y cómo deben tratar estos casos.  Además, periódicamente, cada tres años se celebra una escuela donde asisten los ancianos y se actualizan los contenidos, y esta es la base de los debates y el currículo, donde los ancianos son educados.

Sra. Andrea Coote














Sra. Coote (miembro de la comisión): Gracias, Sr. O'Brien y Sra. van Witsen, por estar aquí hoy.  Existe alguna confusión porque pienso que ustedes nos enviaron por correo postal primeramente los documentos (cartas) "A todos los cuerpos de ancianos", de la Christian Congregation of Jehovah’s Witnesses, de Patterson, New York.  Pero, la documentación que ustedes nos proporcionaron en el día de ayer, procede de Melbourne, Australia, otra.  Yo estoy tratando la de Melbourne, Australia.

Sr. T. O'Brien:  Está bien.

Sra. Coote:  Sólo como un asunto de interés, ¿qué diferencias existen entre ambas?  Y, ¿por qué nos enviaron la de Nueva York, en lugar de la de Melbourne?

Sra. van Witsen (abogado de la Watchtower): Desde luego.  La de Nueva York no la enviamos nosotros, pero quizás se proporcionó en una presentación previa sobre los testigos de Jehová.  La vigente para Australia es la que se encuentra en el apéndice 1, y sólo que lo que está subrayado en color rojo.  Esta sería la única diferencia entre las dos cartas.

Sra. Coote:  Yo me encargaré de la última que nos han proporcionado, que es de Ingleburn, Nueva Gales del Sur.

Sra. van Witsen: Sí.

Sra. Coote: Quisiera volver a lo que mencionó Doña Halfpenny, con respecto al libro de texto Pastoreen.  Ustedes dicen que contiene muy buenas directrices el libro de texto Pastoreen, y a través del documento (carta) hacen referencias al libro de texto Pastoreen.  ¿Me podría dar alguna otra indicación sobre qué tipo de libro de texto realmente es este Pastoreen?  Parece obvio que tendrá un buen número de párrafos y notas a pie de página, etcétera.  Así que, ¿podría explicármelo con más detalle?

Sr. T. O'Brien:  Sí, por supuesto.  Como dije, es un libro de texto que se suministra a los ancianos de congregación.  Abarca las principales responsabilidades de un anciano, que son: su papel como maestro, como pastor, y en materias judiciales.  El contenido del libro consiste en una serie de directrices sobre cómo tratar diversos asuntos: cómo enseñar con eficacia, cuáles son las responsabilidades en su labor de pastoreo,  y cosas de esta naturaleza.  Probablemente, hay entre cinco o seis párrafos que se refieren a los abusos sexuales a menores, de todo un libro de 180 páginas, porque los casos de pederastia no son un problema al que se tengan que enfrentar comúnmente los testigos de Jehová.

Sra. Coote:  Todo esto me parece algo confuso, porque en algunos asuntos ustedes hablan del libro de texto Pastoreen, pasando a continuación a hablar sobre algunas citas bíblicas y ahí sí que entran en detalle, y algunas de estas directrices no están claras en absoluto.  Parece que hay una gran diferencia entre algunas de las tareas mencionadas en las Santas Escrituras y el contenido aparente del libro Pastoreen.  ¿Podría explicarme por qué no está un poco más claro?

Sr. T. O'Brien:  ¿Podría darme un ejemplo?  Yo no soy...

Sra. Coote:  Es muy difícil para nosotros porque no tenemos una copia del libro y tampoco el público puede acceder al contenido del libro de texto Pastoreen.  ¿Existe alguna razón por la cual no podamos acceder al contenido?

Sr. T. O'Brien:  Es un libro de texto confidencial que se suministra a los ancianos, pero si usted lo solicita, estoy seguro que le podremos suministrar una copia.

Sra. Coote:  Pienso que, podría ser particularmente beneficioso el que usted pudiese hacerlo.  Obviamente, lo trataríamos con cuidado.  Por ejemplo, en la página 3, en la sección 11, declara:
Los ancianos deben investigar toda acusación de abuso sexual de menores.  Cuando os presenten una acusación, debéis repasar detenidamente esta carta y también las directrices indicadas en el libro Pastoreen, capítulo 12, párrafos 18-21.  Ahora bien, cuando actuéis en nombre de la congregación y examinéis la evidencia , debéis tener presente este mandato bíblico: "Ningún testigo solo debe levantarse contra un hombre respecto a cualquier error o cualquier pecado [...].  Por boca de dos testigos o por boca de tres testigos debe quedar establecido el asunto" (Deuteronomio 19:15).
Carta 1 de octubre de 2012, página 3, párrafo 11
Lo que me gustaría saber es que una vez una persona ha leído el libro de texto Pastoreen, habiendo echado un vistazo a esto y después echar otro vistazo al libro bíblico de Deuteronomio junto con las Santas Escrituras, ¿qué sucede después?  ¿Qué es lo que tiene más peso?  ¿La Biblia, o el libro de texto Pastoreen?

Sr. T. O'Brien: Lo siento, pero es que no veo la diferencia.  La directiva bíblica, de que debe haber dos o tres testigos (oculares), es la misma que la del libro Pastoreen...

Sra. Coote: Como he mencionado, nos es muy difícil entenderlo.  Así, el libro de texto Pastoreen, ¿contendría las mismas citas bíblicas?

Sr. T. O'Brien:  Exactamente lo que está en la Biblia. Sí.

Sra. Coote: Entonces, ¿por qué este libro es confidencial?

Sr. T. O'Brien: Porque se suministra a los ancianos.  Pero el libro Pastoreen, ha sido ilegalmente colgado en Internet, así que está asequible.

Sra. Coote:  ¿Ha dicho usted ilegalmente?

Sr. T. O'Brien:  Sí, y no fue colgado ahí por la Watchtower Bible and Tract Society; es un libro protegido con el copyright.  Pero algunos se ha tomado la libertad del colgarlo en Internet para su disfrute.

Sra. Coote: Vale, así el libro que tenemos colgado en Internet, es el mismo que el que tienen los ancianos, ¿no es así?

Sr. T. O'Brien:  Era el único publicado en esa fecha y que se colgó en Internet, sí.

Sra. Coote:  ¿Puedo hacerle una pregunta más sobre este asunto, particularmente este? Si ustedes no tienen a ésos dos testigos, ¿qué pasa entonces?

Sr. T. O'Brien:  Si se dispone de uno de los testigos, más adelante en el párrafo se explica este supuesto.  Se menciona, después de Mateo 18 versículo 16:
Por lo tanto, aunque los ancianos investigan toda acusación, no están autorizados por las Escrituras a actuar en nombre de la congregación a menos que dispongan de una confesión o de dos testigos fiables.  Ahora bien, aunque los ancianos no están autorizados para actuar en nombre de la congregación cuando solo disponen de un testigo, deben mantenerse alerta a la conducta y actividades del acusado.
Ahora nos referimos al párrafo 12.  En esta referencia, si usted mira de la mitad del párrafo hacia abajo, les muestra el tipo de vigilancia que los ancianos deben hacer:
También se asegurarán de que los ancianos recién nombrados estén al tanto de estas precauciones...
Con respecto al individuo:
Sería apropiado que los ancianos conversaran de forma amable pero muy franca con la persona que haya mostrado debilidad en este sentido... 
Y, en este caso, afectaría a alguien que ha sido acusado por un solo testigo:
advirtiéndole con firmeza que debe abstenerse de mostrar afecto a los niños, de abrazarlos o sentarlos en su regazo; que nunca debe estar a solas con un niño (aparte de sus hijos); que no debe permitir que un niño pase la noche en su casa, ni trabajar en el servicio campo solo con un niño... 
Con respecto a trabajar en nuestro ministerio público:
(por lo que siempre debe haber un adulto con ellos), y que no debe cultivar amistad con los niños.  Hacer esto no solo protegerá a los niños, sino que también ayudará a evitar que quien haya abusado sexualmente de un menor se exponga a acusaciones infundadas o a tentaciones... 
Si todo esto fuese ignorado, la mismísima última oración del párrafo les muestra la acción que tomarían los ancianos si una persona que ha sido acusada una sola vez anteriormente, y entonces ellos reciben este consejo sobre las medidas que deben de tomar con respecto a la acusación.  Dice así:
Si la persona no sigue estas instrucciones de los ancianos, debéis llamar de inmediato al Departamento de Servicio para pedir ayuda.
Carta 1 de octubre de 2012, página 4, párrafo 12

Entonces la persona se enfrentaría a un caso judicial y sería expulsado.

Sra. Coote:  ¿Esto incluiría a ancianos, personal administrativo y voluntarios?  ¿Quiénes deben ser éstos testigos?

Sr. T. O'Brien:  No, cualquier miembro de la congregación.  Como se menciona en el párrafo 5: "cualquiera que tenga conocimiento de los hechos".

Sra. Coote:  ¿Se procede así con todas las denuncias, o sólo con respecto a las verificadas o probadas por los voluntarios (¿testigos?)?

Sr. T. O'Brien: No,  toda denuncia es investigada por los ancianos.

Sra. Coote:  ¿Así, usted realmente está diciendo, entonces, que el libro de texto Pastoreen y la Biblia son una sola cosa?

Sr. T. O'Brien:  Sí.

Sra. Coote:  Así que la Biblia no lo sugiere  --bien, realmente yo no estoy muy al día con la Biblia, y añado, que puedo creer que no mencione (la Biblia) lo de acudir a la policía--.  De modo que, por lo tanto, ¿justificaría usted el denunciar los hechos a la policía aunque la Biblia no lo diga?

Sr. T. O'Brien:  Correcto.  Es decir, volvemos otra vez a la clave: ¿qué autoridad tienen los ancianos en la congregación?   La autoridad que tienen es únicamente la que la Biblia les da; ellos no tienen ninguna autoridad legal.  Así que es una cuestión que la legislación o el Parlamento tendrán que decidir, creo yo.  Como ya he mencionado antes, si el Parlamento decide que los ministros religiosos no deben estar exentos de la obligación de informar, nosotros cumpliremos 100% con esa ley.

Sra. Coote:  ¿No deberían estar exentos?  Así, si nosotros legislamos sobre la obligación de que los ministros religiosos informen (de estos delitos), esto motivaría a éstos ancianos y por lo tanto cumplirían con la obligación de informar estos delitos?

Sr. T. O'Brien: Sí.

Sra. Coote:  ¿Independientemente de lo que la Biblia diga o no diga sobre el tema?

Sr. T. O'Brien:  Sí.  Lo haríamos igual que la policía, lo mismo que: la policía, los médicos y los maestros.

Sra. Coote:  De acuerdo.

Sr. T. O'Brien: Pero de momento no es así...

Sra. Coote:  ¿Puede usted preveer que el libro de texto Pastoreen podría sufrir una modificación para adaptarse a la nueva legislación?  ¿Sería esto lo que sucedería?

Sr. T. O'Brien:  Dependería de cada Estado.  Ahí estriba la dificultad.

Sra. Coote: No, yo estoy hablando del Estado de Victoria.

Sr. T. O'Brien:  Sí, si se legislara en Victoria en este sentido, se daría la directríz a los ancianos para que anotasen los cambios oportunos en sus copias de sus libro de texto, sí,  del libro Pastoreen.

Sra. Coote:  De acuerdo. Por cierto, muchas gracias.  Gracias.
Sr. David O'Brien











Sr. D. O'Brien (miembro de la comisión):  Gracias.  Solo quien recuperar algo que usted dijo a la presidenta, Sr. O'Brien.

Sr. T. O'Brien: Correcto.

Sr. D. O'Brien: Usted ha indicado que actualmente no están cumpliendo con la obligación de informar (los casos de abusos sexuales a menores) en el Estado de Victoria, y que ustedes esperan que el niño decida si denuncia o no los abusos sexuales.

Sr. T. O'Brien:  O los padres; o la víctima si es una persona adulta.

Sr. D. O'Brien:  O los padres.  ¿Puedo remitirle a sus prácticas actuales con respecto a este asunto?  Porque, si estoy en lo cierto, en resumen, en la sección 4 se expone, donde usted ha indicado, y cito del párrafo primero en la sección 4 (edición en inglés):
Algunos Estados tienen leyes que obligan a poner en conocimiento de las autoridades  los casos de abusos sexuales a menores, y dependiendo de los hechos, obligando a los ancianos a informar a las autoridades de cualquier acusación de este tipo.  Por consiguiente, cuando los ancianos se enteran de un caso de abuso sexual a un menor, inmediatamente dos ancianos de la congregación de éste,  telefonearán al Departamento de Asuntos Legales para solicitar asesoramiento jurídico.
Luego continúa y explica varias cosas.  Es este el protocolo que ustedes siguen en los casos en los que las leyes les obligan a denunciar los hechos, ¿no es así? 

Sr. T. O'Brien: No, no es lo único.  En todos los Estados de Australia, una vez oída la acusación por parte de los ancianos, telefonearán al Departamento de Asuntos Legales.

Sr. D. O'Brien:  Le informo que esto supone una divergencia potencial sobre cómo se entiende fuera del ámbito de su confesión religiosa una ley que obliga a poner en conocimiento de las autoridades este tipo de delitos  --ustedes utilizan la palabra "por consiguiente" (en el texto supracitado)--  cuando existe la obligación de poner estos hechos en conocimiento de las autoridades competentes, ustedes dicen a los ancianos que telefonéen al Departamento de Asuntos Legales, y eso es su departamento legal interno, no son las autoridades competentes.  ¿Lo acepta usted?

Sra. van Witsen:  Si usted se está preguntado por qué la directriz es contactar con el Departamento de Asuntos Legales, es porque las leyes varían de Estado en Estado.  No esperamos que los ancianos conozcan las leyes de cada estado, de modo que inmediatamente que contactan con el Departamento de Asuntos Legales reciben las directrices para cumplir las leyes vigentes.  Le remito a usted a la página 1 de la carta que aparece en primer término.

Sr. D. O'Brien:  Sí.  Ahora seguiremos con el resto de los pasos de este protocolo, pero por favor responda a lo que he dicho.

Sra. van Witsen: Bajo el subtítulo "Nuestra carta a los cuerpos de ancianos, fechada el 1 de octubre de 2012", si me remito al tercer párrafo encuentro la respuesta a la pregunta.  Dice así:
En esta carta los ancianos son remitidos a contactar inmediatamente con la oficina sucursal (sede nacional en los respectivos países) cuando se enteran de algún presunto caso de abusos sexual a menores.
Como dice el Sr. O'Brien, independientemente a que la ley estatal obligue a ponerlo en conocimiento de las autoridades compententes, esa es la directriz.  Y continúa diciendo:
Esto se hace para asegurarse que los ancianos cumplirán completamente con cualquier requisito legal exigible en cualquier Estado donde ellos residan, así como también para asegurarse que los asuntos se llevan a cabo completamente según los procedimientos teocráticos.
Si en el Estado de Victoria existiese una ley que obligase a poner en conocimiento de las autoridades competentes estos hechos, el asesoramiento inmediato sería que estos hechos se pusiesen inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, en conformidad con la ley y cumpliéndola completamente.

Sr. D. O'Brien:  Gracias por su respuesta.  A ver si puedo llevarle paso a paso a través del protocolo que ustedes han establecido, quiero intentarlo si pudiera.  Según su protocolo indicado en el párrafo 4, dos ancianos telefonearían inmediatamente al Departamento de Asuntos Legales. ¿Es correcto?

Sr. T. O'Brien:  Sí, una vez que han escuchado la acusación.

Sr. D. O'Brien:  Entonces, los dos ancianos indican al Departamento de Asuntos Legales, la fecha de nacimiento y la fecha de bautismo del acusado; así como también las fechas de nacimiento y de bautismo de la presunta víctima.

Sr. T. O'Brien:  Si ambos están bautizados, sí.  En todos los casos.

Sr. D. O'Brien:  Entonces, ellos necesitan el asesoramiento del Departamento de Asuntos Legales.

Sr. T. O'Brien:    En cuanto a cuáles son sus obligaciones legales.

Sr. D. O'Brien:  Y entonces, los ancianos que han informado de los hechos, son remitidos desde el Departamento de Asuntos Legales al Departamento de Servicio.  Le haré un pequeña pregunta. ¿Qué es el Departamento de Servicio?

Sr. T. O'Brien:  El Departamento de Servicio es el departamento de la oficina sucursal (sede nacional) que atiende muchos aspectos de las actividades de las congregaciones, pero en el caso que nos ocupa, se asegurarían que los ancianos siguieran los procedimientos teocráticos bosquejados por nuestro Cuerpo Gobernante.

Sr. D. O'Brien:  Eso es lo que dice.  Se dice que para ayudar con preguntas sobre aspectos teocráticos o jurídicos del caso, sobre cómo proteger a los niños.

Sr. T. O'Brien: Sin abarcar los aspectos jurídicos (se habla de las directrices del Departamento de Servicio).

Sr. D. O'Brien:  Ustedes se han basado en la presunción de que no existe una obligación legal de ponerlo (los casos de pederastia) en conocimiento de las autoridades competentes, en respuesta a la pregunta de la Sra. Crozier, en relación con los ministros religiosos.  ¿Está usted consciente de la situación que aplica a las escuelas?

Sr. T. O'Brien:  ¿Escuelas?  No estoy diciendo que no existe obligación legal de ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, pero para los ministros religiosos...

Sr. D. O'Brien:  Como clase exenta está usted en la correcto, pero con respecto a las escuelas, ¿está usted al tanto de las obligaciones que tienen?

Sr. T. O'Brien:  Sí, la obligación de informar a las autoridades competentes.  Igualmente los médicos.

Sr. D. O'Brien:  ¿A quién hay que informar?

Sr. T. O'Brien:  Supongo que a las autoridades gubernativas.  Deberían informar a DOCS (organismo de protección a la infancia). http://www.community.nsw.gov.au/welcome_to_docs_website.html

Sr. D. O'Brien:  Entiendo su respuesta de que el Departamento de Asuntos Legales querrá, en cierto sentido, vigilar todo el proceso, y como una comisión que somos lo tomamos por su valor nominal.  Por ejempo, ¿Se da cuenta usted que, en general, todas estas directrices se centran en un proceso interno (dentro del ámbito de la confesión religiosa), que la obligación de informar a autoridades externas solo se hace cuando lo asesoran los abogados (de la propia confesión religiosa) o cuando es exigido por la ley?

Sr. T. O'Brien:  Según entiendo, es una prerrogativa de la víctima el decidir si desea denunciar o no; no le corresponde al ministro religioso que escuchó la acusación, incluso tratándose de una confesión.

Sr. D. O'Brien: Esta es una de las razones por las que podría usted optar por no informar a las autoridades competentes.  Aceptaré su respuesta y le haré otra pregunta para desatascar el punto en el que nos encontramos.  Usted ha afirmado que hay muy pocos casos de abusos sexuales a menores en su organización, y, otra vez lo tomo por su valor nominal, eso es algo digno de elogio.  Sin embargo, cuando usted hace declaraciones como esa, ¿acepta usted que hay un aspecto  --en relación con los abusos sexuales a menores--   extremadamente embarazoso para una organización y obviamente perturbador para las víctimas y sus familias?

Sr. T. O'Brien:  Sí.

Sr. D. O'Brien:  ¿Acepta usted la premisa de que quizás un proceso excesivamente interno  --cuando sólo se informa a las autoridades competentes si los abogados dicen a la gente que lo hagan--   es un proceso propenso a que,  por malos motivos,  no se presenten denuncias ante las autoridades competentes, porque ellos no están por labor de lo que el niño quiere sino más bien proteger la reputación de la organización?

Sr. T. O'Brien:  Quizás yo podría aclarar esto.  Si los ancianos en una congregación intuyen que la seguridad del niño está amenazada por sus propios padres o cualquier otra persona, con independencia si lo que se les dijo fue algo confidencial, nosotros sentiríamos la obligación de ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, porque la protección del niño es prioritaria sobre ciertos procedimientos internos (de nuestra confesión religiosa).

Sr. D. O'Brien:  Voy a plantear un supuesto peor; lo siento, presidenta.  Si los mismos ancianos fuesen los que han cometido los abusos o por alguna razón se sintiesen avergonzados ellos mismos  por el caso, pudiéndose tratar de una situación en la se se viera envuelta un chantaje y se sintiesen incapaces de manejar la situación, ¿acepta que el proceso que ustedes tienen establecido no anima a todo el mundo envuelto a acudir a una autoridad externa a la confesión religiosa?

Sr. T. O'Brien:  Desde luego.  Eso podría darse en cualquier organización...

Sr. D. O'Brien:  Lo que le planteo es que el protocolo que ustedes tienen establecido,  realmente no contempla adecuadamente el supuesto de que el anciano mismo, o ella, sea la causa del problema.

Sr. T. O'Brien:  ¿Y ningún otro anciano estaría consciente de esa situación?

Sr. D. O'Brien:  Podría ser el caso, sí.

Sr. T. O'Brien:  Sería un problema para una organización el que estos casos no se informaran.  La regla es que nosotros actuamos ante cualquier acusación   --prueba, confesión, acusación, lo que sea--  inmediatamente.

Sr. D. O'Brien: Dentro de los parámetros de su protocolo interno.  Usted dijo eso, si se les obligara por ley a poner en conocimiento de la autoridad competente todos los casos de abusos sexuales a menores  --no sólo en el ámbito educativo--  ustedes cumplirían con tal ley.  Solo pregunto, y usted no tiene que estar de acuerdo; si usted aceptaría el que le concediesen un grado mayor de autonomía para este tipo de delitos graves, que han tenido graves problemas de encubrimiento  --puede que no ustedes--  otras organizaciones en el pasado, y que es un protocolo mejor el que tiene un cierto grado de autonomía con respecto a estos procesos internos.  

Sr. T. O'Brien: No le entiendo.  ¿Cómo llegaría a conocerse (el delito)?  Igual que, si el anciano no viene y se confiesa ante otro cuerpo de ancianos...?

Sr. D. O'Brien:  Si acudieran directamente a las autoridades competentes.

Sr. T. O'Brien:  Ellos puede hacer eso.  Nosotros no les desanimamos.  De hecho, cuando nos reunimos, la directriz que da el Departamento de Asuntos Legales a los ancianos que telefonean y preguntan es lo que se les dice, explícitamente; que ahora es un asunto de los padres (de la víctima) , o si la víctima es ahora adulta puede denunciar los abusos que sufrió, y si ellos desean ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, nosotros les apoyaremos.  Cooperaremos con la policía.  Nunca desanimaremos a una persona para que no acuda a la policía.  Queremos detener el abuso sexuales a niños, si es que existe.  Nosotros sentimos lo mismo que ustedes.

Sr. D. O'Brien:  Estamos examinando las practicas de organización, y dejo el asunto de esta manera: ¿acepta usted que en este momento deposita mucha fe en la tarea individual de los ancianos que reciben un informe de abusos sexuales a menores y también en los abogados que suministran el asesoramiento jurídico?


Sr. T. O'Brien:  Sí.

Sra. van Witsen:  Sobre esto, si se me permite añadir algo, como parte de dar este asesoramiento jurídico,  nuestras directrices primero que todo y lo principal en nuestras instrucciones es proteger a los niños en la organización, haciendo todo lo posible.  En la actualidad, a causa de que no existe una ley específica en el Estado de Victoria que obligue a los ministros religiosos para que pongan en conocimiento de las autoridades competentes los casos de abusos sexuales a menores; entonces la víctima, quien a menudo ha perdido su dignidad, se le deja el asiento del conductor (que dirija la situación).  Está en su absoluto derecho, y los ancianos reciben la directriz para que digan a la víctima y a su familia que están en su absoluto derecho de denunciar los hechos ante las autoridades competentes, ellos recibirán todo el apoyo independientemente de cuál sea su decisión y los ancianos han recibido también la consigna de que cooperen completamente con cualquier investigación policial.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/informe-policial-colaboracion-de-los.html

Sr. T. O'Brien:  Gracias.


Sr. Frank McGuire












Sr. Frank McGuire (miembro de la comisión):  Y si la víctima es un niño, ¿qué hacen ellos?

Sra. van Witsen:  Entonces le corresponde a la víctima o a su familia denunciar.

Sr. Frank McGuire:  Pero esto se convierte en una tarea difícil.  ¿Qué hacen ustedes con el niño si es una víctima?  Sabemos de muchísimos casos que éstos depredadores son astutos y manipuladores, y nosotros estamos tratando de llegar al meollo de la cuestión, ¿así, qué sucede con el niño?

Sra. van Witsen:  Lo primero y principal, las instrucciones que tenemos están absolutamente para proteger a los niños.  Lo que sea necesario para proteger al niño, cualquier medida, incluso revelando información que de otro modo sería confidencial  --si el niño está en peligro y la familia no le puede proteger, entonces tomamos cualquier medida--.

Sr. Frank McGuire:  ¿Puede explicarme cómo es dirigido el niño?

Sra. van Witsen:  Obviamente el niño no, pero aquellos responsables del bienestar del niño.

Sr. Frank McGuire:  ¿Los padres?

Sr. T. O'Brien:  Por medio de un proceso teocrático, si un niño se aborda a un anciano o a cualquier otra persona de la congregación con una acusación de haber sufrido abusos sexuales u otro tipo de abusos, ésa persona se dirigiría a un anciano, si no fuese un anciano él mismo.  Los ancianos entonces informarían a sus padres.  Ellos se asegurarían de que los padres fuesen informados inmediatamente de la acusación que formula el niño.

Sr. Frank McGuire: Solo estoy intentando de ir al grano para que esta situación pueda ser evaluada con independencia, y la policía es la autoridad más competente.  ¿Cómo funciona realmente este protocolo?  ¿Cómo tiene lugar el siguiente paso?

Sra. van Witsen: Una vez los padres se enteran del problema   --la denuncia--  el asunto está en sus manos.  Si los ancianos de la congregación, como hemos mencionado anteriormente, intuyen que los padres han sido negligentes   --puede que el abuso lo haya cometido uno de los padres--  sigue siendo nuestra prioridad proteger al niño y entonces los ancianos se sentirían obligados a denunciar el delito a la policía.

Sr. Frank McGuire:  ¿Y los ancianos denunciarían los hechos en ese mismo instante?

Sr. T. O'Brien:  Ellos contactarían con el Departamento de Asuntos Legales, pero se les daría la siguiente consigna: 1º proteger al niño.  Sí, definitivamente.

Sr. Frank McGuire:  Usted dijo anteriormente que usted no creía que los ministros religiosos debían estar obligados a poner en conocimiento de la policía los abusos sexuales a niños.  ¿Por qué no?  Teniendo en cuenta, como usted ya sabe, que la violación de un infante es un crimen atroz.

Sr. T. O'Brien:  Lo siento, ¿puede usted repetir la pregunta?  No le sigo.

Sr. Frank McGuire:  Usted dijo anteriormente que usted no creía que los ministros religiosos debían estar obligados a poner en conocimiento de la policía los abusos sexuales a niños.  Lo que estoy diciendo es esto: ¿Por qué no, dado que la violación de un niño es un crimen atroz?

Sr. T. O'Brien:  Sí, pero esa es una ley del Parlamento (australiano).  No es una ley de nuestra sociedad teocrática.  Si el Parlamento legisla que los ministros religiosos deben denunciar a la policía todo caso de abuso sexual a menores, nosotros cooperaremos.

Sr. Frank McGuire:  ¿No piensa usted que debería hacerlo de todos modos, como una cuestión rutinaria?

Sr. T. O'Brien: Hay diferentes cuestiones, supongo, que habría que consultarlo con la víctima.  ¿Por qué el Parlamento escoge una opción?  Nosotros no vamos a juzgar eso pero, sabemos que habrá víctimas que no querrán que su caso salga a la luz pública, y hay quien desea que el ministro asuma esa responsabilidad o derecho de la persona (víctima).

Pero una vez dicho esto, como dijimos anteriormente, si ellos escogen denunciar los hechos, nosotros les apoyaremos completamente.

Sr. Frank McGuire:  Creo que solo hay una discrepancia ahí, y estoy tratando de entender las razones del por qué no cree usted que debería hacerlo.  ¿Ustedes apoyarían este cambio que en caso de producirse, debería ser de carácter obligatorio?

Sr. T. O'Brien: De nuevo, no queremos atrevernos a asumir una responsabilidad del Parlamento.

Sr. Frank McGuire: Estoy feliz de que ustedes se atrevan.

Sr. T. O'Brien:  Si el Parlamento decide eso, entonces nosotros lo apoyaremos, como lo hacemos en otros países donde se exige por ley.  Infaliblemente.  Vemos beneficios en ello.  Vemos también, obviamente, tal como le pasa al Parlamento actualmente, algunos inconvenientes.

Sr. Frank McGuire:  A pesar que su confesión religiosa tiene congregaciones en todos los estados y territorios de Australia, las directrices las reciben desde Nueva York y no existen unas directrices específicas para los ancianos que se acomoden a las leyes y normativas del Estado de Victoria que afectan a las responsabilidades de las organizaciones con respecto a sus obligaciones referentes a la protección a la infancia.  ¿Por qué es esto así?

Sra. van Witsen: Este es precisamente el por qué de la directiva: como usted puede ver, es una directiva general, y esta es la razón para la directiva que se da para que telefoneen inmediatamente al Departamento de Asuntos Legales.  El motivo de todo esto, como cité anteriormente, es que ellos están por la labor de cumplir con toda la legislación relevante en cualquier Estado en la que ellos residan.

Sr. Frank McGuire: De acuerdo.  El personal religioso no está obligado por ley a denunciar los casos en el estado de Victoria.  ¿Cuál es el protocolo de su confesión religiosa en cuanto a  denunciar los presuntos delitos de abusos sexuales a la policía o para proteger a los niños?

Sr. T. O'Brien:  Me he perdido una parte de la pregunta, lo siento.

Sr. Frank McGuire: El personal religioso no está obligado por ley a denunciar los casos en el estado de Victoria.  ¿Cuál es el protocolo de su confesión religiosa en cuanto a  denunciar los presuntos delitos de abusos sexuales a la policía o para proteger a los niños?

Sr. T. O'Brien:  No le entendí muy bien. Sobre la obligación de denunciar los casos a la policía, hemos intentado de dejar claro que la obligación de denunciarlo es una competencia que recae en el Parlamento, no en nosotros; pero en cuanto a la denuncia ante la policía, si nosotros intuimos que quienes tienen la responsabilidad de velar por la protección del niño han sido deficientes o negligentes, entonces seremos nosotros quienes denunciemos los hechos a la policía porque nuestra prioridad es la protección del niño, no una directiva interna (de nuestra entidad religiosa), pero nuestro protocolo interno trata de proteger los dos derechos de las víctimas: la voluntad de la víctima si desea o no denunciar, y la protección de los niños.

Sr. Frank McGuire:  Deseo plantear otra cuestión.  Si en sus declaraciones juradas ustedes tienen la declaración de un individuo que ha confesado haber cometido un delito de abuso sexual a un menor, ¿comparten esa información con la policía?  Solo en este supuesto, pienso que probablemente es mejor no mencionar ningún nombre en esta etapa, pero le agradecería que usted abordara esta cuestión.

Sra. van Witsen:  Desde luego.  En el apéndice cuatro contiene una especie de declaración jurada.  La razón para esto es que nosotros entendemos que cierta información ha sido aportada directa o indirectamente como parte del formulario (impreso) para el envío de información.  No tenemos copias de dicho impreso escrito, como estoy segura de que están conscientes.  Sin embargo, como se explica en la primera carta que aparece en el dossier escrita por la Sociedad (nuestra entidad religiosa), en su página 4, éste individuo en particular lleva cierto tiempo criticando y pintando en falsos colores la organización.  La declaración jurada habla por sí misma.  No obstante, pienso que con su pregunta usted se está refiriendo a la normativa australiana conocida como Evidence Act y la posición bajo Evidence Act, anterior a la introducción de la revisión de la Evidence Act.  ¿Estoy en lo correcto?  http://www.legislation.act.gov.au/a/2011-12/current/pdf/2011-12.pdf



http://watchtowerdocuments.com/documents/Secrets_Commentary_Version_2.pdf

Sr. Frank McGuire:  Únicamente estoy tratando de llegar el meollo de la cuestión.  ¿Comparten esta información con la policía, y si no, por qué no?

Sra. van Witsen: Correcto. Esto está otra vez relacionado con este asunto en particular.  Usted sin duda sabe que en la anterior Evidence Act, el privilegio pertenecía al confesor, o al arrepentido, sobre cuándo revelar cierta información.  Esta información en particular, no era revelada sin el consentimiento del arrepentido.  Esa situación cambió con la reforma de la Evidence Act en el año 2008, por la cual el ministro religioso podía revelarlo, en este caso.  He recibido la consigna de que los testigos de Jehová harán cualquier cosa necesaria para proteger a los niños.  Tal como yo lo entiendo, en este caso en particular, la policía contactó con los ancianos, y, debido a que la  la Evidence Act era la que era, los ancianos no pudieron revelar esa información sin el consentimiento previo del arrepentido.  Y en esas estamos.

Sr. Wakeling












Sr. Wakeling (miembro de la comisión): Muchas gracias a ambos por su comparecencia y por sus presentaciones.  Primeramente, ¿puedo volver al tema anterior planteado por el Sr. McGuire, con respecto al tema de la confesión?  ¿Puedo decir que según la evidencia expuesta por el Sr. O'Brien, que su organización no pondrá en conocimiento de las autoridades competentes los incidentes con niños, a causa de la legislación australiana?  ¿Usted concuerda con este planteamiento?

Sr. T. O'Brien: Si la víctima o los padres de la víctima, escogen no hacerlo, no estamos autorizados a hacer  nosotros eso, porque lo correcto es que la víctima decida si denunciarlo o no.

Sr. Wakeling: ¿Puede usted confirmarme que esa es su postura y que me está diciendo que bajo la legislación australiana ustedes no pueden denunciar estos asuntos a la policía?

Sr. T. O'Brien:   No, yo no he dicho eso.  Dije con anterioridad que nosotros sentimos que la protección a los niños prevalece, y que si se nos exige denunciar estos casos, y si no queda más remedio  --utilizo el supuesto de que el padre sea el pederasta en esta ocasión, ahora el niño claramente está en peligro, así, en este supuesto no nos sentiríamos obligados a (guardar silencio) y lo denunciaríamos a la policía.

Sr. Wakeling:  Trato de ser muy claro aquí.  ¿Si existiese evidencia de que se ha cometido un caso de abuso sexual a un niño dentro de su confesión religiosa y usted estuviese al tanto, denunciaría los hechos a la policía?

Sr. T. O'Brien:  No si la víctima no quiere denunciar.

Sr. Wakeling:  No, no le estoy hablando de la víctima.  Estoy preguntando: ¿harían ustedes, como una organización que son, una denuncia en la policía si se enterasen que se ha abusado de un niño dentro del ámbito de su confesión religiosa?

Sr. T. O'Brien: No tenemos autoridad para hacer eso.

Sr. Wakeling:  ¿Y por qué no tienen ustedes esa autoridad?

Sr. T. O'Brien: A causa de la ley de la obligación de informar.

Sr. Wakeling: ¿Y por qué dice usted eso?

Sr. T. O'Brien:  Porque el ministro religioso no tiene prioridad sobre la voluntad de la víctima.  Es el  absoluto derecho y privilegio de la víctima, decidir qué es lo que quieren hacer...

Sr. Wakeling:  Sr. O'Brien, le remito a la ley Evidence Act de la que estamos hablando, la sección 127 de la Evidence Act, dice:
(1) Una persona quien es o era ministro religioso de cualquier confesión religiosa tiene derecho a negarse a divulgar algo que se hizo en su confesión religiosa, o el contenido de una confesión que fue hecha a la persona en virtud de su cargo religioso.
Esta ley no impide que comparta información la entidad religiosa.  La ley proporciona una exención a la confesión religiosa, pero la ley no impide a la confesión religiosa en este estado el compartir información.  Está claro que esta es una competencia de los testigos de Jehová, siendo el abuso sexual de niños un asunto tan importante, el renunciar como organización a eso y denunciar los casos.

Sra. van Witsen:  Absolutamente.

Sr. Wakeling:  Así que, Sr. O'Brien, con la Evidence Act en la mano, actualmente ustedes como organización pueden cumplir con la obligación de denunciar.  ¿Está de acuerdo con mi posición?

Sra. van Witsen:  Si puedo contestar sobre la ley Evidence Act.  Eso es muy válido, porque desde que la ley fue reformada, no existe ningún impedimento legal.  Se puede renunciar, completamente.  Estoy autorizada para decir que los testigos de Jehová harán cualquier cosa que sea necesaria para proteger a los niños, incluso si esto supone revelar información que normalmente sería confidencial por ser revelada durante la práctica religiosa de la confesión.  En estos casos, renunciaríamos a ese derecho.

Sr. Wakeling:  Podría exponerle , Sr. O'Brien, la evidencia que usted ha presentado hasta ahora indicándonos la normativa legal por la cual su organización no denunciaría estos casos, y su abogada acaba de indicar que ustedes ahora sí denunciarán.  Con el objetivo de esta investigación,  por favor, ¿podría usted aclarar cuál, de hecho, es la posición de la confesión religiosa de los testigos de Jehová en el estado de Victoria?  Cuando su organización tiene conocimiento de un caso de abuso sexual a un menor, no solo moralmente, ¿adoptará su organización una actitud proactiva para denunciar estos incidentes?

Sr. T. O'Brien:  ¿Está usted pidiéndonos que denunciemos aunque la víctima no lo desee?

Sr. Wakeling:  Lo que le estoy preguntando a usted, es si su organización tiene conocimiento de un abuso sexual a un niño dentro de su organización, que haya sido perpetrado por un ministro religioso o un miembro de la confesión religiosa, ¿su organización va a denunciar los hechos a la policía?

Sr. T. O'Brien:  ¿Está usted preguntándome si en todos los casos?

Sr. Wakeling: ¿Sí o no?

Sr. T. O'Brien:  Si soy honesto, no creo que esta sea una pregunta justa, porque pienso que habrá víctimas que no querrán denunciarlo.  De hecho, sé de víctimas que no quieren que el asunto salga a la luz pública.

Sr. Wakeling:  Pero, si se lo permite.

Sr. T. O'Brien:  ¿Quiere usted atarles las manos a todos los ministros religiosos para que hagan algo que la ley no les exige?

Sr. Wakeling:  Si me permite, Sr. O'Brien, estoy tratando de entender la posición de su confesión religiosa.  A mis preguntas, usted me ha contestado que no denunciaría estos hechos; luego que va a denunciar   --tal como ha indicado su abogada--  y ahora usted está diciendo que puede que sí o puede que no.  Estamos investigando la cuestión exacta de los abusos sexuales a menores en el ámbito de todo el sistema de las confesiones religiosas y cómo tratan estos asuntos estas mismas organizaciones.  Ustedes tiene la capacidad como confesión religiosa de denunciar estos hechos, y para el objeto de nuestra investigación nosotros necesitamos saber cómo tratan ustedes con estas cuestiones.

Sr. T. O'Brien:  Me gustaría obtener asesoramiento legal sobre esta pregunta en particular.

Presidenta: Entonces, ¿querría responderla la Sra. van Witsen?

Sra. van Witsen:  Si pudiera. Sí, por supuesto.  Hasta la fecha el gobierno ha estipulado en la ley Children, Youth and Families Act 2005 sección 182 de la (1)(a) hasta (e), quién está obligado a ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, por lo que están obligados a denunciar los hechos.  Tal como todos sabemos, los ministros religiosos no estaban incluidos allí.  Si tal lista se ampliara hasta incluirlos, las instrucciones que yo he recibido es que nosotros enviaríamos una directiva a los ancianos para que la cumplieran con carácter inmediato; cumplirla completamente.  Esa no es la cuestión, y la organización ciertamente la cumpliría.  Estas son las claras instrucciones que he recibido.

Sin embargo, mientras tanto como abogados hemos sido instruidos específicamente para que contacten inmediatamente con el Departamento de Asuntos Legales todos los ancianos que tengan conocimiento de cualquier supuesto caso de abuso de menores  --y ustedes se pueden remitir a la primera carta de la organización que aparece en el dossier en su página 3--  y que digan a la víctima o a sus familiares que tienen las manos libres para denunciar estos hechos a la policía o a cualquier otra autoridad competente.  No solamente esto, independientemente de la decisión que ellos tomen, los ancianos continuarán apoyándoles totalmente.

No obstante, hay una cláusula condicional sobre esto.  Esta cláusula condicional, si puedo explicarla es; obviamente hay información a la que se accede como parte de un acuerdo sobre su confidencialidad entre los ancianos y el arrepentido, y cosas por el estilo.  Ya no existe un impedimento legal, ya no se precisa el consentimiento del arrepentido para revelar esta información, como ustedes correctamente lo han señalado.  Ahora tenemos una ley Evidence Act uniforme que permite que se renuncie a eso.  ¿Bajo qué supuestos renunciaríamos al plácet del arrepentido para revelar la información?  Las instrucciones que he recibido son: se hará todo lo que sea necesario para proteger al niño, incluso revelar el contenido de una información que normalmente es de naturaleza confidencial  --denunciándolo a la policía o poniéndolo en conocimiento de la autoridad competente--.  Lo que ordinariamente se consideraría confidencial será denunciado (revelado).
http://www.legislation.vic.gov.au/Domino/Web_Notes/LDMS/PubStatbook.nsf/edfb620cf7503d1aca256da4001b08af/15A4CD9FB84C7196CA2570D00022769A/$FILE/05-096a.pdf

Sr. Wakeling: ¿Disponen ustedes, como confesión religiosa, de un sistema de confesión de pecados similar al que emplea la Iglesia Católica?  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-conti-les-amparaba-el.html

Sr. T. O'Brien:  No.  Un individuo puede venir y confesarse a los ancianos.  Si el pecado es grave, que tiene que serlo, no solo el abuso sexual a menores sino lo que la Biblia identifica como pecados graves.

Sra. van Witsen:  Es lo que nosotros definimos como: "según la práctica religiosa establecida".

Sr. Wakeling:  Terminaré con este punto.  La cuestión que he planteado está muy clara con respecto a qué acciones emprenderá en el futuro la confesión religiosa.  El Sr. O'Brien, ha indicado que tomará nota, y nosotros esperamos para ver cuál será la respuesta de la confesión religiosa. 

Sr. D. O'Brien: Solo haré una pregunta de seguimiento.  En una de sus respuestas, ¿escuché decir que usted estaba al tanto de algunos casos de abusos sexuales a niños, donde el niño no quiso denunciarlo a la policía?

Sra. van Witsen:  Creo que fue la víctima (quien no quiso denunciar).

Sr. D. O'Brien: Perdón, le he preguntado al Sr. O'Brien..., si puede contestar.

Sr. T. O'Brien:  Sí, sobre una pregunta hipotética que podría darse.  No conozco ningún caso en particular ni incidentes específicos (de esta clase).

Sr. D. O'Brien:  Solo quiero que usted sea muy claro.  A pesar de que no le hemos hecho prestar juramento, obviamente usted está consciente de lo que significa el desacato.  No trato de ir a por usted.  Quiero recordarle lo que usted ha dicho.  Creo que usted dijo que estaba al tanto de algunos casos donde el niño no quiso denunciar los hechos a la policía.  No voy a ponerle aquí necesariamente en un compromiso; solo me gustaría saber si eso fue lo que usted dijo y si esa es la situación.

Sr. T. O'Brien:  Pudiera haber sido.  Puede que haya utilizado esas palabras pero no era mi intención, porque personalmente, debido a mi cargo en la sucursal (sede nacional) no estoy envuelto en los casos de abusos sexuales a niños.  Esos casos son tratados por nuestro Departamento de Asuntos Legales y por el Departamento de Servicio.  Yo coordino el trabajo en otras áreas, por lo que no estoy familiarizado con...

Sr. D. O'Brien: Me dirigiré a la abogada.  ¿Está usted al tanto de casos donde los niños no han querido denunciar?  Ese proceso que usted identificó.

Sra. van Witsen: No estoy al tanto.  Si puedo, pienso que el Sr. O'Brien, ha querido decir lo siguiente: "Yo pudiera estar al tanto de casos o ejemplos o potenciales circunstancias donde alguien no ha querido denunciar", refiriéndose a la víctima.

Sr. D. O'Brien:  Sería de ayuda aclarar esto una vez usted haya revisado todos sus archivos, si pudiera.  Sin retroceder, se trata de que entendamos lo mejor posible el sistema y el proceso de cada una de estas organizaciones.

Sra. van Witsen:  Por supuesto.

Sr. D. O'Brien:  Apreciaríamos su cooperación.  Gracias.

Sra. Coote:  A propósito de las deliberaciones, acabamos de verlo con el Sr. Wakeling, estoy algo confundida, Sr. O'Brien, especialmente con lo que usted me respondió sobre el libro de texto Pastoreen y la Biblia, siendo la primera parada obligatoria.  Si los ancianos, cuando se remiten al libro de texto Pastoreen,  no obtienen las directrices que ellos necesitan, ¿cómo se relacionaría esto con lo que acaba de decir  la Sra. van Witsen, con respecto a la obligación de denunciar?  Solo quiero decirle, Sr. O'Brien, que tenemos un problema aquí con el aspecto moral de la Biblia y el libro de texto Pastoreen contra las obligaciones y principios legales que acabamos de discutir sobre la obligación de denunciar.  ¿Puede usted darme una respuesta clarísima sobre lo que harán los ancianos ante estos supuestos?  ¿Apoyarán los ancianos las directrices de la Biblia y el libro de texto Pastoreen, o se adherirán ellos o a las leyes que obligan a la denuncia de un delito?

Sr. T. O'Brien:  La misma razón en el libro de texto y en la carta que contiene las directrices, es animar a los ancianos para que contacten con el Departamento de Asuntos Legales cuando se enteren de un caso de abusos sexuales a un menor y así ellos son asesorados en la normativa legal vigente.  Esto es algo independiente de nuestra actividad teocrática y congregacional con lo que las congregaciones cumplirán.  Así, por ejemplo, en un país puede que no haya una ley que regule los abusos sexuales a niños  --como algunos países de Tercer Mundo--  pero los testigos de Jehová todavía siguen las mismas estrictas directrices para mantener las congregaciones limpias y protegidas.

Sra. Coote:  De modo que el proceso consiste en que el niño habla con los ancianos, o la familia del niño habla con los ancianos, entonces los ancianos se remiten en busca de guía al libro del texto Pastoreen y echan una mirada a la Biblia en busca de guía, y en algún lugar de estos dos se explica que lo próximo que deber hacer es buscar asesoramiento legal y ahí es donde aparece al abogado asesorando sobre la obligación de ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes.  ¿Es este el proceso?

Sr. T. O'Brien:  No, el primer paso que dan los ancianos es contactar con el Departamento de Asuntos Legales.  Antes de que se reúnan con ninguna de las partes, antes que siquiera consulten las directrices del libro Pastoreen, antes de que traten el asunto internamente en la congregación: primero ellos contactan con el Departamento de Asuntos Legales sobre la normativa legal vigente.

Sra. van Witsen:  Quizá pueda explicar el trasfondo.  Esta es una carta que obviamente se suministra a todos los ancianos, y conteniendo unas directrices para que se guíen.  El libro de texto Pastoreen, como yo lo entiendo, es la base.  La Biblia suministra la base y los principios donde está basado este libro de texto.  Por lo tanto, la directriz específica está en el protocolo que suministra la carta, y es la siguiente: número 1.- Contactar inmediatamente con el Departamento de Asuntos Legales.

Sra. Coote:  Gracias.  No está todo claro, porque no sé cómo pueden ellos solicitar asesoramiento legal sobre un abuso sexual que está por demostrar (judicialmente).  El niño tiene que ir a los ancianos, por lo que me están diciendo, para decirles a los ancianos que han sufrido abusos, ¿es así?

Sr. T. O'Brien:  Sí.

Sra. Coote:  Entonces los ancianos acuden a solicitar asesoramiento legal, incluso antes de consultar la guía que suministra la Biblia.


Sr. T. O'Brien:  Cuando existen una acusación, el asunto se maneja de acuerdo a la legislación vigente.

Presidenta:  Creo que el Sr. O'Brien, quiere preguntar algo para aclarar alguna cosa.

Sr. D. O'Brien: Quisiera hacer una pregunta final en todo este proceso.  Ustedes mencionan a la familia muchísimo.  ¿Cuál es la situación en relación con lo que yo pudiera llamar un chivato o gente que desea denunciar cualquier deficiencia o prácticas sistémicas en su confesión religiosa, incluso gente que desea abandonar la confesión religiosa?  ¿Qué trato se les dispensa?  De nuevo, apreciaría que tuviese en cuenta la sensibilidad de esta pregunta, y me gustaría que la respondiese.  No es un ataque a su religión; se trata de saber qué les sucede a aquellas personas que denuncian (el protocolo) los abusos sexuales a menores.  Si pudiese responder primeramente el Sr. O'Brien, y después la Sra. Rachel van Witsen.  https://picasaweb.google.com/formerwitness/CENTRODEDOCUMENTACIONPERMANENTESOBRELAEXPULSIONENLOSTESTIGOSDEJEHOVA

Sr. T. O'Brien:  La gente es libre de ser testigo de Jehová, y si alguna vez desean dejar de serlo por alguna razón, es una decisión personal.  Si la persona simplemente decide hacerse inactivo y no asociarse más con los testigos de Jehová, entonces éstas personas son vistas como lo eran antes de ser testigos de Jehová.  Pero si expulsamos a alguien, u opta voluntariamente por desasociarse (desvincularse oficialmente) de nosotros por cualquier motivo  --puede ser por sus actividades, por estar en desacuerdo con la Biblia o cualquier otra razón--  esto les pone a ésas personas en una posición que la Biblia ordena que nosotros nos desvinculemos de ellos y nosotros vendríamos a clasificarlos en la categoría que llamamos "expulsados" o "desasociados".  Pero ellos son libres de creer en lo que les plazca.  Si desean desafiar las enseñanzas de los testigos de Jehová, hay muchos que lo hacen.  Solo tiene que navegar por Internet para verlo.  La gente es libre de expresarse contra cualquier religión u organización.

Sr. D. O'Brien:  ¿Incluiría a quienes critican algunas de estas prácticas, quizá el contenido del libro de texto Pastoreen en el tema que estamos tratando?  ¿Es esto algo que se anima a la gente que haga internamente, o es algo (la crítica) que pudiera llevar a la persona a que fuese expulsada?

Sr. T. O'Brien: La gente puede venir y preguntar sobre doctrinas o procedimientos.  Tienen suficiente libertad como para aproximarse a los ancianos para hablar de estas cosas.

Sr. D. O'Brien: Perdone que le interrumpa, pero estoy al tanto de que quiero ir al grano.  ¿Pueden ellos criticar públicamente tales prácticas y, en cierto sentido, existe una democratización de las normas y prácticas de su confesión religiosa?

Sr. T. O'Brien: La gente lo hace: están en su derecho. Esto no significa que nos vamos a convertir en alguna democracia porque a algunas personas no les guste.  Son libres de entrar y salir, como todos nosotros.

Sr. D. O'Brien:  ¿Puede esto servir de base para ser expulsados el que se les vea a ellos criticando cualquier directriz por alguna razón?  Se trata de una actividad de denunciar ciertas irregularidades, estoy particularmente interesado en dirigir mi atención a este asunto.

Sr. T. O'Brien:  Si está enseñando algo en contra de la Biblia, esto es un base para ser expulsado, aunque no tendría que ser expulsado necesariamente, depende de la persona.  Se desasociarían ellos mismos de la organización de los testigos de Jehová porque no comulgan con nuestras enseñanzas.

Sr. D. O'Brien: Hay una pregunta fundamental que debería haber formulado al principio, y apreciaría, Sr. O'Brien, que la respondiese.  En su honesta opinión, en relación con las prioridades a la hora de aplicar las directrices, ¿Para usted dónde estaría la supremacía a la hora de dejarse guiar: en la Biblia o en las leyes de país, asumiendo que ambas estuvieran en conflicto?

Sr. T. O'Brien: Si estuviesen en conflicto, nosotros seguiríamos lo que está relatado en los Hechos de los Apóstoles, capítulo 5: "Nosotros obedecemos a Dios como gobernante, más bien que a los hombres".  Pero en un país como Australia, no hay muchos principios en conflicto con las leyes.

Sr. D. O'Brien:  Tenga cuidado, porque existen muchos precedentes donde el Estado ha sido particularmente cruel con las religiones.  Necesito hacer una llamada la atención sobre la evidencia que usted ha presentado, no una respuesta tipo.  ¿En su contestación dice que ustedes son guiados esencialmente por lo que dice su Biblia y su confesión religiosa, pero se sienten cómodos de que en Australia, y en el estado australiano de Victoria, actualmente no se enfrenten con leyes en conflicto?

Sr. T. O'Brien: Sí.

Sr. D. O'Brien:  Respecto a los detalles y cualificaciones usted responderá al Sr. Wakeling.

Presidenta: Creo que la Sra. van Witsen, quiere hacer un comentario.

Sra. van Witsen:  Sí.  Las instrucciones que yo he recibido con respecto al abuso sexual de menores, no existe ningún conflicto en absoluto.  En esencia son estas: lo más importante y primero son los niños; debe haber protección para los niños.

Presidenta:  Gracias, no creo que haya más preguntas; pero Sr. O'Brien y Sra. van Witsen, ¿desean hacerle alguna declaración final a esta comisión?

Sr. T. O'Brien:  Muy brevemente, sí.  Apreciamos la oportunidad de venir y explicar lo que consideramos una presentación objetiva de nuestras creencias.  Mucho se ha escrito que calumnia a los testigos de Jehová, por quienes no conocen nuestro funcionamiento interno, pero queremos asegurar a esta comisión que los testigos de Jehová aborrecen absolutamente cualquier abuso de menores, incluido el sexual.  Lo vemos como un acto atroz, como hemos mencionado en nuestra exposición.  http://news.bbc.co.uk/2/hi/programmes/panorama/2119903.stm

Creemos que nuestras políticas y protocolos para la protección a al infancia, son inigualables a cualquier confesión religiosa.  La razón por la que decimos esto es que en nuestra política les pedimos las cuentas a los pederastas, y no se limita a los ministros religiosos, sino que abarcan a toda persona que se asocia con la congregación de los testigos de Jehová, ni siquiera nos limitamos a los miembros bautizados.  En el párrafo cinco de la Carta a los Ancianos, se dice que cuando un anciano recibe la notificación en la que se acusa a alguien asociado a los testigos de Jehová, ellos contactan con el Departamento de Asuntos Legales.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/05/debe-reconciliarse-la-victima-con-el.html

Los testigos de Jehová no toleran el abuso sexual a niños bajo ninguna circunstancia, no servimos de escudo interponiéndonos entre la policía y los pederastas, no protegemos a nadie culpable de abuso sexual a menores de las consecuencias de su acciones.  Cuando esto afecta especialmente a un ministro religioso, nosotros exigimos la más alta de las normas morales.  Por ejemplo, si un ministro abusa de un niño, sin excepción él es cesado inmediatamente de su cargo y se le retiran todas las responsabilidades o cargos que ejercía en la congregación.  Como mencioné anteriormente, si el Parlamento de Victoria legisla que los ministros religiosos están obligados a denunciar estos hechos ante las autoridades competentes, entonces los testigos de Jehová quieren asegurar a esta comisión  que, sin dudarlo, les apoyaremos.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/documental-de-la-bbc-suffer-little.html

Presidenta:  Gracias. Sra. van Witsen, ¿desea hacer alguna declaración?

Sra. van Witsen: No, nada más.

Presidenta: En nombre de esta comisión, les agradezco mucho a ambos su comparecencia ante nosotros esta tarde.  Apreciamos el tiempo que nos han dedicado, y la evidencia que han expuesto nos es de mucha utilidad.  Muchas gracias.

Sra. van Witsen:  Nosotros también apreciamos sus esfuerzos.

Sr. T. O'Brien:  Muchas gracias.

Presidenta: Se levanta la sesión.  http://www.parliament.vic.gov.au/images/stories/committees/fcdc/inquiries/57th/Child_Abuse_Inquiry/Transcripts/Watchtower_Bible_and_Tract_Society_Jehovahs_Witnesses_11-April-13.pdf

Fin de la traducción íntegra y apóstata hasta las trancas.

    A continuación, un servidor, dará su opinión sobre esta comparecencia.  La verdad es que tengo tanto que criticar, que no sé por dónde empezar.  Tal vez, lo primero será algo genérico.  Una comisión parlamentaria compuesta por seis personas con formación y experiencia..., ¡incapaces de entender el protocolo de los testigos de Jehová ante los casos de pederastia!  Los representantes de los testigos de Jehová han dicho una cosa y la contraria continuamente.  Todo ha sido confuso, a pesar de las muchísimas preguntas concretas de los parlamentarios solicitando claridad en las repuestas..., ¡ha sido imposible!  ¡Bochornosa esta comparecencia!  Han quedado como Cagancho en Almagro..., ¡estilo Watchtower!

     Una de las primeras cosas que despertó mi atención, es cuando dice el hermano Terrence O'Brien,  que en los archivos de la confesión religiosa consta, que solo han tenido dos casos de abusos sexuales en 40 años..., ¡esto es digno de Pinocho!  ¡No se lo cree ni quien lo dijo!  Como suelo decir: las estadísticas traicionan al Cuerpo Gobernante.  Según cálculos conservadores, se estima lo siguiente: "La existencia de un 0,05% de pederastas significa la presencia de un pederasta en cualquier colectivo, por pura estadística, cada 2.000 personas".  http://www.navarraconfidencial.com/2010/03/29/%C2%BFcuantos-pederastas-hay-entre-los-lectores-de-el-pais/  Con este dato estadístico como base, si teníamos 66.023 testigos de Jehová en Australia en el año 2012, deberían haber 33 pederastas activos en las congregaciones.  Además, hay que tener en cuenta que un pederasta   --a lo largo de su vida delictiva y delictuosa--  suele tener más de una víctima.

     Como los miembros de la comisión parlamentaria sí que tienen sus estudios académicos y no son pardillos integrales, le solicitaron a la hermana y abogada de la confesión religiosa, Rachel van Witsen, que la próxima vez traiga los deberes hechos: que mire exhaustivamente dichos archivos para informar de la cantidad real de casos que hay..., ¡por que lo de los dos casos en 40 años..., como que no cuela!

     Después el hermano O'Brien, sorprende de nuevo a los parlamentarios con el requisito bíblico de los dos testigos presenciales de un delito para poder acusar a alguien.  Si los reclusos que hay en las cárceles, hubiesen sido inculpados por el testimonio de dos testigos..., ¡a lo mejor las cárceles estarían vacías!  De todos modos, la acusación que precisa dos testigos presenciales, sólo es para tomar medidas disciplinarias internas, dentro del ámbito de la confesión, pero, por supuesto..., ¡no para denunciar los hechos en la policía!

     Entonces, los parlamentarios, le proponen el milagro de que se dé la condición de tener dos testigos presenciales de cuando el pederasta abusaba del niño.  ¿Entonces denunciaría la entidad religiosa?  ¡Tampoco!  ¡Que nones!  El hermano O'Brien, dice que es una decisión que tiene que tomar la víctima..., y que los ancianos en esto, ni pinchan ni cortan.  ¡Imagino a los seis miembros de la comisión con la boca abierta de asombro!

     A la pregunta de por cuánto tiempo mantiene archivados los casos la confesión religiosa, el hermano O'Brien, da una cifra imprecisa de más de 40 años.  Y añade la coletilla de que los testigos sólo han tenido dos casos en 40 años..., ¡porque es algo rarísimo e insólito en su grupo religioso!  Yo diría que es tan insólito, que no es posible.

     A la pregunta de las medidas que toma la confesión religiosa para prevenir estos delitos contra los niños, el hermano O'Brien, nos sorprende una vez más, indicando que la entidad religiosa publica artículos periódicos alertando del peligro de la pederastia..., ¡y que los ancianos en las reuniones públicas de congregación tienen cuatro ojos y un olfato especial para detectar a éstos criminales!  ¡Vivir para ver..., o para escuchar!  ¿En un lugar público pequeño, repleto de público, con los familiares presentes... abusará el pederasta del niño..., o buscará un lugar y momento más discreto?

     Otra de los momentos históricos de esta comparecencia, es cuando los parlamentarios preguntan por el contenido del libro Pastoreen, por qué no se puede consultar.  Y como los parlamentarios no tienen el libro con el protocolo por el que se guían los ancianos de congregación en los casos de pederastia..., ¡pues preguntan por el contenido!  ¡Es que éstos parlamentarios le hacen el juego a Satanás el Diablo, al atacar así al pueblo elegido de Dios!  ¡Quieren informarse de nuestros asuntos secretos!  ¡Son malos, muy malos, malísimos!  Pero cuando le pregunta sobre la posibilidad de que la comisión parlamentaria pueda tener un ejemplar, el hermano O'Brien, les promete que les conseguirá uno..., ¡y les menciona a los parlamentarios que si lo desean pueden bajárselo de Internet..., aunque es ilegal!  Los apóstatas irredentos, lo han colgado el dichoso libro a pesar de estar protegido con el copyright: un libro que no está en ninguna biblioteca para poder consultarlo, ni tampoco lo puedes comprar, ¿quién haría esto y por qué?

     Ante la pregunta de si denunciarían estos delitos a la policía, se enquista el hermano O'Brien, y una y otra vez dice que no.  Y exige una ley parlamentaria específica para que los ministros religiosos estén obligados a denunciar los abusos sexuales a menores.  En otra palabras: ni los han denunciado nunca estos casos, ni los van a denunciar, a menos que el Parlamento se moje y dicte una ley específica.  ¡Manda huevos!  Eso sí, les promete  --si el Parlamento lo legisla--   una modificación del libro Pastoreen, a la búlgara..., ¡sólo para el Estado de Victoria!  ¿Y en los demás estados y países...?  ¡Que les den!

   Una y otra vez, hasta el hartazgo, los parlamentarios les recuerdan el deber de denunciar estos delitos ante la autoridad competente..., y el hermano O'Brien, dice que los testigos de Jehová prefieren telefonear al Departamento de Asuntos Legales.  El parlamentario, le recuerda que dicho departamento de la confesión religiosa..., no es una autoridad competente.  ¡Pero él erre que erre!

     Después, con sacacorchos, consiguen que digan que el Departamento de Asuntos Legales, deriva el asunto al Departamento de Servicio, ¿para qué?:  "se asegurarían que los ancianos siguieran los procedimientos teocráticos bosquejados por nuestro Cuerpo Gobernante".  Esto me recuerda a aquella fábula de Tomás de Iriarte:
La ardilla y el caballo

Mirando estaba una ardillaa un generoso alazán,que, dócil a espuela y rienda,se adiestraba en galopar.Viéndole hacer movimientostan veloces y a compás,de aquesta suerte le dijocon muy poca cortedad:"Señor mío: de ese brío,ligereza y destrezano me espanto, que otro tantosuele hacer, y acaso más.Yo soy viva, soy activa;me meneo, me paseo;yo trabajo, subo y bajo,no me estoy quieta jamás."El paso detiene entoncesel buen potro, y muy formal,en los términos siguientesrespuesta a la ardilla da:"Tantas idas y venidas,tantas vueltas y revueltas,quiero amiga, que me diga:¿Son de alguna utilidad?.Yo me afano, mas no en vano:sé mi oficio, y en serviciode mi dueño tengo empeñode lucir mi habilidad."Conque algunos escritoresardillas también serán,si en obras frívolas gastantodo el calor natural.
Moraleja: No hay que perder el tiempo y la energía en frivolidades, mas vale aprovecharlo encosas importantes.
     El parlamentario de turno, les recuerda que todo ese ir y venir, es peligroso por ser un proceso interno dentro del ámbito de la confesión religiosa, pero que no se materializa en informar a las autoridades competentes: ¿será una manera de lavar los trapos sucios en casa?

     Entonces, la hermana y abogada Rachel van Witsen, intenta "dignificar" el que los ancianos no denuncien los hechos ante la policía, y lo delegue exclusivamente en la víctima: "En la actualidad, a causa de que no existe una ley específica en el Estado de Victoria que obligue a los ministros religiosos para que pongan en conocimiento de las autoridades competentes los casos de abusos sexuales a menores; entonces la víctima, quien a menudo ha perdido su dignidad, se le deja el asiento del conductor (que dirija la situación)".   ¿Asiento del conductor...?  ¡Menudo cachondeo!  ¿Y qué hay de las víctimas potenciales, tanto dentro como fuera de la entidad religiosa..., también se les dejará el asiento del conductor cuando abusen de ellas?  Ciertamente, la dignidad era verde y se la comió un burro.

     Una y otra vez, nuestros hermanos teócratas, cuando se ven contra las cuerdas, se quitan la careta y se escudan en su posición como ministros religiosos y su deber de preservar el secreto de confesión que la ley les ampara.  ¿Pero qué secreto de confesión puede haber, cuando una persona se confiesa no a un ministro religioso..., sino a multitud de ellos..., quedando constancia escrita  (nombres, fechas,  lugares, personas y hechos)  en los impresos correspondientes que pasarán por distintas manos hasta que finalmente sean archivados..., donde las personas que acceden a esos archivos también podrán curiosear?  ¡Esto es es cachonderarse de la ley y de los parlamentarios!  Primero de todo aclarar mi opinión al respecto: tal como se acabó con el suelo sagrado donde en el pasado proporcionaban las iglesias cobijo a los delincuentes, no se puede admitir en nuestras sociedades democráticas, que los ministros religiosos protejan a los pederastas en el anonimato. En los siguientes enlaces encontraréis unas recientes sentencias judiciales en los EE.UU.,donde se cuestiona este derecho:
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/secreto-de-confesion-ni-de-cona.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-conti-les-amparaba-el.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/03/anciano-de-congregacion-puede-que-tenga.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/04/ancianos-de-congregacin-testifican-en.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/04/los-ancianos-del-caso-murrieta.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/03/el-juez-ordena-que-los-ancianos-de.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/04/dos-pastores-religiosos-detenidos-por.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/03/el-anciano-tiene-que-testificar-manda.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/peticion-para-que-declare-el-anciano.html

     También, vez tras vez, hablan de su "proverbial" cooperación con la policía.  La hermana Rachel van Witsen, se excusa de un caso documentado de unos ancianos que no quisieron colaborar con la policía..., ¡cosas de la Watchtower!  Si lo desea, le menciono otro caso que ilustra la política del Cuerpo Gobernante respecto a colaborar activa y voluntariamente con la policía: http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/07/informe-policial-colaboracion-de-los.html

     Creo que esta comparecencia se parece más a una película de los Hermanos Marx, y la resumen muy bien el parlamentario que dijo:
Sr. Wakeling:  Si me permite, Sr. O'Brien, estoy tratando de entender la posición de su confesión religiosa.  A mis preguntas, usted me ha contestado que no denunciaría estos hechos; luego que va a denunciar   --tal como ha indicado su abogada--  y ahora usted está diciendo que puede que sí o puede que no.
      También, se le ve el plumero, cuando el parlamentario les obliga a definirse entre las normativas internas de la confesión religiosa y las leyes del país en el tema de los abusos sexuales a menores:
Sra. Coote:  [...]  ¿Puede usted darme una respuesta clarísima sobre lo que harán los ancianos ante estos supuestos?  ¿Apoyarán los ancianos las directrices de la Biblia y el libro de texto Pastoreen, o se adherirán ellos o a las leyes que obligan a la denuncia de un delito?
O esta otra, en la misma línea:
Sr. D. O'Brien: Hay una pregunta fundamental que debería haber formulado al principio, y apreciaría, Sr. O'Brien, que la respondiese.  En su honesta opinión, en relación con las prioridades a la hora de aplicar las directrices, ¿Para usted dónde estaría la supremacía a la hora de dejarse guiar: en la Biblia o en las leyes de país, asumiendo que ambas estuvieran en conflicto?
La respuesta del hermano O'Brien:
Sr. T. O'Brien: Si estuviesen en conflicto, nosotros seguiríamos lo que está relatado en los Hechos de los Apóstoles, capítulo 5: "Nosotros obedecemos a Dios como gobernante, más bien que a los hombres"

    Con esto, damos por finalizada esta entrada, aunque tiene mucho que comentar y de lo que discrepar.  De todos modos, es una buenísima noticia la iniciativa por parte del gobierno australiano: primar de una manera efectiva la protección a la infancia por encima de los intereses de las confesiones religiosas.  Como es un tema que nos interesa, os seguiremos manteniendo al día.

   Ya sabéis nuestro lema: lo documentamos, todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y de las opacidades diversas?