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sábado, 8 de diciembre de 2007

Testigos de Jehová y cotizaciones a la Seguridad Social de la empresa


Trabajo y Asuntos Sociales

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, por el que se regula la Seguridad Social del Clero.

REAL DECRETO por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de la orden religiosa de los Testigos de Jehová en España

INCLUSIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS MINISTROS DE LA ORDEN RELIGIOSA DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ

La normativa beneficia a un colectivo de aproximadamente, 663 personas en toda España.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los ministros de la orden religiosa de los Testigos de Jehová en España, integrada en el seno de la confesión religiosa Testigos Cristianos de Jehová.

Según el Real Decreto, los ministros ordenados que se dediquen de forma permanente a funciones misionales, pastorales o de formación religiosa, así como también de forma complementaria a otras actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de los fines de la confesión religiosa, quedan incluidos en el ámbito de la acción protectora correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con las exclusiones de la protección por desempleo, incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Asimismo, las contingencias de enfermedad y accidente, cualquiera que sea su origen, se considerarán en todo caso como común y no laboral, respectivamente.

La cotización se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social. Queda excluido únicamente de la base mensual de cotización el incremento correspondiente a las pagas extraordinarias. En este sentido, no tendrán obligación de cotizar por las contingencias excluidas de su acción protectora, así como por las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional.

La orden religiosa de los Testigos de Jehová asumirá los derechos y obligaciones establecidos para los empresarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
663 beneficiados.

La decisión adoptada hoy por el Consejo de Ministros beneficia a alrededor de 663 personas que ejercen su actividad en toda España.

Esta norma sigue el precedente del Real Decreto de marzo de 1999 que estableció los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social para los ministros de culto de las iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, en el marco del Acuerdo entre el Estado y dicha Federación. Con la incorporación de los Testigos de Jehová se completa la integración de los religiosos de las confesiones con mayor arraigo en la sociedad española.
     Estimados compañeros que hemos trabajado por la cara para la Watch Tower:
     
     Tenemos muy buenas noticias que daros. El Consejo de Ministros, reunidos con el Presidente de España, en el Palacio de la Moncloa esta semana, anuncia el Real Decreto por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de la orden religiosa de los testigos de Jehová en España". ¡Enhorabuena Sr. Caldera! Ha costado meterlos en vereda pero al final han tenido que entrar... aunque sea a regañadientes.

     Era el único grupo religioso que no cotizaba por sus ministros... "la marca identificativa de los cristianos verdaderos". Están acostumbrados a no pagar por nada, todo se lo regalan: la ropa, las camisas, los viajes, los Bin Laden (billete de 500 euros, difíciles de observar para el simple mortal). Así, cuando ustedes les dijeron que había que cotizar, se armó un buen revuelo en Ajalvir. Decía el Botijero: "A estos cabrones no les vamos a pagar ni un euro, ¡qué se han creído!". ¡Bueno, Sr. Don Botijos, ¿qué... ha pagado o no?! No se puede ser tan altivo y tan prepotente sin ningún tipo de estudios académicos ni méritos de ninguna clase, un poco de humildad, por favor. ¡Esto lo vamos a parodiar en la próxima Verbena de la Paloma para que lo bailes con un chotis! Esperamos con anhelo escuchar las explicaciones de usted y las del Abogado Gafe sobre el éxito del Notorio Arraigo. ¡"El que rie último, rie mejor!".

     ¿Ha explicado la Sociedad a los publicadores ibéricos lo que cuesta esto de la inclusión en la Seguridad Social Española? ¿No? Bueno, tendremos que ser nosotros, no nos dejan opción: Unos dos millones de euros al año. 663 trabajadores por unos 250 euros mensuales, por 12 meses... unos 1 989 000 euros anuales. 

     ¿Qué, cómo se os queda el cuerpo? Y, eso sin entrar en la penalización de tener que pagar los atrasos de los últimos cuatro años en las cotizaciones. ¡Que lo tenéis que pagar Tio Don Botijos, y sino, no podéis ni vender ni un sólo módulo de los de Ajalvir y os embargan hasta el jamón de pata negra que tienes en el armario escondido tú y el Güevero! ¿Les habéis explicado eso a los hermanos ibéricos, o, se tendrán que enterar por los ultraapóstatas?

     ¡Qué triste que, sea el novio el último en enterarse de que le han puesto lo cuernos!