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jueves, 16 de junio de 2016

¿Por qué los testigos de Jehová tienen miedo a votar?




     Estimados camaradas que tenéis el canguelo en el cuerpo:

     El pasado día 5 de junio, el periódico El Español publicaba un reportaje titulado: Por qué los testigos de Jehová no pueden votar a ningún partido. Por lo que me incumbe, leí con atención la entrevista que le hicieron al portavoz de la confesión religiosa en España, Aníbal Iván Matos Citrón; persona que conozco personalmente de mi largos años viviendo y trabajando en la sede nacional de la entidad religiosa ubicada en el término municipal de Ajalvir.

     Lo primero que me "sorprendió" es que los comentarios de los lectores estaban desactivados: no se podía opinar sobre el reportaje. ¡Solo leer y tragar..., sin peros! Ante esta situación, decidí dirigirme a quien lo escribió, la periodista Noemí López Trujillo, para preguntarle sobre el asunto de la imposibilidad de dejar comentarios y me respondió que ese era un asunto decidido por el editor. "¡Bien! Es lo que hay. Como de costumbre", me dije.
http://www.elespanol.com/reportajes/20160603/129737278_0.html

     Una de las preguntas con la que disiento, es la siguiente: Si ahora viviésemos en el franquismo o en el nazismo, regímenes que persiguieron a los testigos, ¿tampoco se implicarían de alguna manera para promover un cambio? Sobre la cruel persecución sufrida por los testigos de Jehová en la Alemania nazi es algo incontestable. Ahora, sobre la persecución sufrida por los testigos de Jehová durante el franquismo --un servidor estaba metido en la confesión religiosa ya en los años sesenta del siglo pasado-- pudiéramos calificarla de "light", exceptuando los años de cárcel que tuvieron que sufrir los que objetaron al servicio militar y al servicio civil sustitutorio. Por cierto, salvo algún caso aislado que sufrió maltrato, como norma general los militares trataban bien a los testigos que estaban bajo la jurisdicción militar. Cierto es que algunos, cuando se les pillaba predicando públicamente o celebrando reuniones clandestinas, se les llevaba a la comisaria o cuartelillo para darles una reprimenda y advertirles que eso no se podía hacer en España. Se menciona el caso de un pareja que estuvo 15 días detenidos en la cárcel en el año 1960. Tengo una pregunta para el portavoz de la entidad religiosa: ¿cuántos testigos de Jehová fueron juzgados por el hecho de serlo y sentenciados a penas de cárcel..., exceptuando a los objetores de conciencia? Por cierto, en aquellos años, países tan democráticos y republicanos como Francia, hacían lo propio con los objetores de conciencia; los encarcelaban por rehusar servir en el ejército.
Una de las consecuencias de la legalización de la Asociación de los Testigos de Jehová en 1970 fue que todas nuestras publicaciones tuvieron que pasar por las manos del censor oficial del gobierno. Mientras que la mayoría recibieron aprobación para circulación, algunas, tales como Aprenda a leer y escribir y por algún tiempo “Asegúrense de todas las cosas,” estuvieron en la lista de proscritas. Durante un año se prohibió la distribución al público de más de la mitad de todos los números de La Atalaya y ¡Despertad! Sin embargo, la Sociedad alzó recurso o presentó apelación en varios casos y ya ha pasado más de un año sin que se haya proscrito un número. Sin duda el aflojamiento general de los controles en muchos campos de actividad también ha favorecido nuestra situación aquí.--Anuario de los testigos de Jehová para 1978,  página 253.
Sin duda el ambiente religioso ha cambiado en este país católico desde el Segundo Concilio del Vaticano de 1962 a 1965. Como escribió el 8 de diciembre de 1965 el arzobispo español de Madrid-Alcalá: “El Concilio Vaticano II ha terminado hoy, dejando a la Iglesia y al mundo cristiano un espíritu nuevo, un humanismo nuevo, una nueva esperanza y una nueva visión, histórica y trascendente a la vez, del mundo en que vivimos.” Ese “espíritu nuevo” y “nueva visión” han obligado a los líderes políticos y religiosos a aceptar cambios que muchos de ellos en realidad no han deseado, entre éstos la Ley de Libertad Religiosa de 1967. Esa ley cambió por completo la situación para la actividad de predicar de los testigos de Jehová e introdujo una actitud más tolerante por parte de la mayoría.--Anuario de los testigos de Jehová para 1978, página 138.
LA LIBERTAD POR LARGO TIEMPO ESPERADA 
En 1967 el gobierno español aprobó la Ley de Libertad Religiosa que garantizaba un mayor grado de libertad para las religiones acatólicas. Nos preguntábamos si los Testigos llegarían a beneficiarse de esta ley y si se les concedería el reconocimiento legal. Pareció claro que nuestra posición relacionada con la predicación de casa en casa y la neutralidad cristiana fue un obstáculo para las autoridades políticas y eclesiásticas, pues nuestra inscripción en el registro oficial de religiones acatólicas se retrasó hasta julio de 1970.--La Atalaya 15 de febrero de 1981, página 28.
     Para finalizar, la primera sede nacional de los testigos de Jehová se abrió en Barcelona en el año 1972. Franco, murió el 20 de noviembre de 1975.


     Con estas citas y precisiones pretendo clarificar en qué consistió la persecución bajo la dictadura franquista, para evitar malos entendidos. ¡Menos lobos, Caperucita!

     Una vez hecha esta aclaración, entro a saco con el objeto de esta entrada:
--Si un testigo de Jehová decide votar, ¿se le expulsa de la congregación?—No porque el voto es secreto. 
¿Y si se enteran?—Si él nos dice que ha votado, es una toma de posición con la que él se autoexcluye de la confesión. Él ha tomado una decisión contraria a las convicciones que por mucho tiempo defendió. Es como el socialista que, por ejemplo, dice: "No creo en el socialismo, me paso a Ciudadanos". Obviamente, él se autoexcluye de aquello en lo que mucho tiempo creyó y se coloca bajo otro emblema. Le retiran su carné de socialista, ¿no?  
http://www.elespanol.com/reportajes/20160603/129737278_0.html
     Autoexclusión, expulsión o desasociación son sinónimos si nos atenemos a la actitud de la confesión religiosa contra los disidentes. En el ambiente testiguil, Aníbal dirá que dicho sujeto se ha desasociado --años atrás sería expulsado--, pero de cara al exterior acuña este nuevo término. Lo que viene a decir el Sr. Matos, es lo siguiente: si yo, como español, ejerzo mi derecho al voto tal y como me garantiza la Constitución Española..., ¡la confesión religiosa dice que yo me autoexcluyo de ella! Cosa discutible, pero no es lo importante. Una matización para Aníbal Matos y la periodista: si un miembro del PSOE rompe con los estatutos y vota a otro partido como Ciudadanos, ¡no se autoexcluye, sino que es expulsado por el PSOE! La acción del votante impenitente es respondida por el partido político aplicándole una sanción como lo es la expulsión del partido. En la confesión religiosa de los testigos de Jehová es lo mismo, por mucho que se empeñe el portavoz teocrático en utilizar un término que en justicia no corresponde. No confundamos los términos querido portavoz. Los lectores somos pobres, ¡pero no tontos de remate!

     La pregunta que un servidor le formularía al portavoz, sería la siguiente: ¿Obliga la confesión religiosa a familiares y amigos del que ha sido excluido por votar... a que le hagan el mobbing, que renieguen de él, que no le dirijan la palabra nunca más? En otras palabras, ¿toma la entidad religiosa medidas disciplinarias coercitivas contra quien decide libremente ejercer su derecho al voto? ¿Es esto legal?

     ¿Qué repercusión tendrá la expulsión o autoexclusión de la comunidad religiosa, en tus relaciones familiares y todo tu entorno social? Hay que tener en cuenta que el testigo de Jehová no confraterniza socialmente con "mundanos", personas que no pertenecen a su comunidad religiosa. Primero que todo, os recomiendo que echéis un vistazo a la siguiente página: 
La familia demuestra su amor a la congregación  y al pecador respetando la decisión que han tomado los ancianos. Julián recuerda: "Nunca dejé querer a mi hijo, pero su conducta levantó un muro entre nosotros". Los miembros de la congregación también pueden mostrar su amor evitando todo contacto con la persona que ha sido expulsada.--La Atalaya 15 de abril de 2015, páginas 29-31. 
La lealtad resulta en bendiciones. Cierto Testigo joven recuerda la posición que él y sus hermanos adoptaron cuando su madre, cristiana que había estado inactiva por mucho tiempo, entró en un matrimonio adulterino. “Informamos el asunto a los ancianos —dice él—, y puesto que ella no vivía en casa, decidimos limitar nuestra asociación con ella hasta que los ancianos se encargaran del asunto. Aquella fue una de las cosas más difíciles que hemos tenido que hacer.” Su madre protestó, y dijo: “¿Les importa más la vida eterna que yo?”. Ellos contestaron: “Nuestra relación con Jehová es más importante que cualquier otra cosa”. Esto la sacudió y la movió a mostrar verdadero arrepentimiento, lo cual resultó en que fuera restablecida, y hoy día es una publicadora activa de las buenas nuevas.--La Atalaya 15 de julio de 1985, página 19 y párrafo 14 
Cuando el implicado es un familiar, podría ser una prueba especialmente difícil. No debemos permitir que los lazos familiares pongan en peligro nuestra lealtad a Jehová y a su organización.  [...] "Obedezca a Jehová y corte la relación con su familiar expulsado.  No busque excusas para pasar tiempo con él, o para seguir comunicándose con él por teléfono o por Internet".--La Atalaya 15 de enero de 2013, páginas 15 y 16, párrafos 16-20).
La Atalaya 15 de enero de 2013, páginas 15 y 16, párrafos 16-20.
Veamos solo un ejemplo del bien que se puede lograr cuando la familia apoya lealmente la orden divina de no relacionarse con familiares expulsados. Un joven llevaba diez años expulsado, y durante ese tiempo su padre, su madre y sus cuatro hermanos se negaron a “mezclarse en [su] compañía”. A veces él intentaba incluirse en las actividades de la familia, pero, de forma loable, todos se mantuvieron firmes en su postura. Tras su readmisión, dijo que siempre los había echado de menos, especialmente cuando estaba solo por las noches. Sin embargo, admitió que si su familia hubiera tenido contacto con él, aunque fuera solo un poco, esa pequeña dosis le hubiera bastado. Al no tener ni siquiera la más mínima comunicación con ninguno de ellos, el deseo ardiente de disfrutar de su compañía se convirtió en uno de los factores que lo impulsaron a reparar su relación con Jehová. Pensemos en este hecho si alguna vez nos sentimos tentados a violar el mandato divino de no tener contacto con familiares expulsados.--La Atalaya 15 de abril de 2012, página 12.
La Atalaya 15 de abril de 2012, página 12
              Cuando un ser querido deja a Jehová

12 Como bien sabemos, Jehová solo acepta a quienes se mantienen puros física, moral y espiritualmente (léase Tito 2:14). Ahora bien, este principio puede plantearnos pruebas de lealtad especialmente duras. Por poner un ejemplo, imaginemos que un matrimonio ejemplar ve cómo su único hijo abandona la verdad. El joven desprecia la relación espiritual que lo une a Jehová y a sus padres, opta por “disfrutar temporalmente del pecado” y acaba siendo expulsado (Heb. 11:25).

13 Sus padres quedan destrozados. Por supuesto, ellos conocen perfectamente las instrucciones bíblicas para estos casos: “Cesen de mezclarse en la compañía de cualquiera que, llamándose hermano, sea fornicador, o persona dominada por la avidez, o idólatra, o injuriador, o borracho, o que practique extorsión, y ni siquiera coman con tal hombre” (1 Cor. 5:11, 13). Comprenden que la palabra “cualquiera” también incluye a los familiares que no vivan en la misma casa que ellos. Pero experimentan emociones encontradas, pues quieren mucho a su hijo. Por eso, tal vez razonen: “Si limitamos al máximo la relación con él, ¿cómo vamos a ayudarlo a volver a Jehová? ¿No sería mejor ser un poco más flexibles?”.

14 Compartimos el dolor de tales padres. Ellos no se encuentran en esta situación por voluntad propia. Fue el propio hijo quien, cuando tuvo en sus manos la decisión de corregirse, prefirió seguir en el mal camino, aun sabiendo que eso afectaría gravemente la relación con ellos y con la congregación. Es natural que los padres sientan desconsuelo e impotencia.

15 Pero ellos también tienen en sus manos una decisión: ¿obedecerán las claras instrucciones de Jehová? Es cierto que, en contadas ocasiones, será preciso reunirse con el hijo para atender algún asunto familiar importante. Pero ¿utilizarán esta excepción como excusa para relacionarse sin que haya necesidad? Al decidir lo que van a hacer, no deben pasar por alto lo que piensa Jehová. Él estableció la expulsión con un propósito: mantener limpia su organización y, si es posible, lograr que el pecador recapacite. ¿Cómo pueden contribuir los padres a que se cumpla este propósito? 

16 Aarón, el hermano de Moisés, se enfrentó a una situación parecida con dos de sus hijos, Nadab y Abihú. Jehová los castigó con la muerte por haber cometido la grave ofensa de ofrecerle incienso de forma impropia. ¡Qué doloroso debió de ser para su padre saber que nunca más volvería a verlos, hablarles ni estar con ellos! Pero eso no fue todo. Aarón y sus demás hijos recibieron la orden divina de evitar las muestras de duelo acostumbradas: “No vayan a dejar sus cabezas desaseadas, y no deben rasgar sus prendas de vestir, para que no mueran ustedes y para que no se indigne [Dios] contra toda la asamblea” (Lev. 10:1-6). De este episodio extraemos una clara lección: nuestro amor a Jehová siempre debe estar por encima de nuestro amor a un familiar, y más aún si no se arrepiente de sus pecados.


17 En la actualidad, Dios no ejecuta de inmediato a quienes violan sus leyes. En su gran amor, les concede la oportunidad de demostrar arrepentimiento. Claro, si un hijo es expulsado, es porque no ha aprovechado esta oportunidad. Por tanto, ¿qué sucedería si sus padres siguieran relacionándose con él innecesariamente? ¿No consideraría Jehová que lo están poniendo a prueba?--La Atalaya 15 de julio de 2011, páginas 30-32.

     Si queréis, podemos seguir con más citas textuales donde se enmarcan las directrices de una confesión religiosa con el estatus del notorio arraigo en España..., ¡para más inri! Esto es torturar psicológicamente al miembro disidente; en este caso al que decide cumplir con su deber ciudadano y votar en unas elecciones. Esto es lapidar social y familiarmente a esa persona. De hecho, supone su muerte social. Una medida cruelísima, digna de un extremismo religioso, que no se concibe ni se puede permitir en una democracia occidental como la que tiene España. De modo que, esta es la razón por la que los testigos de Jehová tienen miedo a ejercer su derecho al voto por el que tantos hombres y mujeres han luchado, y muchos han perdido la vida: la coerción que ejerce la entidad religiosa sobre el disidente, en este caso votante.

     Para finalizar, si un servidor fuese periodista, no se me hubiera escapado preguntarle a nuestro hermano Anibal Matos, por el asunto de los abusos sexuales a menores dentro del ámbito de la confesión religiosa. Es un tema de super actualidad. ¡Imperdonable, según mi opinion! Pero, esto es harina de otro costal, se merece otra entrada y periódicamente se la damos desde este humilde blog.

     Acabamos con nuestro lema: lo documentamos todo, todo y todo. ¿Quién es el padre de la mentira y de los diversos chanchullos teocráticos?