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Mostrando entradas con la etiqueta La Atalaya del 15 de noviembre de 2013 y el abogado Richard R Hammar. Mostrar todas las entradas
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lunes, 26 de agosto de 2013

¿El don de la profecía, o estaba cantado?

   


     Estimados cofrades en nuestro vía crucis watchtoweriano:

     Los espabilados de turno, los pedigüeños sin fronteras, los trileros teócratas,  los profetas de lo previsible..., nos la quieren dar con queso por enésima vez presumiendo de poderes paranormales para ver el futuro, ¡a lo Rappel, Aramís Fuster o Carlos Jesús!

     Los que a toro pasado profetizan; los cantamañanas sin límites; los profetas de lo evidente; los replicantes de lo dicho; los que hacen trampas al solitario; los que nos dan gato por liebre, esas tenemos en el artículo de La Atalaya del 15 de noviembre de 2013, que diseccionamos en la entrada anterior. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/08/toca-cerrar-filas-nos-dice-el-cuerpo.html ¿Por qué digo esto?  Porque los problemas legales que está teniendo nuestra confesión religiosa con la justicia estadounidense con los casos de pederastia, hace prever que son un ligero aperitivo del temporal que se otea en el horizonte.  Lo que pasa, es que el Cuerpo Gobernante, nos quiere vender lo previsible como algo profético, cuando no deja de ser harto evidente.

     Desde estás páginas, vengo haciéndome eco de los problemas que está padeciendo la confesión religiosa de los testigos de Jehová con el tema de los casos de pederastia, en países como Australia, Reino Unido y los EE.UU., ¡por citar unos pocos!  Todos estos problemas, tienen su origen en la negativa de la entidad religiosa a denunciar estos casos ante las autoridades competentes, lo que posibilita que los criminales campen a sus anchas protegidos por el cómplice silencio: pudiendo ejercer su profesión de depredadores sexuales de menores, tanto dentro como fuera del ámbito de la confesión religiosa.

     Por ejemplo, en los EE.UU., la: iglesia católica, los Boy Scouts y la Universidad de Pennsylvania han tenido que pasar su vía crucis judicial por encubrir los casos de abusos sexuales a niños.  Ahora le está tocando el turno a los dirigentes de los testigos de Jehová, ¡ven las orejas al lobo y nos profetizan que Satanás les atacará pronto, cuando ya están sufriendo los ataques con las demandas judiciales que están en los juzgados!  No son tontos, y los casos denunciados ante la justicia estadounidense, son la punta del iceberg.
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/11/la-conspiracion-del-silencio-cuidadin.html

     Además de esto, este don de ver el futuro, no es único y exclusivo del iluminado Cuerpo Gobernante, también lo comparten más personas informadas en temas jurídicos.  Por ejemplo, Richard R. Hammar, abogado y editor del boletín informativo Church Law & Tax Report, ha escrito un artículo en la revista Enrichment Journal, un extenso y bien documentado artículo sobre los problemas legales a los que se enfrentan las confesiones religiosas en los EE.UU.  Con este análisis como base por parte de alguien experto en este terreno, podríamos calificar la profecía tardía del Cuerpo Gobernante, como de "profecía predecible", o, "profecía de lo sucedido", o "la jugada del trilero teocrático".  Según este experto, se prevé un aumento importa de demandas judiciales contra ciertas prácticas permitidas por las entidades religiosas.

     El artículo del Sr. Hammar, está en inglés, por este motivo os resumiremos lo más esencial pero, adjuntando el enlace para que podías leerlo íntegramente en versión original.  ¡Va por ustedes!

     El tema, es el siguiente:  LOS DIEZ RIESGOS JURÍDICOS A LOS QUE SE ENCARAN LAS CONFESIONES RELIGIOSAS Y SUS DIRIGENTES.  Seguidamente, nos hace un balance sobre el incremento en el volumen de demandas judiciales durante los últimos siete años.  Los diez riesgos jurídicos son:
1. Negligencia al seleccionar al personal (cargos religiosos).
2. Negligencia al permitir que las personas sigan en sus cargos una vez recibidas quejas sobre ellas.
3. Negligencia en la supervisión de los cargos y las actividades religiosas.
4. Peligros entre consejero y aconsejado.
5. Denunciar los abusos sexuales a menores.
6. Violaciones de leyes que regulan el mercado de valores.
7. Legislación laboral.
8. Influencia indebida en quienes dejan un testamento.
          9. La responsabilidad de la confesión religiosa por las decisiones o actuaciones de los dirigentes de esta.
        10. Indemnización por daños y perjuicios.

     No vamos a traducir el artículo, pero sí que vamos a resaltar algunos de los puntos que menciona el Sr. Hammar.  Nos centraremos en cómo afecta a la confesión religiosa que gobierna nuestras vidas, la de nuestros familiares y amigos.

     En el punto 1, se resalta el alto riesgo que tienen las entidades religiosas al seleccionar al personal que ejercerá algún cargo sobre el rebano o que pueda realizar actividades junto a menores de edad.  Es el riesgo más real.  Recomienda una serie de sugerencias prácticas para que la entidades religiosas puedan "asegurase" de la naturaleza y antecedentes penales de la persona recomendada para trabajar (realizar actividades) con niños.  Hammar, declara la razón que debe motivar estas medidas preventivas: "Esto significa que un gran número de denominaciones religiosas están exponiendo vidas inocentes (de niños) a que sufran un trauma que les durará toda la vida, y que la misma entidad religiosa se enfrente al veredicto de un jurado exigiéndoles cantidades astronómicas que no están cubiertas por las pólizas de seguros que tienen contratadas las confesiones religiosas".  Para muestra un botón: la Archidiócesis de Los Ángeles: http://es.wikipedia.org/wiki/Casos_de_abuso_sexual_cometidos_por_miembros_de_la_Iglesia_cat%C3%B3lica

     Punto 2, la responsabilidad que tienen las entidades religiosas cuando ignoran las alegaciones de que un pastor, u otro miembro de la comunidad religiosa que pueda realizar actividades con niños, ha abusado sexualmente de alguien.  Igualmente, se pueden enfrentar a astronómicas indemnizaciones millonarias no cubiertas por ninguna póliza de seguros.

     Punto 3, se recomiendan una serie de sugerencias para que los líderes de la entidad religiosa puedan supervisar a las personas encargadas de las actividades de la comunidad religiosa donde participen niños con adultos.  Una de las sugerencias que me parece muy conveniente, es la regla de que "dos adultos" siempre estén presentes en cualquier actividad religiosa en la que pueda participar un niño: nunca permitir que un adulto participe en una actividad con un niño a solas.

     Punto 4, ¡cuidadín con que el anciano de turno se dedique a aconsejar a la hermana mejor parecida del Salón del Reino a solas (sea en la trastienda del Salón del Reino o en la predicación)!  "El hombre es fuego, la mujer estopa, viene el Diablo y sopla".  Luego están los ancianos transportistas o fontaneros, con menos papeles académicos que un conejo de monte, que se creen psicoterapeutas titulados por el Cuerpo Gobernante y que puede ser demandados por negligencia a la hora de dar el consejo, o por no denunciar las alegaciones de pederastia, etc.

     El punto 5, es la madre del cordero y de todas las maldiciones bíblicas y todos los ataques del Diablo y de Gog de Magog juntos: la obligación de denunciar los casos de pederastia a las autoridades competentes..., ¡por ejemplo, la policía!  Cada día que pasa, en más Estados, de los EE.UU., los jueces no admiten que el asunto sea propio de la jurisdicción interna de la confesión religiosa, ni tampoco que se puedan excusar con la confidencialidad que debe mantener el religioso sobre las conversaciones con los feligreses. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/01/a-los-pederastas-se-les-acabo-la.html

     El punto 6, ¡cuidadín con las inversiones (en bolsa o en otro tipo de inversiones) que se hacen con el dinero donado por los feligreses!  Hay que respetar las leyes financieras escrupulosamente.  ¡Que luego hay mucho betelita descontento que se chiva al Ministerio de Hacienda!

     El 7, alerta a la entidad religiosa sobre los abusos en el despido de sus trabajadores, especialmente si tienen más de 70 años.  Por ejemplo, aquí en España, debido a una denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid de la Seguridad Social interpuesta por dos exbetelitas ejemplares, la sede nacional de los Testigos de Jehová tuvo que ponerse al día con las cotizaciones de sus casi 800 trabajadores..., ¡más una sanción económica por los últimos cuatro años no cotizados por estos currantes teocráticos! Últimamente, con tantos ERE, hay mucho betelita descontento y con la lengua muy larga...  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/02/historia-cronologica-de-una-mentira.html

     El punto 8, ¡al tanto con las herencias que recibe la confesión religiosa! ¡Las herencias las carga el Diablo!  Los herederos naturales, los hijos, suelen demandar a la entidades religiosas por haber llevado al huerto al familiar difunto.  Se les acusa a los pastores religiosos de que; con tretas, engaños y milongas de futuras vidas en eterna juventud, ejercen de trileros teocráticos para que las abuelitas  --en algunos casos con demencia senil sin diagnosticar--  dejen todos sus bienes terrenales a los que oran de boquilla por los bienes espirituales y eternos. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/un-juez-pone-como-un-trapo-un-abogado.html

     El 9, hasta hace pocos años, los directivos y caciques varios de las entidades religiosas o benéficas, vivían en la casi impunidad legislativa.  Afortunadamente, las cosas han cambiado gracias a una serie de demandas judiciales.  Ahora, aunque seas un obispo u arzobispo..., ¡te pueden empapelar e ir a parar con tus huesos a la fría e inhóspita cárcel!  ¡Cuidadito si eres anciano y pardillo integral ibérico y allende los mares!
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/02/el-anciano-michael-clerk-testifica-caso.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/09/el-anciano-gary-abrahamson-declara-en_10.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/09/el-anciano-gary-abrahamson-declara-en.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2012/08/allen-shuster-del-departamento-de_20.html

     Y, como colofón y postre, el 10.  El término inglés "punitive damages", se puede traducir por daños y perjuicios.  Sin embargo, tiene un matiz especial, se refiere a unos daños y perjuicios ocasionados por una grave negligencia.  Digamos que se sumarían en una indemnización donde ya se contemplasen unos daños y perjuicios.  O sea, una sentencia con unos daños y perjuicios al cuadrado.  La intención del jurado cuando dicta su resolución con punitive damages, es otorgar "una indemnización adicional por el daño sufrido, de manera que se castigue de una manera ejemplar al delincuente".  ¿Es posible poner algún ejemplo de esto para que el apoquinante neto lo puede entender en su justa dimensión?  ¡Pues sí!  El Sr. Hammar, lo aclara: "Para ilustrarlo, hubo un caso con punitive damages, basado en el hecho de que los cargos de la entidad religiosa   --repetidamente y teniendo conocimiento de los hechos--  colocó a un pastor en un cargo o posición donde él podía abusar sexualmente de los niños, fallando en la supervisión que debían haber ejercido sobre él y en denunciar su tendencia sexual.  Evidentemente, los directivos de le entidad religiosa no tenían la intención de que el pastor abusara de nadie.  Pero, bajo esas circunstancias, el jurado determinó que las medidas tomadas por parte de la dirección de la entidad religiosa eran lo suficientemente imprudentes como para justificar la indemnización por daños y perjuicios".  http://enrichmentjournal.ag.org/200401/200401_78_legalrisks.cfm

Algunos enlaces de interés teocrático:
http://www.jehovahs-witness.net/watchtower/child-abuse/259339/1/Article-Ten-Legal-Risks-Facing-Churches-and-Church-Leaders-by-Richard-Hammar

     En fin, como podéis leer, seguimos de cerca los movimientos proféticos de los tunantes de turno.  El Cuerpo Gobernante pillado in fraganti.  No queremos más profecías de saldo.  Ni profetas trileros.  ¡Queremos la verdad verdadera, sin trampa ni cartón wartchoweriano!  ¡Os seguiremos informando puntualmente!

    Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira, la profecía falluta y la mano extendida...?