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Mostrando entradas con la etiqueta La Fiscalía General del Estado y las transfusiones de sangre a niños menores de edad testigos de Jehová. Aníbal Matos portavoz de los Testigos de Jehová en España. Mostrar todas las entradas
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sábado, 6 de octubre de 2012

La Fiscalía General del Estado: acción-reacción



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     Estimados camaradas ávidos del conocimiento verdadero sin trampa ni cartón:

     El pasado 26 de agosto de 2012, como resultado de una provisión amorosa y teocrática de nuestro hermano Nízam, os dimos la noticia sobre una macroencuesta estatal  --a nivel interno--  de nuestra confesión religiosa con el fin de "presionar" a la Administración española.  Él escribía:
Sangre: la sucursal presionará a la administración pública 
MUY URGENTE: Con carácter de urgencia la sucursal española recabará una encuesta entre todos los testigos de Jehová que en los últimos 10 años fueron denegados a ser intervenidos quirúrgicamente por su negativa a aceptar transfusiones de sangre. 
El propósito de esta encuesta es presionar a la Administración de la Seguridad Social y a las autoridades sanitarias sobre la base del rechazo a firmar un consentimiento informado que incluye tal posibilidad, aportando a la Administración Pública un mega-informe con un gran número de casos. 
Adjunto la carta a los cuerpos de ancianos y el cuestionario que tendrán que rellenar los testigos implicados en esa situación. 
Saludos http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/la-mejor-defensa-es-un-buen-ataque.html
     En dicha entrada, recomendamos a nuestros fieles lectores que escribiesen a diferentes organismos gubernamentales suministrando la documentación de la macroencuesta, para apercibir a los diferentes organismos del Estado Español de esta táctica.  También, desde el foro de David y Mary Fuentes, el compañero Replicante  --fiel a su tradición y como viene siendo habitual--  nos indicó que entregó la documentación en diferentes organismos y entre ellos estaba la Fiscalía General del Estado.  No podemos asegurar a ciencia cierta   --¡aunque podamos suponerlo!--  que debido a nuestras acciones la Fiscalía haya emitido esta circular, pero, ¡no deja de ser una sorprendente coincidencia.

     Curiosamente, la Fiscalía General de Estado ha emitido esta circular de 34 páginas a todas las fiscalías de la geografía española sobre el asunto de las transfusiones de sangre en menores testigos de Jehová.  Hemos colgado aquí las páginas 1 y de la 31-34; quien desee leer íntegramente la circular, puede dirigirse al enlace que hay debajo de la nota de la Fiscalía en la que resume el objetivo de dicha circular:
05/10/2012 
Nueva circular sobre conflictos hospitalarios en torno a transfusiones y otras intervenciones urgentes a menores 
La Fiscalía General del Estado ha remitido a todas las Fiscalías la Circular 1/2012 relativa a los criterios que deben emplear los Fiscales al abordar los conflictos que surgen en clínicas y hospitales ante las transfusiones de sangre y otras intervenciones médicas urgentes y graves que a juicio de los médicos se deban realizar a menores de edad, y que se encuentren con la oposición del propio menor o de sus representantes legales. 
Ante la escasa claridad del marco jurídico al respecto, la Fiscalía establece como principio de actuación el del interés superior del menor frente a otras consideraciones. La Circular tiene en cuenta el principio de autonomía del paciente a la hora de otorgar el consentimiento informado para ser sometido a determinadas intervenciones quirúrgicas, y en el caso de los enfermos menores de edad, anima a los Fiscales a determinar el grado de madurez del menor, así como sus condiciones intelectuales y emocionales para entender las diversas opciones terapéuticas. Los menores de 16 años que, a juicio del facultativo, no estén en condiciones de comprender el alcance de la intervención, carecen de capacidad para prestar el consentimiento informado. Además, y como regla general, por debajo de 12 años, se entenderá que el menor carece de la madurez mínima exigible. 
La Circular hace una referencia expresa a las especiales circunstancias que confluyen en los Testigos de Jehová, confesión religiosa reconocida por el ordenamiento jurídico español, y cuyos miembros se niegan a realizar transfusiones sanguíneas. Cuando el menor maduro rechace una transfusión, el médico deberá plantear el conflicto ante el Juez de Guardia, directamente o a través del Fiscal, para obtener un pronunciamiento judicial. La Circular recuerda que tanto el rechazo como la admisión de dicho tratamiento deberá constar por escrito y cita las diferentes sentencias que ha dictado el Tribunal Constitucional a este respecto.  http://www.fiscal.es/cs/Satellite?c=FG_Actualidad_FA&cid=1247140797196&language=es&pageid=1240559967365&pagename=PFiscal%2FFG_Actualidad_FA%2FFGE_pintarActualidad&site=PFiscal
     La agencia de noticias Europa Press, da la noticia y dice en parte:
MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) - La Fiscalía General del Estado ha remitido a todas las fiscalías una circular en la que deja claro que los testigos de Jehová no podrán oponerse a que sus hijos reciban transfusiones de sangre en situaciones de "gravedad", ya que en estos casos se "priorizará el interés superior del menor" por encima de la voluntad de sus representantes legales o incluso del propio menor. 
Así lo asegura en su escrito el órgano que dirige Eduardo Torres-Dulce, ante los "conflictos" que surgen en clínicas y hospitales cuando hay que realizar transfusiones de sangre y otras intervenciones médicas urgentes y graves a menores pertenecientes a esta confesión religiosa. [...] http://www.europapress.es/sociedad/noticia-testigos-jehova-no-podran-denegar-transfusiones-hijos-20121005185448.html
     La noticia, se ha divulgado en múltiples medios noticieros en España y por todo el mundo.  Nos sorprende gratamente que la Fiscalía General del Estado se haya anticipado a la jugada de la confesión religiosa   --con el tema de la macroencuesta--  y les ponga los puntos sobre las íes a los mandamases watchtowerianos en España y el extranjero.  Aquí, en la piel de toro, prevalece el interés en la vida del niño por encima de las doctrinas cambiantes que puedan profesar sus padres.

     Se contemplan diversos supuestos y su solución.  Por ejemplo, el número:
(1)  El menor maduro se niega a la transfusión pero los padres no están de acuerdo.  ¿Solución?: Si es urgente la intervención, el médico podrá actuar sin necesidad de autorización judicial. 
(2)  El menor maduro rechaza la transfusión y los padres están de acuerdo.  ¿Solución? El médico solicita autorización judicial y, si es urgente, cumple con su obligación como médico e interviene sin la autorización judicial.
(3)  El menor maduro está de acuerdo con la transfusión, pero los padres no lo están.  ¿Solución? Prevalece la voluntad del menor en contra de la de sus padres.
(4)  Los padres de un menor sin condiciones de madurez (niño pequeño) no autorizan la transfusión.  ¿Solución? El médico no puede aceptar la voluntad de los padres.  Acudirá a un Juzgado de Guardia si lo permiten las circunstancias.  Si hay urgencia en aplicar el tratamiento, el médico no precisa ninguna autorización y tirará por el camino del medio, enchufando la sangre que precise el menor.
CONCLUSIONES
(1)  El menor de 16 años, que a juicio del médico, no esté en condiciones de comprender el alcance de la intervención, no podrá otorgar el consentimiento informado, lo harán sus padres.
(2)  Como norma general, los menores de 12 años son considerados inmaduros para decidir.
(3)  La capacidad de decidir de los menores está limitada cuando la situación que se presenta es de grave riesgo.
(4)  Un menor maduro se niega a una transfusión pero los padre sí que desean la transfusión: se respeta la voluntad de los padres cuando exista riesgo para la vida del menor.
(5)  El menor maduro y sus padres rechazan la transfusión con grave riesgo para la salud o vida del menor: el médico acude al Juzgado de Guardia pero, si hay urgencia, tira por el camino del medio e interviene.
(6)  El menor maduro está de acuerdo con la transfusión, pero los padres se oponen: el médico respeta la voluntad del menor.
(7)  Los padres de un menor sin madurez, no consienten la transfusión.  El médico acude a un Juzgado de Guardia pero, si la intervención es urgente, hace la intervención sin autorización judicial.
(8)  En estos supuestos anteriores, el Fiscal considerará que un menor de 18 años todavía está en período de formación y prevalecerá su salud o vida.
     Sin duda, con esta iniciativa de la Fiscalía General del Estado, se solventan los supuestos que se puedan dar en la Sanidad y prevalece el derecho a la vida y a la salud del menor de edad, por encima de la voluntad del menor y de sus padres..., ¡como no podía ser de otra manera!  Si los de Cuerpo Gobernante quieren mártires, les aconsejo que acudan a un país mahometano y griten a voz en cuello  --en la vía pública--  que los mulsulmanes son unos apóstatas y que el Dios verdadero los destruirá..., ¡seguro que eso no falla!

     Pero, no se puede jugar con la vida de los niños  --y según mi opinión, tampoco con la de los adultos--  en aras de una verdad teológica con fecha de caducidad en la base del envase.  Podemos remitirnos a ejemplos de cómo las vacunas y los trasplantes de órganos, en un tiempo los prohibió la confesión religiosa, y en la actualidad no hay ningún inconveniente teológico, ¿quién nos garantiza que el rechazo a los transfusiones de sangre no cambiará con el tiempo?  Entonces, ¿de qué habrán servido tantas muertes..., en el nombre del Dios de la Watchtower?
   
     Mi enhorabuena al Sr. Torres-Dulce, por esta iniciativa salvavidas.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y la teología caduca?

NOTA DE ÚLTIMA HORA

MADRID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de los Testigos de Jehová en España, Aníbal Matos, ha afirmado que seguirán transmitiendo su disconformidad y haciendo una oposición "no beligerante" ante una transfusión de sangre a sus hijos mientras haya alternativas sin sangre, [...] http://www.europapress.es/sociedad/noticia-testigos-jehova-rechazaran-transfusiones-hijos-mientras-haya-alternativas-sangre-20121009110258.html