Archivo judicial 5 de abril de 2018 |
Estimados camaradas ibéricos y allende los mares:
La política de lavar los trapos sucios en casa no funciona en esta era de internet y menos en el caso de los abusos sexuales infantiles. Aunque, el Governing Body Bank sigue enquistado en ella. A los teócratas de pacotilla, con menos papeles académicos que un conejo de monte, con ese narcisismo patológico producto de poseer la verdad absoluta, les impide la más mínima autocrítica. Amparados en su estatus de confesión religiosa y las ingentes cantidades de dinero que manejan han llegado a creerse el Rey Sol: "El Estado soy yo". Sin embargo, gracias a los medios de comunicación, el Estado de Derecho y la valentía de las víctimas... los integristas están contra las cuerdas en países como Australia, Reino Unido, Holanda, Canadá y EE. UU. etc.
El pasado 24 de septiembre una sentencia de un tribunal de Montana ha condenado a la confesión religiosa de los testigos de Jehová a pagar a una mujer la indemnización de 35 millones de dólares estadounidenses por unos abusos sexuales infantiles. Tal vez, la mayor indemnización en la historia de los EE. UU. por un caso de abusos sexuales. Aunque, la entidad religiosa dice que recurrirá esta decisión judicial de primera instancia que ahora tendrá que decidir el Tribunal Supremo de Montana. El problema radica en que la organización religiosa los ocultó de la autoridad competente, violando las leyes del Estado de Montana, que exige que estos delitos se denuncien ante la autoridad secular.
El despacho de abogados Nix Patterson ha representado a las víctimas contra la organización religiosa.
Una vez dicho esto, nos centraremos en una sentencia judicial, un mandamiento de apremio --relacionado con este caso-- del pasado 5 de abril de 2018, donde un juez desestimó una petición de la entidad religiosa solicitando mantener confidenciales unos documentos reclamados por los abogados de las víctimas. La imagen de la captura corresponde a dicha sentencia. Es breve, de sólo 4 páginas. Si podéis, leerla íntegramente.
Esta negativa a presentar la documentación [o en caso de presentarla para el juicio, exigir que se mantenga confidencial para que no salga a la luz pública] relativa a abusos sexuales que le reclama un tribunal, ha sido una constante por parte de la confesión religiosa en los últimos años. Los mandamases teocráticos alegan que eso pertenece a la esfera del secreto de confesión y que, por tanto, no están obligados por ley a revelar esos datos. Como en otros casos que han afectado en los últimos años a la entidad religiosa por el mismo tipo de delito, este juez también ha desestimado esa petición. De modo que, los hijos de la luz no han tenido éxito en ocultar la documentación que demuestra sus tejemaneje en el nombre de Dios.
Haciendo un inciso, quien desee tener una lista de enlaces sobre el seguimiento de este caso judicial por los medios de comunicación, la hermana Barbara Anderson ha hecho una relación cronológica pormenorizada.
Analicemos la muletilla que utiliza el Cuerpo Gobernante a modo de obstáculo para no colaborar con la justicia cuando se le demanda la presentación de documentación relacionada con los abusos sexuales infantiles: el secreto de confesión. El secreto de confesión concede una relación privilegiada entre el ministro religioso y el penitente, por la que éste no revelará por ningún medio a una tercera persona lo que ha escuchado en confesión. Se podría comparar de alguna forma a la relación entre un abogado y su cliente. Las legislaciones de muchos países reconocen ese derecho. Si existe un país en el mundo celoso de los derechos y libertades, es EE. UU. Lo maman en su Constitución y lo llevan en la sangre. Entonces, ¿cuál es el problema que tienen los testigos de Jehová como confesión religiosa?
Empezaremos con la traducción del mandamiento de apremio del 5 de abril de 2018, donde el juez Hon. James A. Manley fundamenta su sentencia:
El mandamiento de apremio concede y deniega lo siguiente.
El mandamiento concede lo siguiente:
1. Los imputados deben presentar la siguiente documentación específica:
a. El impreso S-77 Notificación de expulsión (1/4/2004)
b. La carta, con las anotaciones a mano, de Glenn Wilson (22/3/2004)
c. La carta de respuesta enviada por los ancianos al Departamento de Servicio (12/4/2004)
d. La carta remitida a los ancianos indicando las directivas a seguir en los casos de abusos sexuales infantiles cometidos en el ámbito de la congregación (25/8/2005)
2. Los imputados deben aportar toda la documentación y comunicaciones generadas por cualquier medio o manera, incluyendo todo el contenido de los singulares "sobres azules" relacionados con acusaciones, investigaciones, comités judiciales, expulsión y readmisión de Max Reyes relacionado con los abusos sexuales infantiles.
3. Los imputados presentarán testigos para declarar de manera completa y veraz sobre las comunicaciones entre la congregación [comunidad local]de Thompson Falls y el Departamento de Servicio de la Watchtower o la sede nacional relacionada con las acusaciones, investigaciones, comités judiciales, expulsión y readmisión de Max Reyes relacionada con los abusos sexuales infantiles.
El mandamiento deniega la siguiente:
[...] En el caso State versus Mackinon (1998) el Tribunal Supremo de Montana aprobó una interpretación amplia, aunque no ilimitada, de dicho privilegio [el de confesión] apoyándose en la argumentación del caso Scott versus Hammock (1994), sosteniendo que las declaraciones realizadas por el imputado ante dos miembros de la confesión religiosa, y también en presencia de su exesposa y de la víctima, no están protegidas por la relación confidencial privilegiada entre ministro de culto y penitente según la Ley de Montana 26-1-804, donde los miembros de la confesión religiosa no hicieron ninguna petición de confidencialidad.
Fin de la traducción apóstata.
El secreto de confesión como tal no existe en los testigos de Jehová. ¿Qué secreto de confesión hay cuando el agresor sexual y la víctima tienen que declarar ante un comité judicial normalmente compuesto por 3 ancianos... o más? ¿Qué secreto de confesión existe cuando estos ancianos tienen que cumplimentar una serie de impresos indicando los pormenores del delito (o pecado), el nombre de la víctima y también el del culpable? Además, estos impresos han de enviarse a varios departamentos en la sede nacional: el de Servicio y el de Asuntos Legales, donde se estudiarán y se archivarán. ¿Cuántas personas más en dichos departamentos tendrán acceso a leer ese "secreto de confesión" conforme pasen los años? ¿Qué secreto de confesión es ese donde durante años se mantiene una serie de correspondencia entre la víctima, los ancianos de la congregación local y la sede nacional de la confesión religiosa? Y no menciono al superintendente de circuito que también es informado cuando hay un caso de abusos sexuales infantiles.
Por ejemplo, en el caso que nos ocupa, según indica la sentencia, el agresor sexual declara ante dos ancianos de congregación, su exesposa y la víctima. No es una relación ministro de culto y penitente. Es una reunión de un grupo de personas.
Por lo tanto, veo muy acertada esta sentencia y espero que el Tribunal Supremo de Montana empapele a los pedigüeños sin fronteras. En el nombre de la libertad de religión no se pueden permitir los abusos sexuales infantiles.
La confesión religiosa de los testigos de Jehová debe enfrentarse a sus demonios.Coger el toro por los cuernos y hacer autocrítica. Lo que se avecina en los próximos años puede suponer la bancarrota: miles de casos en EE. UU. y muchos otros países del mundo. Es la hora de la penitencia... que tanto y en tantas ocasiones nos recomiendan a los miembros. Va a tener su "Armagedón" particular antes de lo esperado... a manos del Estado de Derecho. Probablemente, dirán como justificación teológica que es un ataque de Satanás contra el pueblo de Dios. Sin embargo, en realidad, ha sido su propio orgullo lo que les ha conducido a este callejón sin salida. Ahora les toca recibir su ración de pelargón. Decía Manolo, el de Montilla: "El que no corre de joven, de viejo galopa".
¿Quién es el padre de a mentira y las variopintas patrañas teocráticas?