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La Atalaya 15 de octubre de 1986, página 31, suscripción anual 600 pesetas
http://www.un.org/es/documents/udhr/
Estimados camaradas ocultos en las catacumbas de la ira watchtoweriana:
Andan como locos por localizarnos y neutralizarnos: no comen, no duermen, no viven pensando quiénes seremos en verdad. Nos tienen ganas, les gustaría quemarnos en alguna hoguera a lo Juana de Arco..., ¡pero somos invisibles! ¡Qué lastima...! Ellos saben que estamos esparcidos por las congregaciones difundiendo sigilosamente el evangelio de la verdad verdadera entre los hermanos. A lo tonto, les dejamos caer preguntas que les hacen reflexionar sobre los verdaderos motivos de los vividores sin parangón..., ¡así somos la Honorable Hermanda Apóstata! Sí, nosotros no nos avergonzamos de serlo y proclamarlo porque somos hijos de la luz..., ¡informativa! Estamos en contra de la opacidad financiera de la confesión religiosa; queremos la verdad de la buena, ¡no queremos más mentiras ni profecías fallutas!
Hoy, viernes, nuestro compañero El Mochuelo (siervo ministerial), se ha lucido enviándonos este artículo teocrático y apropiado para un cristiano que se precie de serlo. ¿Estaremos haciendo el primo, esperando que la Sociedad Watch Tower digitalice y cuelgue en la red todas sus publicaciones para que el público pueda consultarlas? ¿El canal de comunicación de Dios con la humanidad..., no debería hacer esto? Si todo lo que publica es esencial para que el cristiano se alimente, ¿porqué no lo cuelga en la red? ¡Aquí hay gato encerrado!
¿De qué trata tan insigne artículo, digno de ser interpretado por nuestro entrañable Juan Cintrón? Sobre los derechos humanos. ¿Puede haber un motivo más noble?
Estos días los testigos de Jehová en Rusia están sufriendo una campaña de acoso y derribo por parte de las autoridades rusas, ¡ellos se quejan alto y claro! Me parece muy bien, ¡los testigos de Jehová tienen que tener los mismos derechos que la Iglesia Ortodoxa Rusa! Pero, ¡también las mismas obligaciones de cumplir con la legalidad! Libertad de religión sin coacción y sin meter el miedo en el cuerpo a los conversos..., ¡no a la omertá en la confesión religiosa!
El artículo 18 de la Declaración de los Derechos Humanos, dice lo siguiente:
"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".
¿Cómo ven oficialmente, según las directrices de la confesión religiosa, el que un testigo de Jehová decida cambiar de religión? ¿Se toma alguna represalia contra esa persona por parte de la confesión religiosa? ¿Se presiona a los miembros de los testigos de Jehová a que le hagan el vacío a ése que se atreve a cambiar de religión? ¡En el artículo de hoy, contestaremos esas preguntas y muchas otras! A nosotros nos gusta la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad..., ¡por eso lo documentamos todo, todo y todo! ¿Que prefieres tú, la demagogia watchtoweriana...? ¡Entonces te has equivocado de blog! En otros blogs encontrarás a agentes Watch dedicados a combatir a lo que ellos denominan apóstatas "profesionales"..., ¡la primera gran mentira! Aquí, en este mundillo opaco, los únicos que son "profesionales", o que viven del rollo son los miembros del Cuerpo Gobernante y todos sus comparsas. Nosotros, los apóstatas, tenemos nuestros empleos y vivimos de nuestra trabajo..., ¡nunca pedimos dinero! ¿Quién quiere y os pide vuestro dinero, con la excusa de donaciones para la esotérica obra mundial?
La pregunta de los lectores --no menciona ni las iniciales del supuesto lector ni su lugar de residencia--,y que según algunas fuentes las elabora la Redacción de ¡Despertad! con el visto bueno del Cuerpo Gobernante , es la siguiente: "¿Cómo respondería apropiadamente la congregación si alguien abandonara la verdadera fe cristiana y se uniera a otra religión?".
Hablemos en plata, ¿debe la confesión religiosa de los testigos de Jehová, tomar alguna medida contra quien desea abandonar libremente esta religión? ¿En qué consisten exactamente estas medidas que tomaría la confesión religiosa contra ésa persona? Estas medidas disciplinarias, ¿estarían vulnerando los derechos humanos de la persona? Con esta pregunta y con las directrices subsiguientes, ¿se está animando a las personas de la confesión religiosa a que le hagan el vacío --o acoso moral-- a los que desean abandonarlos? ¿Es esto legal? Todo lo analizaremos..., ¡tranquilos!
"Cuando ocurre, la congregación responde como es debido para proteger la limpieza espiritual de los cristianos leales que están en ella". ¿Lo de 'proteger', incluiría el presionar a las amistades para que le retirasen la palabra y el saludo al que desea abandonar libremente esta religión? También, ¿se exigiría a los propios familiares de ésa persona el que restringiera al mínimo imprescindible el trato con ése desleal? Y, si alguien de la confesión religiosa, decidiera por sí mismo saludar cordialmente al que ha decidido abandonar la religión --en contra de las directrices de la confesión religiosa--, ¿tomaría alguna represalia la congregación contra éste también? En otras palabras, ¿se está obligando a que la congregación y la familia le hagan el vacío al sujeto que en el ejercicio de su libertad, decide abandonar esta religión?
"¿Pero, qué hay si los pastores designados para examinar el caso determinan que la persona ya no quiere tener que ver con el pueblo de Jehová y que ha decidido permanecer en la religión falsa? Ellos simplemente anunciarían a la congregación que tal persona se ha desasociado y que, por lo tanto, ya no es testigo de Jehová?".
En román paladino, ¡es totalmente indiferente el que los testigos de Jehová te consideren un desasociado o te expulsen! ¿Porqué? Porque el castigo será el mismo. Cuando los testigos de Jehová, sentados en su Salón del Reino, escuchan desde el micrófono que hay en la plataforma (o púlpito) la contraseña de que: "Fulano de Tal ha dejado de ser testigo de Jehová"..., ¡todo el mundo sobreentiende que a ésa persona no se le puede hablar, ni siquiera se le puede dirigir un triste y lacónico "¡hola!"!. Se debe cortar todo tipo de relación con esa persona..., ¡como si estuviese muerto! Sus publicaciones oficiales, año tras año, no paran de recordar esto y que, el castigo para los que no obedezcan las consignas..., ¡será el mismo que para el que ha abandonado esta confesión religiosa!
A lo Juan Cintrón, pretenden hacer una diferenciación sobre un desasociado y un expulsado, entre uno que se marcha sin hacer ruido y uno que disiente abiertamente de la confesión religiosa..., ¡cuando el trato que se le debe dar a ambas personas es el idéntico..., ningún trato! Tanta ida y venidas, tantas vueltas y revueltas..., ¡para llegar al mismo destino! Pero, así es el Cuerpo Gobernante: el maestro de todo lo ambigüo.
La clave viene en el mismísimo final del artículo, dejándolo caer como quien no quiere la cosa: "Todo hermano y hermana de la congregación seguirá la instrucción de Pablo de que se EVITE al que trate de 'causar divisiones'. De igual manera, Juan aconsejó: Si alguno viene a ustedes y no trae esta enseñanza, NUNCA LO RECIBAN EN CASA NI LE DIGAN UN SALUDO".
Sí, tanto al que se desasocia voluntariamente de los testigos Jehová, como al que se le expulsa..., todos, absolutamente todos, recibirán las mismas e idénticas represalias; ¡se le hará el vacío! Se les lapidará social y familiarmente. Esto es como la Cosa Nostra, una vez que entras tienes que salir muerto..., ¡perderás todas tus amistades y la relación familiar se mantendrá al mínimo imprescindible!