John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.

domingo, 7 de octubre de 2012

Casos de pederastia en los testigos de Jehová: el protocolo




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     Estimados camaradas víctimas de las directivas del Cuerpo Gobernante:

     El Cuerpo Gobernante acaba de parir una nueva carta dirigida a todas las congregaciones en los EE.UU.  Es una misiva monográfica de 6 páginas sobre el tema de los abusos sexuales a menores.  Como de costumbre, ya está colgada y comentada en multitud de espacios virtuales por la Red.  Un servidor, le agradece a Vitor (Portugal), el que me enviase la carta para poder comentarla.  El tema no puede revestir mayor gravedad: la seguridad de los niños dentro del ámbito de la nuestra confesión religiosa..., y fuera.  Este objetivo, sólo se puede conseguir si los pederastas son denunciados ante la policía..., ¡todo lo demás son declaraciones de buenas intenciones y charlatanería pseudoteológica de estar por casa!

     Como nuestro traductor oficial, el Topo Ajalvireño, ha cogido unos días de vacaciones y ha dejado su asignación, muy amablemente, el compañero Hidelbrando la ha traducido para los lectores de lengua española.  ¡Le estamos muy agradecidos!  ¡Va por ustedes!

1/10/2012
A todos los cuerpos de ancianos
Ref.: Abuso de Menores 
Tabla de ContenidosAsuntos legales respecto a acusaciones de abuso de menores Párr. 3-7Asuntos congregacionales respecto a acusaciones de abuso sexual de menores Párr. 8-20Ayuda a las víctimas de abuso sexual de menores Párr. 21Restricciones y privilegios Párr. 22-24

Queridos hermanos:
1. Esta carta actualiza las cartas a todos los cuerpos de ancianos respecto a abuso de menores fechadas 23/3/92, 3/2/93, 1/8/95, 14/3/97, 20/7/98, 24/05/02, 1/04/04, 5/06/06 y 24/05/10. Estas cartas deben ser removidas del archivo permanente de procedimientos de la congregación. Nadie debería mantener originales o copias de cualquiera de estas cartas.
     Sobre este punto, me gustaría opinar.  No creo que sea conveniente para el anciano de turno, el destruir todas las cartas con la directrices que ha mandado periódicamente la sede nacional de la confesión religiosa. ¿Por qué?  ¡Por si una de las víctimas de pederastia, le diera por denunciar a los ancianos por no haber denunciado al pederasta  --en su día--  a la policia!  Si tú, anciano cándido, destruyes esas directivas, ¿cómo podrás demostrar que estabas siguiendo órdenes de los superiores?  Pienso que, cuando destruyes las cartas, estás cubriéndole las espaldas a la Sociedad y estás quedándote tú con el culo al aire.  ¡Acuérdate de  tus compañeros ancianos Gary Abrahamson y Michael Clarke..., condenados a pagar una indemnización millonaria a una víctima..., Candace Conti!  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/09/el-anciano-gary-abrahamson-declara-en_10.html  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/06/caso-candace-conti-y-el-jurado-emitio.html
2. Adicionalmente, mucha dirección excelente ha sido incluida en el libro de texto Pastoreen. Por lo tanto, los ancianos deben primero consultar el libro de texto Pastoreen y revisar los principios bíblicos envueltos. Posteriormente deberían estudiar los puntos adicionales delineados en esta carta. Cuando repasen esta carta, por favor noten que los párrafos 3-7 proveen información respecto a asuntos legales sobre acusaciones de abuso de menores. Los párrafos 8-20 hablan de asuntos congregacionales. Esta carta debería ser cuidadosamente consultada toda vez que surja un asunto que envuelva abuso de menores.
      El libro secreto de los ancianos "Pastoreen el rebaño de Dios" --1 Pedro 5:2; (Para consultar al contenido del libro, buscar en Google por siguientes siglas: Ks-10-S), ya no es tan secreto.
ASUNTOS LEGALES RESPECTO A ACUSACIONES DE ABUSO DE MENORES
3. ¿Qué es el abuso de menores desde un punto de vista legal? El abuso de menores incluye el abuso físico o sexual de un menor (una persona de menos de 18 años de edad). Podría incluir también descuido extremo de un menor por su pariente o tutor. Abuso sexual de menores incluye relaciones sexual; sexo oral o anal con un menor; manosear genitales, pechos, o las nalgas de un menor; voyerismo de un menor [Persona que disfruta contemplando actitudes íntimas o eróticas de otras personas.]; exposición indecente a un menor; solicitar a un menor conducta sexual; o cualquier clase de envolvimiento con pornografía infantil. Dependiendo de las circunstancias del caso puede incluir sexting con un menor. Sexting implica el envío de fotos de desnudos, fotos de semidesnudos, o mensajes electrónicos de texto sexualmente explícitos, como los de un teléfono. 
4. La mayoría de los Estados tienen leyes respecto a informar el abuso de menores, que, dependiendo de los hechos, mandan a los ancianos a informar una acusación a las autoridades. Así cuando los ancianos saben de una acusación de abuso de menores, dos ancianos de su congregación deberían inmediatamente llamar al Departamento de Asuntos Legales para consejo. si los individuos envueltos están en diferentes congregaciones, cada cuerpo de ancianos debería arreglar que dos de sus ancianos llamen al Departamento de Asuntos Legales. Debería llamarse incluso cuando las dos personas envueltas en mala conducta sean menores. Los ancianos no deberían pedir a la supuesta víctima, a la persona acusada, a parientes de la víctima o del acusado que telefoneen al Departamento de Asuntos Legales. Los ancianos deberían llamar a Asuntos Legales incluso en las siguientes situaciones: 
-El supuesto abuso ocurrió hace muchos años atrás 
-El supuesto abuso está basado en el testimonio de un solo testigo 
-Se cree que el supuesto abuso es un recuerdo reprimido 
-El supuesto abuso envuelve a perpetradores o víctimas que están muertas 
-Se cree que el supuesto abuso ya ha sido informado por alguien a las autoridades 
-El supuesto perpetrador o víctima ya no es miembro de la congregación 
-El supuesto abuso ocurrió antes que el perpetrador o víctima fuera bautizado 
-La supuesta víctima es ahora adulto 
-El supuesto abuso ocurrió en el pasado, y no tienen la certeza de si los ancianos involucrados en ese tiempo llamaron a Asuntos Legales por dirección. 
Es curiosísimo; al principio del párrafo 4, se reconoce que en muchos países existe una legislación que obliga a los ancianos denunciar los casos de estos abusos sexuales a las autoridades..., o sea, ¡la policía!  Bien.  Pero, inmediatamente, les pide a los ancianos que, en lugar de denunciar los hechos ipso facto a la policía..., ¡lo que deben hacer es telefonear al Departamento de Asuntos Legales de la sede nacional de la confesión religiosa!  Bajo mi punto de vista, los ancianos no serían culpables de nada y quedarían como ciudadanos intachables si inmediatamente denunciasen los hechos a la policía.  Los ancianos no necesitan ningún asesoramiento legal de nadie..., ¡ellos no han cometido el delito!  El crimen lo ha cometido el pederasta y es él quien debería buscarse un abogado.  Creo que con esta estrategia, la confesión religiosa pretende proteger su imagen pública y blindarse de posibles demandas por parte de las víctimas.  ¡Esta directiva no tiene ningún sentido...!
5. Asuntos legales les proveerá consejos legales basados en los hechos y las aplicaciones legales. Si el individuo acusado de abuso de menores está asociado con la congregación, por favor provean a Asuntos Legales su fecha de nacimiento, y si aplica, su fecha de bautismo. Después que se informe a Asuntos Legales, dependiendo de la necesidad, los ancianos pueden dirigirse a contactar al Departamento de Servicio para asistencia por las cuestiones teocráticas o judiciales del caso, o en cuanto a cómo proteger a los niños.
Yo no lo entiendo.  Debo ser cortito.  Por ejemplo, yo me entero que alguien ha abusado sexualmente de un niño, ¿qué es lo que tengo que hacer?  ¡Acudir a la policia para que investigue los hechos y, si procede, la justicia ordinaria empapelará al pederasta!  ¿Qué demonios pinta el dichoso Departamento de Asuntos Legales en los casos de pederastia?  ¡Aquí no hay más cera que la que arde...!  ¡O se denuncia el caso a la policía, o se lavan los trapos sucios en casa!  O, ¿acaso el Departamento de Asuntos Legales les dirá a los ancianos que no denuncien los hechos a la policía...?  Perdón, ¡es que no comprendo este protocolo...!
 6. Dos ancianos deberían también llamar a Asuntos Legales respecto a cualquier interno en una prisión que haya sido acusado de abuso de menores en el pasado y que esté ahora asociándose con una congregación, como por asistir a reuniones de congregación mantenidas en una prisión. Esto aplica ya sea esté bautizado o no. En algunos casos, los ancianos puede que no estén autorizados a inquirir sobre la ofensa que un interno haya cometido. Pero si los ancianos saben que la supuesta ofensa tiene que ver con abuso de un menor, deberán llamar a Asuntos Legales inmediatamente.
Volvemos al secretismo patológico.  ¿De qué sirve que los ancianos y el Departamento de Asuntos Legales sepan que un exconvicto por delitos sexuales está asociándose con la congregación..., si finalmente no se avisa a los padres de familia y a los publicadores en general..., que un pederasta está con ellos en el Salón del Reino?  Hay que poner sobre aviso a los ovejas: "Señores: Fulano de Tal es un exconvicto por haber abusado sexualmente de niños.  ¡Proteged a vuestras familias!".   ¡Todo lo demás, son tonterías!
7. Si los ancianos llegan a saber de menores asociados con la congregación envueltos en sexting con otros menores, o adultos envueltos en sexting con menores, Asuntos Legales debe ser llamado inmediatamente. Asuntos Legales no necesita ser llamado cuando los ancianos reciben informes de adultos (esto es, casos en los cuales todos los involucrados sean mayores de 18 años) envueltos en sexting.
El sexting es un delito.  En estas directivas que nos da el Cuerpo Gobernante, ¿cuándo toca denunciar los hechos a la policía...?  ¡Aquí hay un mucho telefonear al Departamento de Asuntos Legales y un poco de acudir a quien de verdad puede ayudar a las víctimas: la policía o guardia civil!
ASUNTOS CONGREGACIONALES RESPECTO A ACUSACIONES DE ABUSO SEXUAL DE MENORES 
8. ¿Cuál es el punto de vista de la congregación respecto a la pederastia? Webster’s Ninth New Collegiate Dictionary define "pedofilia" como "perversión sexual en que los niños son el preferido objeto sexual". (Vea "Preguntas de los lectores" de La Atalaya del 1/2/97 pág. 29). Deuteronomio 23:17, 18 condena tal práctica como "detestable". (Vea notas al pie de los vers. 17 y 18 en la Biblia con Referencias y vea la nota al pie de la página 10 de ¡Despertad! de 8/10/93) En armonía con estas referencias, estamos aquí discutiendo la perversión sexual en la que los niños son objeto de deseo sexual, incluyendo manoseos, por adultos. No hablamos de situaciones donde un menor voluntariamente participa y se aproxima a un adulto para tener relaciones sexuales, siendo el adulto unos pocos años mayor que el menor; ni generalmente hablando, nos referimos a situaciones donde solo menores estén envueltos. Más bien, aludimos a situaciones en las que se establece que un hermano o hermana adulto ha sido culpable de abuso sexual de un niño, o ha estado sexualmente envuelto con un menor que está próximo a la adultez y que no tuvo voluntad de participar. 
9. Como pastores espirituales, los ancianos deben seguir haciendo todos los esfuerzos por proteger a toda la congregación, especialmente los niños, de las insalubres prácticas del mundo. (Isaías 32:1,2) Una de estas es el abuso de menores. Aborrecemos el abuso sexual de los niños y no protegeremos a cualquier perpetrador de tales repugnantes actos de las consecuencias de su pecado craso. (Romanos 12:9) Los ancianos deben tomar seriamente su responsabilidad en este asunto para que las congregaciones sean salvaguardadas de cualquier acusación válida de negligencia al proteger a los niños de abuso sexual.
¡Vamos a ver!  ¡Que alguien me lo explique!: ¿de qué maneras efectivas y concretas se protegerá a los niños ?, ¿qué medidas específicas se deben tomar para que el pederasta no encuentre un paraíso de protección  --en el anonimato--  dentro de la congregación?  Aquí, la cuestión es siempre la misma: ¿cuándo toca denunciar a los pederastas ante la policía o guardia civil...?  ¡El Cuerpo Gobernante no dice ni mu en este sentido!  Así que aborrecen los abusos sexuales a los niños, ¿y ese "aborrecer" sirve  para llevar ante la justicia a los pederastas y resarcir a las víctimas...?  ¡Es que el aborrecer a palo seco..., no sirve de mucho!  A un servidor, esto le suena como una declaración pública de buenas intenciones para lavar la imagen de la confesión religiosa, pero, en definitiva no se toman las medidas concretas que deberían tomarse: denunciar los hechos a la policía ipso facto.
10. Independiente de si las leyes requieren que los ancianos informen a las autoridades, se deben seguir pasos necesarios para proteger a los niños. Los ancianos deben ayudar a los padres de los niños envueltos a entender que ellos tienen la principal responsabilidad de proteger a sus hijos. Obviamente, tales padres estarán bondadosamente interesados en tomar precauciones en este aspecto. Nuestras publicaciones contienen información útil sobre cómo los padres pueden proteger a sus hijos.—w10 11/1 p. 13; w08 10/1 p. 21;g 10/07 pp. 3-11; lr pp. 170-171; g03 2/8 p. 9; g99 4/8 pp. 9, 11; g97 4/8 p. 14; w96 12/1 pp. 13-14; fy pp. 61-62; g93 10/8 pp. 5-13.
¿Los padres pederastas también deber ser los que protejan a sus hijos y víctimas a la vez...?  ¡Eso es una obviedad y mamarrachada!  En muchísimos casos, los abusos sexuales los comenten quienes supuestamente deberían proteger a los niños.  ¿Cómo demonios se puede proteger a los niños, si los ancianos no denuncian al padre que abusa de su hijo...?  ¿Me lo puede explicar el Cuerpo Gobernante..., o el portavoz oficial de la confesión religiosa en España?  Toda esa retahíla de referencias bibliográficas son inútiles..., ¡no sirven para nada!  ¿Por qué?  Porque en ninguna se dice que hay que denunciar al pederasta ante las autoridades gubernativas.  ¡Así de sencillo!  El papel donde están escritas todas esas directivas, tendría una utilidad si se reciclase y convirtiese en papel higiénico.
11. Adicionalmente, los ancianos deben investigar todas las acusaciones de abuso sexual de menores. Cuando los ancianos saben de una acusación, además de esta carta, deben cuidadosamente repasar la dirección delineada en el libro de texto Pastoreando, cap. 12, párr. 18-21. Sin embargo, al evaluar la evidencia para propósitos internos de la congregación, deben tener en mente la clara dirección de la Biblia: "Ningún testigo solo debe levantarse contra un hombre respecto a cualquier error o cualquier pecado... Por boca de dos testigos o por boca de tres testigos debe quedar establecido el asunto. " (Deut. 19:15) Este requisito de considerar el testimonio de 2 ó 3 testigos fue confirmado por Jesús. (Mat. 18:6) Así, aunque investiguen toda acusación, los ancianos no están autorizados por las Escrituras para tomar acciones congregacionales, a menos que haya una confesión o dos testigos creíbles. Sin embargo, aunque los ancianos no estén autorizados a tomar acciones congregacionales cuando haya un solo testigo, los ancianos deben permanecer vigilantes respecto a la conducta y actividad del acusado. (1 Tim. 5:19, 24, 25) Si la persona no está arrepentida por su pecado craso, la expulsión debe ser garantizada. Si la decisión es censura, la censura debe ser anunciada. (ks10 cap. 7 párr. 20) Esto servirá como protección para la congregación. Información respecto a un individuo acusado de pederastia, probada o de otra forma, debe ser ubicada en el archivo confidencial de la congregación y marcada "No destruir", guardándola indefinidamente. Esto incluye la Notificación de Expulsión o Desasociación (S-77) de individuos que han sido expulsados por pederastia y posteriormente han sido restablecidos. En vista de la delicada naturaleza del manejo de un caso judicial donde un adulto sexualmente abusa de un menor, por favor contacten con su Superintendente de Circuito.. El designará un anciano experimentado del circuito que servirá como presidente del comité judicial.
¡Así que podemos dormir tranquilos!: los ancianos investigarán todas las acusaciones de abusos sexuales a menores.  ¡Vaya, vaya!  Normalmente, éstos ancianos: uno es panadero, el otro mecánico, el de más allá fontanero y el último; uno sin oficio ni beneficio que está desempleado.  ¿Se supone que éstas personas están cualificadas para llevar a cabo una investigación seria sobre un tema tan complejo como lo es la pederastia. ¿Tiene éstos ancianos algún laboratorio donde examinar las pruebas?  ¿Algún médico forense?  ¿Algún psiquiatra forense?  ¿Puede incautar el ordenador personal del pederasta?  ¿Pueden tener acceso al contenido de las conversaciones telefónicas del pederasta..?  Por último, ¿tienen éstos ancianos, por lo menos, el título de Graduado Escolar...?  ¡Esto es un sinsentido!: Una pandilla de indocumentados metidos a Sherlock Holmes de fin de semana.

Y el remate del tomate; el colmo de los colmos..., ¡lo de los dos testigos!  ¡'Pa' mear y no echar gota!  ¿En qué cabeza cabe que un pederasta va a cometer el delito con dos testigos presenciales para que le acusen...?  ¿Cabe esto en una cabeza de tamaño normal?  ¡Pues en la cabeza del Cuerpo Gobernante cabe esto y mucho más...!

En definitiva, cuando el panadero y el fontanero concluyan su investigación, como probablemente no habrán conseguido los dos testigos necesarios para poder acusar al pederasta..., ¡se inhibirán!  ¡No tomarán ninguna acción!  Pero, la cosa todavía se complica aún más  --si esto es posible--  cuando apostillan que los dos testigos visuales del crimen tienen que ser creíbles. ¡Habrá que preguntar al Cuerpo Gobernante para saber cuándo los testigos oculares son creíbles!  Aquí lo único increíble, ¡son sus directrices rocambolescas! ¡Manda carallo!

Luego, dicen otra idiotez mayúscula con pretensiones de idea genial: "los ancianos deben permanecer vigilantes respecto a la conducta y la actividad del acusado".  ¿Qué harán los ancianos para estar vigilantes..., dormir con un ojo abierto?  ¿Perseguir las 24 horas al pederasta, cual detective privado?  ¿Cómo se puede vigilar la conducta y actividad del acusado..., desde el sofá de mi casa, mirando un partido de fútbol?  ¿Acaso creen los ancianos que el pederasta violará a un niño en los lavabos del Salón del Reino..., delante de todos los presentes?  ¿Cuándo se relacionarán los ancianos con el supuesto pederasta?: normalmente en el Salón del Reino y cuando el susodicho salga a "vender" los productos literarios de la entidad.  ¿Pueden los ancianos controlar lo que hace el pederasta desde el ordenador de su casa?  ¿Con quién contacta?  ¿Si distribuye pornografía infantil?  ¡Venga ya!  ¡No digáis más tonterías soberanas!
12. Los ancianos amorosos deben dar pasos para proteger a los niños, especialmente cuando un comité judicial determina que el que ha abusado sexualmente de un niño está arrepentido y se le permitirá permanecer como miembro de la congregación cristiana. La misma preocupación debe mostrarse cuando el que ha abusado sexualmente de un niño ha sido expulsado, después limpia su vida y es readmitido. Los ancianos deben estar especialmente enterados de la actividad de cualquiera que es conocido por haber abusado de un menor sexualmente en el pasado. Deberían también asegurarse de que los nuevos nombramientos de ancianos estén libres de esta precaución. Es apropiado que los ancianos conversen amorosa pero muy francamente con individuos que han manifestado una debilidad en este asunto, fuertemente advirtiéndoles de refrenarse de desplegar afecto a los niños, evitar que los niños se cuelguen o pendan de su regazo, que nunca estén solos con un niño (además de los suyos propios), no permitiéndoles que los niños pasen la noche en su hogar, no trabajando solos en el servicio del campo (de hecho, siempre deben estar acompañados de otro adulto), y no cultivando amistad con niños. Esto no solo sirve de protección a los niños, sino que ayudarán a prevenir a los que han abusado sexualmente de un menor de que se pongan ellos mismos en situación de tentación, de ser sujetos de acusaciones infundadas, o de hacer cosas que puedan causar preocupación de otros en la congregación. (1 Cor. 10:12,32) Si los individuos no siguen esta dirección de los ancianos, deberán inmediatamente llamar al Departamento de Servicio por asistencia.
Si no fuera por las consecuencias trágicas del asunto y el miedo que tienen a pagar indemnizaciones millonarias a la víctimas, ¡uno pensaría que estas directrices las ha escrito un niño!  ¡Vamos a ver!  ¿Cuántos pederastas se curan...?  Según los expertos en esta materia: no se pueden cambiar las preferencias sexuales de los pederastas.  Así, que, muy probablemente, la cabra tire al monte y abuse de un niño en cuanto tenga la oportunidad..., ¡oportunidad que buscará como busca el agua el sediento!

Pero, en la congregación este problema lo hemos resuelto con la varita mágica: tenemos la palabra de pederasta de que él está arrepentido sinceramente..., ¡arrepentido de que le hayan pillado!  ¡Normal!  ¿Conoces a algún delincuente que no se arrepienta de que le pille la policía?  Pues los ancianos de turno, siguiendo estas directrices y confundiendo la velocidad con el tocino: ven en las lágrimas de cocodrilo que derrama el pederasta cazado..., ¡como una señal inequívoca de arrepentimiento genuino!  ¡Nunca más va a portarse mal...!  ¡Les ha dado su palabra a los ancianos de turno!  Esta es la justicia watchtoweriana que imparte el Cuerpo Gobernante..., ¡de juzgado de guardia!
13. Si el individuo no sigue la dirección de arriba de los ancianos, o si los ancianos creen que puede ser un "depredador", los ancianos deberán llamar inmediatamente al Departamento de Servicio por asistencia. Un depredador es uno al que claramente le falta autodominio, y por sus acciones provee razones para creer que él continuará depredando niños. No todo individuo que ha abusado sexualmente de niños en el pasado es un depredador. La Sucursal, no el cuerpo de ancianos local, determina si un individuo que ha abusado sexualmente de un niño en el pasado será considerado un depredador. Si la sucursal determina que un individuo será considerado depredador, los padres con los niños deberán ser advertidos del peligro que existe, para que puedan proteger a sus niños. El tal caso, y solamente después de recibir las instrucciones del Departamento de Servicio dos ancianos serán asignados para reunirse con los padres de los niños para dar advertencia. Al mismo tiempo que los padres son advertidos de tal individuo, sería apropiado para los ancianos informar al individuo que los padres en la congregación serán discretamente informados.
El único cambio sustancial que encuentro en estas directivas..., ¡pero también muy criticable!  Me explicaré:

Aquí, la Sociedad, clasifica a los pederastas y determina que algunos son netamente "depredadores" sexuales de menores.  ¿Sobre qué base?: "Un depredador es uno al que claramente le falta autodominio, y por sus acciones provee razones para creer que el continuará depredando niños".  Con esto como base, yo concluiría que el 99% de los pederastas son "depredadores".  Pero, aquí, la Organización, parece presentarlos como casos aislados.

Luego, con su acostumbrada prepotencia, la dirección nacional de la confesión religiosa, se otorga la prerrogativa a la hora de determinar si alguien es, o no es, un depredador según su particular baremo.  Los ancianos sólo puede recomendar a alguien como aspirante, pero el nombramiento vendrá de la dirección nacional.  ¿Por qué?  Pues porque una vez clasificado el espécimen depredador, se hará algo que nunca antes se ha hecho en la confesión religiosa: los ancianos de la congregación se reunirán con los padres que hay en la congregación para advertirles de la existencia del depredador y de, por lo tanto vigilen a sus hijos..., ¡todo con mucha discreción..., no vaya a ser que se entere toda la congregación de que hay un pederasta depredador entre ellos y se les ocurra avisar a otras personas!  Puede que alguien, ingenuamente, pregunte, ¿no se evitaría todo este embolado, si se denunciase al pederasta depredador a la policía y lo metieran en la cárcel...?  ¿Estarán también protegidos los niños que no pertenezcan a la confesión religiosa..., y con los cuales también se podrá relacionar éste criminal libremente?  ¿No está jugando con fuego, la dirección nacional del confesión religiosa?

Por último y sobre este asunto, ¿por qué ha llegado este cambio en el protocolo?  Sencillamente, por la sentencia judicial del caso Candace Conti.  Recientemente, la confesión religiosa han tenido que depositar un fianza de más de 17 millones de dólares en le juzgado.  En el interrogatorio a los ancianos de congregación de Candace Conti, se le preguntó por qué no pusieron sobre aviso a los demás miembros de la congregación sobre la existencia de un pederasta entre ellos.  ¡Los pillaron y los empapelaron!

No es que el corazón del Cuerpo Gobernante se haya ablandado, no, sino que le duele mucho muchísimo el bolsillo.  Definitivamente, el dinero es el verdadero Dios del Cuerpo Gobernante..., ¡a los niños que les den!
 14. ¿Qué pasos deben ser dados cuando saben de un adulto que ha estado viendo pornografía infantil? Como se declara en el párrafo 4 de esta carta, 2 ancianos deberán llamar al Departamento de Asuntos Legales. Después de recibir dirección legal, los ancianos serán dirigidos para contactarse con el Departamento de Servicio para dirección teocrática.
¿Y qué pasa con el adulto que no sólo mira pornografía infantil, sino que la comparte con otros...?  ¿No es esto un delito tipificado en el Código Penal Español? Pero, ¿qué delito hay que cometer para que los ancianos denuncien los hechos a la policía o guardia civil?  ¡Por favor, que se os ve el plumero!
15. ¿Quiénes son considerados como pederastas? El artículo de La Atalaya del 1/1/97, "Aborrezcan lo que es inicuo", menciona en la página 29 que un hombre "conocido por ser pederasta" no califica para privilegios de congregación. La expresión "conocido por ser pederasta" hace referencia a cómo tal hombre es considerado por la comunidad y en la congregación cristiana. A los ojos de la congregación, un adulto "conocido" por ser un anterior pederasta, no está "libre de acusación" o es "irreprensible", ni tiene "un excelente testimonio de los de afuera". (1 Tim. 3:1-7, 10; 5:22; Tito 1:7) En vista de su pasado, en la comunidad podrían no respetarlo, y los miembros de la congregación podrían tropezar por su nombramiento. Tengan en mente que la Sucursal y no el cuerpo de ancianos, determina si uno que ha abusado sexualmente de niños es considerado un conocido pederasta.
O sea, si la comunidad y los miembros de la congregación no se han enterado que Fulano de Tal es un pederasta de prestigio y sólo están al tanto de esto los ancianos, ¡no hay inconveniente para que reciba el cargo oficial de anciano!  ¡Y aquí paz y después gloria!
16. Cuando un conocido pederasta se muda de congregación, los ancianos deben seguir el procedimiento provisto en el libro de texto Pastoreen, cap. 12, párr. 20. Si un conocido pederasta está en prisión y es transferido a otra dependencia o es liberado, es importante informar a la congregación apropiada su situación por escrito, si es posible también hacerlo. Esta directriz también aplica cuando un depredador, según se delinea en el párrafo 13 de esta carta, se muda a otra congregación. 
Por ejemplo, caso Candace Conti, y su "depredador" Jonathan Kendrick.  Como los ancianos no avisaron a los otros ancianos cuando se cambió de domicilio, también cometió sus tropelías en la nueva congregación.  Aunque, a decir verdad, no hubiese servido de mucho: hasta el presente no se informaba a los hermanos de la presencia de un pederasta entre ellos.  Gracias a que Candace Conti denunció los hechos a la policía; tanto el pederasta, como los ancianos de congregación, como la confesión religiosa..., ¡todos han sido empapelados judicialmente!  Es lo que tiene la justicia mundana; que te trinca y te empapela.
17. De tiempo en tiempo, las autoridades locales pueden informarles que un delincuente sexual está viviendo en su área. La notificación usualmente provee la dirección del individuo y puede declarar la naturaleza de su actividad criminal. En tal caso, los ancianos deben alistar la dirección en la tarjeta de territorio apropiada como "No llamar". Posteriormente dos ancianos pueden periódicamente hacer llamadas en esa dirección. Siguiendo esta directriz, ayudarán en la protección del rebaño.
¿Y por qué no se informa a todos los hermanos de la congregación afectada del aviso que les ha dado la policía, sobre que hay un pederasta viviendo en la comunidad?  ¿No sería de utilidad que supiesen eso y se divulgase ampliamente para proteger a los niños?  ¿Qué hay si los publicadores desinformados se lo encuentran por la calle y le predican?  ¿Qué hay si quedan para estudiar las publicaciones de la confesión religiosa en un parque..., y no en el domicilio del pederasta?  ¿Por qué la policía sí avisa a los ancianos, pero los ancianos no avisan a las ovejas?
18. Mala conducta sexual que envuelve solo a menores: ¿Qué pasos deben los ancianos seguir cuando menores (personas de menos de 18 años de edad) se involucran en mala conducta sexual unos con otros? Como declara el párrafo 4 de esta carta, dos ancianos deben llamar a Asuntos Legales, incluso cuando ambos sean menores. Los menores que tienen contacto sexual unos con otros generalmente no son considerados pederastas por la congregación. Sin embargo, independiente de la edad de los involucrados, tal mala conducta es seria. Los ancianos deben estar alerta para dar asistencia y protección a los niños. El cuerpo de ancianos debe también arreglar que los menores reciban asistencia en presencia de su(s) padre(s) creyente(s) en armonía con los principios y guía encontrados en las Escrituras y en nuestras publicaciones.
19. Cuando menores bautizados llegan a estar envueltos en sexting, los ancianos deben usar buen juicio al determinar si el malhechor ha llegado a un punto que garantice acción judicial. Se halla información útil en "Preguntas de los Lectores" de La Atalaya del 15/7/06. Por favor, repasen este material cuidadosamente antes de determinar si un menor bautizado es culpable de inmundicia crasa o "conducta relajada o descarada". (ks10 cap. 5 párr. 9) Sin embargo, si el menor bautizado ha sido previamente aconsejado y persiste en el curso errado, en la mayoría de los casos, acción judicial es tomada. Cada caso debe ser evaluado en su propio mérito. Si los ancianos tienen preguntas respecto a un caso específico deben contactar al Departamento de Servicio. También tengan en mente que los padres cristianos deben ser incluidos en cualquier conversación que los ancianos tengan con un menor que ha estado envuelto en sexting. 
20. Las serias consecuencias potenciales asociadas con el sexting urgen la importancia de que los padres cristianos supervisen el uso de los celulares de sus hijos, y otros medios de comunicación electrónica. Se pueden hallar excelentes sugerencias en ¡Despertad! 11/09 pág. 6,7. (Mat. 24:45) Cuando un menor ha estado envuelto en sexting, los ancianos pueden usar ese excelente material para ofrecer consejo bíblico y ánimo tanto a padres y a hijos. (1 Pedro 5.2,3)
(El párrafo 21 sólo repite la "ayuda" que se debe dar a quienes tienen recuerdos reprimidos. Nada nuevo)
RESTRICCIONES Y PRIVILEGIOS
22. No puede ser dicho en todos los casos que uno que ha abusado sexualmente nunca podrá calificar para privilegios de servicio en la congregación. Sin embargo, los ancianos ciertamente desearán ser muy cautelosos, especialmente cuando tratan con uno que se ha repetidamente involucrado en esta clase males, o que ha sido expulsado por tal ofensa. Antes que los privilegios puedan ser extendidos, tal hombre debe reunir las calificaciones bíblicas de "autodominio" y ser "irreprensible". Debe "también tener un excelente testimonio" tanto de individuos de adentro como de afuera de la congregación. (Tito 1:6-8; 1 Tim. 3:2,7) Los ancianos deben tener en mente lo que se declaró en La Atalaya del 1/1/97, "Aborrezcan lo que es inicuo", página 29, párrafo 2: "Abusar sexualmente de un menor demuestra una debilidad carnal anormal. La experiencia muestra que esos adultos probablemente abusen de otros niños. Es cierto que no todos los que abusan de un menor vuelven a cometer ese pecado, pero muchos lo hacen. Y la congregación no puede leer el corazón para decir quién probablemente abusará de un niño de nuevo y quién no. (Jeremías 17:9.) Por lo tanto, el consejo de Pablo a Timoteo es aplicable con especial fuerza en el caso de los adultos bautizados que hayan abusado de menores: “Nunca impongas las manos apresuradamente a ningún hombre; ni seas partícipe de los pecados ajenos”. (1 Timoteo 5:22.)"
¿Has sido pederasta?  ¡No te preocupes!  No todo lo tienes perdido en nuestra confesión religiosa; todavía puedes aspirar a un cargo.
23. Por lo tanto, los privilegios de servicio nunca deben ser extendidos rápidamente. Considerable tiempo siempre debería pasar antes que uno que ha abusado sexualmente de un niño sea recomendado, si acaso. Podría estar sobre el cuerpo de ancianos local determinar si tal recomendación debería ser hecha a la sucursal, tomando en cuenta todos los factores en cada caso individual. Por favor noten que a menos que sea específicamente aprobado por la sucursal, uno que ha abusado sexualmente de un niño, no será usado para conducir cualquier reunión mantenida en la congregación o la prisión, y no calificará para trabajar en cualquier otro proyecto de Salón del Reino además del que envuelva la congregación donde él sirve de publicador.
24. Si un cuerpo de ancianos decide que uno que ha abusado sexualmente de un niño en el pasado distante, puede ahora calificar para privilegios, deberían asignar dos ancianos para llamar al Departamento de Servicio.
25. En vista de lo antedicho, cada anciano debería debería hacer la siguiente anotación en el cap. 3 párr. 20, cap. 5 párr. 10, cap. 7 párr. 20, cap.12 párr. 18 del libro de texto Pastoreen: "Vea la carta del 1/10/12 a todos los cuerpos de ancianos".
(El párr 26 contiene la despedida de rigor y la típica posdata de actualizar el índice y el archivo permanente)  http://www.extj.com/showthread.php?21643-Carta-1%B0-de-Octubre-de-2012-Abuso-de-menores
Como podéis ver, seis páginas repletas de directrices para no decir la más importante para los niños: denunciad a los pederastas ante la policía.  ¡Así es nuestro Cuerpo Gobernante!

Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y las opacidades diversas en el nombre de Dios?

http://jwsurvey.org/cedars-blog/we-will-decide-who-is-a-predator-new-watchtower-instructions-to-elders-on-child-abuse

sábado, 6 de octubre de 2012

La Fiscalía General del Estado: acción-reacción



Añadir leyenda
     Estimados camaradas ávidos del conocimiento verdadero sin trampa ni cartón:

     El pasado 26 de agosto de 2012, como resultado de una provisión amorosa y teocrática de nuestro hermano Nízam, os dimos la noticia sobre una macroencuesta estatal  --a nivel interno--  de nuestra confesión religiosa con el fin de "presionar" a la Administración española.  Él escribía:
Sangre: la sucursal presionará a la administración pública 
MUY URGENTE: Con carácter de urgencia la sucursal española recabará una encuesta entre todos los testigos de Jehová que en los últimos 10 años fueron denegados a ser intervenidos quirúrgicamente por su negativa a aceptar transfusiones de sangre. 
El propósito de esta encuesta es presionar a la Administración de la Seguridad Social y a las autoridades sanitarias sobre la base del rechazo a firmar un consentimiento informado que incluye tal posibilidad, aportando a la Administración Pública un mega-informe con un gran número de casos. 
Adjunto la carta a los cuerpos de ancianos y el cuestionario que tendrán que rellenar los testigos implicados en esa situación. 
Saludos http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/la-mejor-defensa-es-un-buen-ataque.html
     En dicha entrada, recomendamos a nuestros fieles lectores que escribiesen a diferentes organismos gubernamentales suministrando la documentación de la macroencuesta, para apercibir a los diferentes organismos del Estado Español de esta táctica.  También, desde el foro de David y Mary Fuentes, el compañero Replicante  --fiel a su tradición y como viene siendo habitual--  nos indicó que entregó la documentación en diferentes organismos y entre ellos estaba la Fiscalía General del Estado.  No podemos asegurar a ciencia cierta   --¡aunque podamos suponerlo!--  que debido a nuestras acciones la Fiscalía haya emitido esta circular, pero, ¡no deja de ser una sorprendente coincidencia.

     Curiosamente, la Fiscalía General de Estado ha emitido esta circular de 34 páginas a todas las fiscalías de la geografía española sobre el asunto de las transfusiones de sangre en menores testigos de Jehová.  Hemos colgado aquí las páginas 1 y de la 31-34; quien desee leer íntegramente la circular, puede dirigirse al enlace que hay debajo de la nota de la Fiscalía en la que resume el objetivo de dicha circular:
05/10/2012 
Nueva circular sobre conflictos hospitalarios en torno a transfusiones y otras intervenciones urgentes a menores 
La Fiscalía General del Estado ha remitido a todas las Fiscalías la Circular 1/2012 relativa a los criterios que deben emplear los Fiscales al abordar los conflictos que surgen en clínicas y hospitales ante las transfusiones de sangre y otras intervenciones médicas urgentes y graves que a juicio de los médicos se deban realizar a menores de edad, y que se encuentren con la oposición del propio menor o de sus representantes legales. 
Ante la escasa claridad del marco jurídico al respecto, la Fiscalía establece como principio de actuación el del interés superior del menor frente a otras consideraciones. La Circular tiene en cuenta el principio de autonomía del paciente a la hora de otorgar el consentimiento informado para ser sometido a determinadas intervenciones quirúrgicas, y en el caso de los enfermos menores de edad, anima a los Fiscales a determinar el grado de madurez del menor, así como sus condiciones intelectuales y emocionales para entender las diversas opciones terapéuticas. Los menores de 16 años que, a juicio del facultativo, no estén en condiciones de comprender el alcance de la intervención, carecen de capacidad para prestar el consentimiento informado. Además, y como regla general, por debajo de 12 años, se entenderá que el menor carece de la madurez mínima exigible. 
La Circular hace una referencia expresa a las especiales circunstancias que confluyen en los Testigos de Jehová, confesión religiosa reconocida por el ordenamiento jurídico español, y cuyos miembros se niegan a realizar transfusiones sanguíneas. Cuando el menor maduro rechace una transfusión, el médico deberá plantear el conflicto ante el Juez de Guardia, directamente o a través del Fiscal, para obtener un pronunciamiento judicial. La Circular recuerda que tanto el rechazo como la admisión de dicho tratamiento deberá constar por escrito y cita las diferentes sentencias que ha dictado el Tribunal Constitucional a este respecto.  http://www.fiscal.es/cs/Satellite?c=FG_Actualidad_FA&cid=1247140797196&language=es&pageid=1240559967365&pagename=PFiscal%2FFG_Actualidad_FA%2FFGE_pintarActualidad&site=PFiscal
     La agencia de noticias Europa Press, da la noticia y dice en parte:
MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) - La Fiscalía General del Estado ha remitido a todas las fiscalías una circular en la que deja claro que los testigos de Jehová no podrán oponerse a que sus hijos reciban transfusiones de sangre en situaciones de "gravedad", ya que en estos casos se "priorizará el interés superior del menor" por encima de la voluntad de sus representantes legales o incluso del propio menor. 
Así lo asegura en su escrito el órgano que dirige Eduardo Torres-Dulce, ante los "conflictos" que surgen en clínicas y hospitales cuando hay que realizar transfusiones de sangre y otras intervenciones médicas urgentes y graves a menores pertenecientes a esta confesión religiosa. [...] http://www.europapress.es/sociedad/noticia-testigos-jehova-no-podran-denegar-transfusiones-hijos-20121005185448.html
     La noticia, se ha divulgado en múltiples medios noticieros en España y por todo el mundo.  Nos sorprende gratamente que la Fiscalía General del Estado se haya anticipado a la jugada de la confesión religiosa   --con el tema de la macroencuesta--  y les ponga los puntos sobre las íes a los mandamases watchtowerianos en España y el extranjero.  Aquí, en la piel de toro, prevalece el interés en la vida del niño por encima de las doctrinas cambiantes que puedan profesar sus padres.

     Se contemplan diversos supuestos y su solución.  Por ejemplo, el número:
(1)  El menor maduro se niega a la transfusión pero los padres no están de acuerdo.  ¿Solución?: Si es urgente la intervención, el médico podrá actuar sin necesidad de autorización judicial. 
(2)  El menor maduro rechaza la transfusión y los padres están de acuerdo.  ¿Solución? El médico solicita autorización judicial y, si es urgente, cumple con su obligación como médico e interviene sin la autorización judicial.
(3)  El menor maduro está de acuerdo con la transfusión, pero los padres no lo están.  ¿Solución? Prevalece la voluntad del menor en contra de la de sus padres.
(4)  Los padres de un menor sin condiciones de madurez (niño pequeño) no autorizan la transfusión.  ¿Solución? El médico no puede aceptar la voluntad de los padres.  Acudirá a un Juzgado de Guardia si lo permiten las circunstancias.  Si hay urgencia en aplicar el tratamiento, el médico no precisa ninguna autorización y tirará por el camino del medio, enchufando la sangre que precise el menor.
CONCLUSIONES
(1)  El menor de 16 años, que a juicio del médico, no esté en condiciones de comprender el alcance de la intervención, no podrá otorgar el consentimiento informado, lo harán sus padres.
(2)  Como norma general, los menores de 12 años son considerados inmaduros para decidir.
(3)  La capacidad de decidir de los menores está limitada cuando la situación que se presenta es de grave riesgo.
(4)  Un menor maduro se niega a una transfusión pero los padre sí que desean la transfusión: se respeta la voluntad de los padres cuando exista riesgo para la vida del menor.
(5)  El menor maduro y sus padres rechazan la transfusión con grave riesgo para la salud o vida del menor: el médico acude al Juzgado de Guardia pero, si hay urgencia, tira por el camino del medio e interviene.
(6)  El menor maduro está de acuerdo con la transfusión, pero los padres se oponen: el médico respeta la voluntad del menor.
(7)  Los padres de un menor sin madurez, no consienten la transfusión.  El médico acude a un Juzgado de Guardia pero, si la intervención es urgente, hace la intervención sin autorización judicial.
(8)  En estos supuestos anteriores, el Fiscal considerará que un menor de 18 años todavía está en período de formación y prevalecerá su salud o vida.
     Sin duda, con esta iniciativa de la Fiscalía General del Estado, se solventan los supuestos que se puedan dar en la Sanidad y prevalece el derecho a la vida y a la salud del menor de edad, por encima de la voluntad del menor y de sus padres..., ¡como no podía ser de otra manera!  Si los de Cuerpo Gobernante quieren mártires, les aconsejo que acudan a un país mahometano y griten a voz en cuello  --en la vía pública--  que los mulsulmanes son unos apóstatas y que el Dios verdadero los destruirá..., ¡seguro que eso no falla!

     Pero, no se puede jugar con la vida de los niños  --y según mi opinión, tampoco con la de los adultos--  en aras de una verdad teológica con fecha de caducidad en la base del envase.  Podemos remitirnos a ejemplos de cómo las vacunas y los trasplantes de órganos, en un tiempo los prohibió la confesión religiosa, y en la actualidad no hay ningún inconveniente teológico, ¿quién nos garantiza que el rechazo a los transfusiones de sangre no cambiará con el tiempo?  Entonces, ¿de qué habrán servido tantas muertes..., en el nombre del Dios de la Watchtower?
   
     Mi enhorabuena al Sr. Torres-Dulce, por esta iniciativa salvavidas.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y la teología caduca?

NOTA DE ÚLTIMA HORA

MADRID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de los Testigos de Jehová en España, Aníbal Matos, ha afirmado que seguirán transmitiendo su disconformidad y haciendo una oposición "no beligerante" ante una transfusión de sangre a sus hijos mientras haya alternativas sin sangre, [...] http://www.europapress.es/sociedad/noticia-testigos-jehova-rechazaran-transfusiones-hijos-mientras-haya-alternativas-sangre-20121009110258.html

viernes, 5 de octubre de 2012

Anciano cándido, ¿cuánto te fías del Cuerpo Gobernante?

Nízam (el Ojo que todo lo ve)





http://www.extj.com/showthread.php?21637-Procedimientos-legales-y-colaboraci%F3n-o-no-con-la-justicia

     Estimados cofrades en nuestro vía crucis watchtoweriano:

     Nuestro amado hermano en la fe, Nízam, desde el lado oscuro, nos informa a la casa de la fe y de la fa a su debido tiempo..., ¡puntualmente!  La carta que podemos leer hoy; es una dirigida a todos los cuerpos de ancianos, con fecha de 21 de septiembre de 2012.  El asunto que trata, es el siguiente: Procedimientos cuando hay implicaciones legales.  ¡Gracias, Nízam, por todos tus desvelos y esfuerzos por suministrarnos el alimento nutritivo y espiritual del lenguaje puro de la verdad que emana del Cuerpo Gobernante!
   
     En definitiva, las últimas directrices que el Cuerpo Gobernante ha enviado a todas las congregaciones locales de los testigos de Jehová en España, vía la sede nacional en este país.  ¡Ya sabemos que son poco dados a dar la cara..., pero, finalmente, se les acaba pillando!

     La misiva de hoy, reemplaza a la carta fechada el 16 de junio de 1994:
http://www.extj.com/showthread.php?21637-Procedimientos-legales-y-colaboraci%F3n-o-no-con-la-justicia
     El pasado 14 de abril de 2012, ya diseccioné esta misma carta  --estaba en inglés y dirigida a todas las congregaciones en los EE.UU.--  por lo que poco puedo añadir demás.  http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012_04_08_archive.html

     Además, quien desee cotejar la carta del 16 de junio de 1994, aquí tiene dos enlaces en los que se la tradujo al román paladino:
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/02/el-watchtowergate-garganta-profunda.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/02/el-watchtowergate-garganta-profunda_24.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/02/el-watchtowergate-garganta-profunda_26.html

    Como siempre, estamos a vuestro servicio, ofreciendo alimento espiritual de calidad contrastada.  No profetizamos.  No os metemos el miedo en el cuerpo con un inminente fin del mundo.  Tampoco os pedimos el dinero que necesitáis para cubrir las necesidades básicas de vuestras familias.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y el escaqueo perpetuo en el nombre de Dios?

NOTA:
Añadimos el enlace correspondiente a la misma carta, pero enviada a nuestro país hermano de Chile.
https://docs.google.com/file/d/0B9QFYOHNVhEIRUk4MkpuRHZoTTA/edit

Los testigos de Jehová pagan una fianza de 17.277.299 de dólares

Manolo Leal (anciano)


http://jwleaks.files.wordpress.com/2012/06/candace-conti-v-watchtower-bible-and-tract-society-bond-undertaking-and-bond-security-complete-set-september-21-2012.pdf
Estimados pardillos integrales ibéricos y allende los mares:

Un anciano de la localidad barcelonesa de Sabadell, Manolo Leal  --¡qué oportuno apellido!--, nos remite este enlace para alimentarnos a nuestro debido tiempo y como testimonio a todas las naciones.  Se trata de una fianza (17.277.299, 37 de dólares estadounidenses) que ha tenido que depositar la confesión religiosa de los testigos de Jehová ante el Tribunal Superior de Justicia de California (EE.UU.), con el fin de poder seguir adelante con la apelación sobre una primera sentencia condenatoria que obligaba a pagar  --entre pitos y flautas--  28.000.000 de dólares de indemnización a una víctima de la pederastia en nuestra confesión religiosa.

Con este caso, se rompe la buena racha de la entidad religiosa por impedir llegar a juicio por los múltiples casos de pederastia que se dan en sus comunidades locales, llegando previamente a acuerdos extrajudiciales: "Pago unos millones de dólares ahora, pero no llego a juicio y..., por lo tanto nunca soy condenada judicialmente por la responsabilidad que tengo en los casos de pederastia que se dan entre nuestras ovejas como consecuencia de las directrices que envío a todos los ancianos en las congregaciones".  La víctima, Candace Conti, no ha querido llegar a un acuerdo extrajudicial y el dinero de la Watchtower  --léase Cuerpo Gobernante--  no ha podido silenciarla en esta ocasión.  ¡Se le acabó la "suerte" que compra el dinero!  Ahora, ni Testigo Humano, ni el resto de los agentes Watch a sueldo que pululan por Internet, podrá decir que la confesión religiosa de los testigos de Jehová nunca ha sido condenada por casos de pederastia..., ¡ya no es posible!

Por supuesto, esto no quiere que decir que testigos de Jehová  --como individuos--   nunca han sido condenados por abusar sexualmente de niños: se han documentado infinidad de casos  --tanto de los perpetradores, como de ancianos que con su silencio cómplice posibilitaron dichos abusos.  Pero, la confesión religiosa como tal, nunca había sido condenada como lo ha sido con el caso de Candace Conti..., ¡siempre salía indemne y, como mucho, los ancianos de congregación cargaban con el muerto!

Ya en el año 2002, la periodista de la B.B.C., Betsan Powys, denunciaba la política de la entidad religiosa en los casos de pederastia que se daban en las congregaciones.  En un programa de investigación emitido en la televisión pública británica, Panorama, denunciaba entre otros datos; la existencia de una base secreta de datos con 23.720 casos cometidos en la confesión religiosa.
http://news.bbc.co.uk/2/hi/programmes/panorama/2119903.stm
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/08/documental-de-la-bbc-suffer-little.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/05/debe-reconciliarse-la-victima-con-el.html

Sobre el caso Candace Conti, como sabéis, he pretendido mantener al día a la casa de la fe, escribiendo muchas entradas..., ¡y os seguiré informando, Dios mediante!

El que desee tener acceso a toda la documentación judicial sobre el caso  --está en inglés--, puede consultar el siguiente enlace:  http://jwleaks.wordpress.com/candace-conti/

Acabaré con uno de nuestros lemas preferidos: Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y las opacidades diversas?

jueves, 4 de octubre de 2012

Año profético, año de suerte

Jeru




Estimados camaradas ibéricos y allende los mares:

Nuestro compañero Jeru, desde la capital del Reino, nos recomienda que hagamos acopio de números teocráticos de cara al próximo sorteo de Navidad.  ¿Qué tienen de particular estos números proféticos...?: ¡pues que seguro que tocan!  ¿La garantía?: el Cuerpo Gobernante nunca se equivoca.

Aquí, hemos colgado algunas de las fechas proféticas watchtowerianas, aunque hay muchísimas más señalables y que seguro que vosotros tenéis presentes.

Jeru, nos manda unos enlaces apropiados donde se podrían adquirir estos décimos de Navidad tan: teocráticos, espirituales y tan significativos para cualquier cristiano verdadero y apóstata.
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=01914
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=01921
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=01925
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=01931
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=01975
http://www.abc.es/loteria-de-navidad/localizardecimo.asp?numero=02014
Imaginamos que muchos de vosotros podéis estáis preguntándoos: "En caso de que me toque, ¿cómo podré justificar ante los hermanos fieles este incremento partrimonial?";  "Si se enteran los ancianos, ¿me cortan el pelo al cero?"; "Si me toca la lotería, ¿no me expulsarán de la congregación cristiana y verdadera de la buena?"; "¿Me formarán un comité judicial en el cuartito del Salón del Reino?"; "Supongamos que me toca, ¿puedo luego arrepentirme y quedarme con el dinero?"; "Imagina que me toca, ¿si comparto parte del premio con Betel..., aceptarían el dinero de la lotería por causa de las buenas nuevas de cosas buenas?"; "¿Por qué el Cuerpo Gobernante puede ganar o perder millones de euros de nuestras donaciones especulando en bolsa, y esto no es objetable bíblicamente; pero sí lo es el que yo juegue a la lotería con mi dinero?"; "Porqué, si me compro y me bebo una botella de Brandy Lepanto, de un tirón..., no me expulsan; pero si compro un décimo de la lotería de Navidad sí que lo hacen?".  "¿Dónde dice la Biblia que no puedo comprarme un décimo de lotería?", etc., etc., etc.

Sí, hermano en la fe y apoquinante sin fin al fin: el Cuerpo Gobernante nunca nos pregunta sobre el origen del dinero que le damos..., pero tiene muchos inconvenientes teológicos sobre cómo gastamos el dinero que nos ganamos honradamente, ¿porqué será?

¿Quieres hacer feliz a tus seres queridos?, ¡regala décimos con fechas proféticas!; dos por el precio de uno. ¡Los apóstatas somos la leche...!

¿Quién es el padre de la mentira y los vertidos tóxicos de tapadillo en el nombre de Dios?