John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.

miércoles, 8 de febrero de 2017

Abusos sexuales infantiles: archivos





Carta a los cuerpos de ancianos
6 de enero de 2017


     Estimados cofrades en nuestro vía crucis watchtoweriano:

     El Cuerpo Gobernante, o sea, los ungidos de pacotilla por excelencia, siguen erre que erre. Enquistados. No dan un paso atrás ni para coger impulso. Éstos gerifaltes teocráticos de tanto mentir, yo creo que se creen sus propias mentiras. Ellos mismos se han autoproclamado la voz de Dios en la tierra... ¡y no hay Dios que los baje del burro!

     Siguen con su maniobra de despiste. El gatopardismo es su máxima: "Cambiar todo para que nada cambie". Al tema de los abusos sexuales infantiles en el ámbito de la confesión religiosa, le siguen dando vueltas y más vueltas. Normativa tras normativa, año tras año... y en lo esencial, todo sigue igual. Están emperrados en echar el candado a los archivos con presuntos delitos tipificados en el Código Penal, y de ahí no los mueve nadie. No quieren compartir estos archivos con el poder secular. Optan por la política de: los trapos sucios se lavan en casa. Uno diría que les preocupa más su imagen pública y patrimonio económico que la protección a la infancia.

     Nízam, el Ojo que todo lo ve, es como nuestro Edward Snowden. El topo con mayúsculas. El topo de todos lo topos. El que deja al Governing Body Bank con el culo al aire para que todo el mundo pueda contemplar sus vergüenzas teocráticas. Gracias a él, tenemos acceso a circulares internas como la de hoy. ¡Muchas gracias, Nízam! Tú, sí que eres imprescindible.

     Ahora, llega el momento de traducir al román paladino la misiva de los mandamases teocráticos. ¡Va por ustedes! ¡Olé!

     Siguen obsesionados (yo diría que paranoicos) con el tema de la confidencialidad y la seguridad en las comunicaciones y gestión de archivos. Lo llevan en los genes. Recuerdo mis largos trienios viviendo y trabajando en la sede nacional de la confesión religiosa en España, cuando el secretismo se llevaba a lo absurdo. Lo más nimio era material confidencial... Así hasta el infinito. Cuando definitivamente algo sí tenía que trascender y hacerse público... te quedabas asombrado, decepcionado y chasqueado por el sinsentido de lo que se protegía con tanto esmero. Creo que son maestros en crear expectativa: esperas un anuncio importante o discurso trascendental... y te salen por peteneras.

     No obstante, hoy el secretismo sí que está justificado. Tiene razón de ser. Estamos tratando sobre las sentencias judiciales de sus comités judiciales. Sentencias que en muchas ocasiones, o tienen que ver con datos personales sobre conductas que dudo que estén autorizados a guardar y con delitos como lo son los presuntos casos de abusos sexuales infantiles. La carta consta de cuatro folios, pero me centraré en la página tres y los párrafos 13 y 14. El resto, también se merece una lectura detenida para que sepamos qué tipo de datos sobre nuestra persona archiva la entidad religiosa. En fin, ¡manos a la obra!

     Primero, nos remitiremos a unas declaraciones que hizo al periodista Guillem Sánchez, el portavoz de la confesión religiosa en España, Aníbal Matos Cintrón:
“Los testigos respetamos la ley y en ningún momento hemos encubierto un abuso sexual a un menor ni amparado a ningún pederasta”, ha señalado. Matos también ha desmentido la existencia de un supuesto archivo que almacena los hipotéticos casos de pederastia. “No existe porque iría en contra de la ley de protección de datos de carácter personal”, ha remarcado. 
http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/abusos-sexuales-encubiertos-los-testigos-jehova-5417032
     Una vez que podemos dormir tranquilos porque el portavoz nos asegura que no se almacenan ni archivan los presuntos casos de abusos sexuales infantiles... porque esto sería ilegal. Leamos detenidamente la normativa contenida en esta circular teocrática:
13. Archivo de casos judiciales y otros informes confidenciales. Después de que un comité judicial se reúne con una persona y decide expulsarla, censurarla o desestimar la causa por falta de pruebas, elabora un breve resumen y lo firma.
     Sin ser jurista, opino que estos comités judiciales son en realidad una especie de Tribunales de Honor. Los juicios se celebran en la trastienda del Salón del Reino, a puerta cerrada: el reo y los tres ancianos que componen ese comité judicial. Si se requiere la presencia de algún testigo de los hechos que se le imputan, éste está presente el tiempo imprescindible para contestar la preguntas de los ancianos y después de eso sale de la sala. No puede haber ni luz ni taquígrafos. Todo con nocturnidad y alevosía.

     No obstante, todos los ancianos presentes toman nota de las declaraciones y detalles importantes, y con estas notas se elabora un informe --que aquí llaman: "breve resumen"-- y los mismos ancianos estampan su firma personal en el documento. Entonces, las notas tomadas por los ancianos, se destruyen. Se añade el impreso (S-77) y todo se chapa en un sobre.
El breve resumen y, si procede, el formulario Notificación de expulsión o desasociación (S-77) se guardan en un sobre cerrado.Toda correspondencia remitida a la sucursal [sede nacional] o recibida de ella relativa al ofensor (o supuesto ofensor), toda comunicación de una persona desasociada, toda solicitud de readmisión y toda documentación relacionada con el abuso sexual de menores también se mantiene en un sobre cerrado.    
 Notificación de expulsión o desasociación (S-77)
https://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/05/notificacion-de-expulsion-o.html
     O sea, toda la documentación y correspondencia entre la sede nacional de la confesión religiosa y el cuerpo de ancianos de la congregación local, así como cualquier nota o carta o petición escrita por el reo. Además, el impreso denominado "las tarjetas Registro de publicador de la congregación (S-21)" de la persona expulsada o desasociada. Toda esta documentación la guardan los ancianos en un sobre cerrado. 

     ¿En qué lugar se guardan estos archivos? En la página 1, párrafo 2, dice textualmente: 
2. Confidencialidad y seguridad. Tanto los archivos como los registros de la congregación deben mantenerse bajo llave en un lugar seguro, preferentemente en el Salón del Reino. Los ancianos que lo deseen podrán tener una llave. Pero si el salón no es seguro, se pueden guardar bajo llave en casa de un anciano responsable para impedir cualquier acceso no autorizado.
     Aunque aquí hablan del Salón del Reino como lugar preferente para la cautela de estos archivos, intuyo que los ancianos --en la mayoría de los casos-- no se fían del Salón del Reino como un lugar seguro y normalmente se guardan en el domicilio del anciano que ejerce el cargo de secretario.

     Llegados a este punto, ¿qué se hace con los archivos --que según el portavoz oficial no existen-- de los presuntos casos de abusos sexuales infantiles?:
Los sobres correspondientes a casos de abuso sexual de menores (se hayan probado o no) deben marcarse con la frase: “No destruir”. El secretario guarda el sobre cerrado en el archivo de la congregación.  
     De modo que, la documentación sobre los casos de abuso de menores --aunque no existen-- se guardan en un sobre cerrado, marcado con un notorio "NO DESTRUIR", El anciano secretario lo guarda en el archivo de congregación. Una vez aquí, creo que el Sr. Aníbal Iván Matos Cintrón, como portavoz de la confesión religiosa en España, tal vez debería aclarar a los hermanos penitentes y al público en general cómo entendemos esta normativa... cuando afirma a Guillem Sánchez que no existe este tipo de archivo. ¿Es un misterio teocrático típico del ser y no ser al mismo tiempo? El sobre que contiene toda la documentación con el presunto caso de abuso sexual infantil, que se marca con ese "NO DESTRUIR", no puede existir porque el hermano portavoz dice:
“No existe porque iría en contra de la ley de protección de datos de carácter personal”, ¡Ya estamos más tranquilos, hermano Aníbal! Pero, te diría lo que nos decía un profesor: "La documentación te traiciona".

     Los seres humanos, y los portavoces en particular, no nacen con la credibilidad debajo del brazo. Se gana día a día, hora a hora, minuto a minuto. Normalmente, yo diría que es un proceso de años. Lo malo es su volatilidad: se pierde en un instante. Y cuando esto último sucede, difícilmente se puede recuperar. No sé por qué, pero me viene al pensamiento aquello que dijo Abraham Lincoln:
"Puedes engañar a todo el mundo algún tiempo. Puedes engañar a algunos todo el tiempo. Pero no puedes engañar a todo el mundo todo el tiempo."

     Cambiando de tercio, ahora nos enfrentamos a una pregunta existencial. ¿Qué pasa con los datos personales de aquella persona que ha sido expulsada de la comunidad religiosa, o se ha desasociado voluntariamente, o la ha desasociado vía expeditiva? ¿Qué pasa con las sentencias judiciales de esa especie de Tribunales de Honor? ¿Se destruyen los archivos judiciales cuando la persona deja oficialmente de ser considerada testigo de Jehová? Bueno, para responder a este pregunta teocrática, de momento prescindiremos de portavoces al uso y, tirando por el camino del medio, nos remitiremos a la oración que aparece al final del párrafo 14:
Los formularios S-77 de personas que no han sido readmitidas se deben guardar indefinidamente, o al menos hasta que fallezcan
     De modo que, la cosa está clarísima. Todos los datos de las personas que una vez fueron testigos de Jehová se guardan indefinidamente. O como se decía a los que se casaban: "Hasta que la muerte os separe". No sé qué normativa --de facto-- contempla como de rango superior la entidad religiosa, si la que está legislada por el poder secular o la del Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová. Porque lo que dijo Jesucristo: "Dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios", tiene dos lecturas. ¿Nos pide Dios que mantengamos una base de datos secreta con los presuntos casos de abusos sexuales ocurridos en el ámbito de la confesión religiosa o estos archivos judiciales se deberían compartir con el poder secular por referirse a delitos tipificados en el Código Penal?
http://news.bbc.co.uk/2/hi/programmes/panorama/2119903.stm
https://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2016/09/comision-real-australiana-resumen-sobre.html
https://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2016/10/comision-real-australiana-resumen-sobre.html

     Bueno, los teócratas nunca nos decepcionan. Nos dan mucho juego. Seguro que nos darán muchas tardes de gloria. Las ocurrencias y normativas del Cuerpo Gobernante nos acompañarán toda la vida... hasta que La Parca nos visite.

     Acabo con mi lema favorito: Lo documentamos todo, todo y todo. ¿Quién es el padre de la mentira y del donde digo «digo», no digo «digo», sino digo «Diego»?
     

2 comentarios :

  1. Todos los que leemos la carta y tu explicación lo tenemos claro... Aníbal Matos no se apega a la verdad.

    Pero hacérselo llegar al ministerio de justicia y a su ministro va a ser tarea ardua.

    Muchos estamos con el convencimiento de que el ministerio de justicia cambiara sus criterios para conceder, no solo el notorio arraigo, si no su condición de confesión religiosa a más de una confesión. Y tendrá que tener conocimiento de sus reglamentos internos y sus estatutos.

    Seguimos en ello...

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    1. Israel: Me consta que estáis haciendo una gran campaña de divulgación entre los medios de comunicación y la Administración.

      En este caso, los archivos con los presuntos casos de abusos sexuales infantiles deberían compartirse con la Policía o Guardia Civil para que los agresores puedan ser puestos a disposición judicial y las víctimas estén protegidas.

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Si tienes conocimiento de un delito (como puede ser un caso de un abuso sexual infantil en una congregación), por favor, denúncialo en un Juzgado, en la comandancia de la Guardia Civil o una comisaría de la Policía Nacional. Ellos tienen la legitimidad y los medios para investigarlos y localizar las pruebas.

https://alertcops.ses.mir.es/mialertcops/info/infor/info_6_es.xhtml?faces-redirect=true

Guardia Civil
http://www.guardiacivil.org/
Email: emume@guardiacivil.org
Teléfono: 062

Cuerpo Nacional de Policía
http://www.policia.es/
Email: webdgp@policia.es
Teléfono: 091

Los comentarios en los que se mencionen los nombres y apellidos de los autores de presuntos delitos se borrarán en cuanto me percate de ello.

Por otro lado, si deseas contrastar la información, puedes dirigirte a la Asociación de los Testigos Cristianos de Jehová en España, en los siguientes E-mail: tcjlegal@terra.es y ARCO@TCJ.ES

Por favor, se agradece que se eviten los insultos. ¡Gracias por vuestra comprensión!