Estimados camaradas y víctimas varias de la pseudoteología watchtoweriana:
La hermana Mª Rosa, desde El Ferrol, se remite a nosotros, los apóstatas intrépidos, en busca de consejo y guía espiritual y teocrática. Ella nos lee diaria y religiosamente. Admite que somos su maná diario. Somos su Estrella Polar. Su lugar de refugio. También, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, ha decidido ser la primera --en este año de 2014-- en hacer uso y disfrute de nuestra sección cañera: Consultorio Teocrático. Su pregunta es la siguiente:
"El siempre decir la verdad, invariablemente, me ha ocasionado muchos perjuicios en mi vida: escolar, laboral y social..., y algunas veces familiar también. Yo veo que la gente que dice una mentira piadosa en ocasiones puntuales, o se calla como un cuco, evita muchos problemas en la vida. He intentado seguir las instrucciones del Cuerpo Gobernante en este sentido..., ¡y el balance ha sido negativo!
No obstante, un anciano de congregación, la otra noche nos arengó con la legitimidad de la mentira, cuando esa mentira la conviene a la Organización, nuestra confesión religiosa. Me pregunto, ¿cómo puede ser que la mentira sea siempre pecado cuando se trata de defender mis intereses personales, y una virtud cuando se defienden los intereses económicos y de imagen de nuestras confesión religiosa? ¡Me hago un lío! ".Apreciada hermana en la fe y en la fa Mª Rosa:
Los caradura que componen el Cuerpo Gobernante, no juzgan por el mismo rasero. Tienen una doble moral: una estrecha y dificultosa para nosotros, y otra más ancha y cómoda para ellos. ¡No quieren pasar fatigas! Pero, no les importa que las pasemos nosotros por su causa. Hasta este momento, lo que escribo son opiniones de un servidor, pero seguidamente te documento lo que digo. Para este menester, echaremos mano de las publicaciones de nuestra entrañable confesión religiosa del notorio arraigo y olé. ¡Va por ustedes!
Como de costumbre, nos vemos obligados a remitirnos a la próxima edición del Diccionario Emitológico Watchtoweriano-Español,( http://es.scribd.com/doc/100676509/El-lado-comico-de-la-Watchtower-Edicion-21-de-julio-de-2012 ) donde dice:
Guerra espiritual, estrategia:
Justificación moral y teológica para: mentir o engañar u ocultar hechos e información cuando se trata de defender o proteger los intereses económicos, de imagen o cualesquier otros de la confesión religiosa. También, se legitima dar prioridad a los intereses de la confesión religiosa sobre los del propio país del que es ciudadano o reside el testigo de Jehová. Igualmente, el testigo de Jehová que está empleado en un centro sanitario, despacho de abogados, asesoría jurídica o financiera --o cualquier otro estamento-- y tiene acceso a las historias clínicas o archivos confidenciales o de otra índole que afectan a terceros, tiene el deber de revelar estos datos si pueden ser de interés para la comunidad religiosa…,¡pasándose por el arco del triunfo la confidencialidad que protege estos archivos! Adicionalmente, se les dan las oportunas directrices para que no colaboren voluntariamente con la policía judicial, ni siquiera con citaciones y órdenes de registro de por medio. El argumento principal que repiten para esta postura de no colaboración, es que las leyes de Dios --que las interpreta y establece la dirección de la confesión religiosa-- están por encima de la Constitución Española, en caso de conflicto.
Sin embargo, hay un excepción que el cristiano debe recordar siempre. Como soldado de Cristo está en guerrear teocrático y debe ejercer cautela añadida al tratar con los enemigos de Dios. Así, las Escrituras muestran que con el propósito de proteger los intereses de la causa de Dios, es propio ocultar de los enemigos de Dios la verdad. Un ejemplo bíblico de esto es el de Rahab la ramera. Ella ocultó a los espías israelitas porque tenía fe en Jehová el Dios de ellos. Esto ella lo hizo tanto por sus acciones como por sus labios. Por el hecho de que Santiago encomia la fe de ella se ve que tuvo la aprobación de Jehová al hacer lo que hizo. Josué 2:4, 5; Santiago 2:25.
Esto vendría a estar bajo el término “estrategia de guerra”, como se explica en La Atalaya del 1 de julio de 1956, y concuerda con el consejo de Jesús de que cuando estamos entre lobos debemos ser tan “cautos como serpientes”. Si las circunstancias exigieran que un cristiano tuviera que testificar ante un tribunal y jurar decir la verdad, entonces, si acaso dice algo, debe declarar la verdad. Al encararse a la alternativa de hablar y traicionar a sus hermanos o no hablar y ser acusado de contumancia, el cristiano maduro pondrá el bienestar de sus hermanos delante del suyo propio, recordando las palabras de Jesús: “Nadie tiene amor más grande que éste, que alguien entregue su [vida] a favor de sus amigos”.--Mateo 10:16; Juan 15:13. La Atalaya, 1 de diciembre de 1961, página 735.
Por ejemplo, a muchas mujeres les ha impresionado la actitud de Rahab, quien protegió a dos israelitas que vinieron a espiar a Jericó. La mayoría de los cananeos, al oír acerca de las grandes obras de Dios a favor de Israel, se pusieron a la defensiva y temerosamente hicieron frente a Israel. No fue así en el caso de Rahab. Ella estuvo dispuesta a enemistarse con su propio pueblo y arriesgar la vida a fin de recibir la bondad amorosa de Jehová. También hizo lo que pudo para ayudar a sus parientes para que aprendieran qué tenían que hacer para salvar su vida. Sin duda, podemos valernos de ese relato para ayudar a las mujeres hoy día a comprender que la adoración verdadera tiene prioridad sobre las relaciones con sus vecinos o hasta con su propia nación. (Josué 2:8-14.) La Atalaya, 1 de octubre de 1984, página 29. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/01/espias-en-el-departamento-de-estado.html
Es verdad que en muchos países es ilegal revelar lo que se halla en registros privados a personas no autorizadas para saberlo. Pero si, después de considerar un asunto con oración, el cristiano cree que se enfrenta a una situación en que la ley de Dios le exigiría informar lo que supiera a pesar de lo que exigieran autoridades menores, entonces acepta esa responsabilidad delante de Jehová. Hay ocasiones en que el cristiano ‘tiene que obedecer a Dios como gobernante más bien que a los hombres’. [...] Puede que haya ocasiones en que las convicciones personales de un siervo fiel de Dios basadas en su conocimiento de la Palabra de Dios lo impulsen a forzar o hasta violar los requisitos de confidencialidad debido a que la ley divina lo requiera como fuerza superior. Habría que desplegar valor y discreción. La Atalaya, 1 de septiembre de 1987, páginas 12-15. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/02/la-confidencialidad-de-tu-historial.html http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/04/australia-pone-contra-las-cuerdas-los.html
También hay que estar al tanto en el posible efecto del artículo en la opinión de la gente del país correspondiente. Algunas veces es mejor no decir ciertas cosas, aunque puedan ser ciertas. Hay que tener cuidado en no presentar para su publicación información que pueda ocasionarles problemas a nuestros hermanos o al funcionamiento de las actividades de nuestra confesión religiosa en el país. Existen multitud de asuntos que podemos escribir y que no perjudicarán nuestra obra (nuestros intereses) y que incluso pueden favorecerla. Branch Organization Manual (edición 2003), capítulo 24 y párrafo 11. http://jhonlemos.files.wordpress.com/2011/07/branch-organization-watchtower.pdf
3. Ahora bien, nuestras tareas se hacen más difíciles debido a que vivimos en una sociedad compleja cuyos integrantes se vuelven cada día más orgullosos, codiciosos y litigantes (2 Timoteo 3:2-4). Por otro lado, los crecientes problemas sociales impulsan a veces a los gobiernos a imponer mayores obligaciones legales a todos los ministros religiosos (en esta carta, la palabra “ministros” alude a los ancianos o superintendentes). Como cristianos, reconocemos la autoridad suprema de Jehová, pero también obedecemos las leyes del país que no trasgreden las leyes divinas (Mateo 22:21; Romanos 13:1, 2). Por esta razón, es imperioso que los ancianos sean prudentes y discernidores, y que siempre sigan las instrucciones y los procedimientos de la organización al atender los asuntos de la congregación que impliquen cuestiones legales (Proverbios 2:6-9).
10. Cuando alguien pide información confidencial. Nunca debéis revelar información confidencial a nadie, a menos que los procedimientos teocráticos lo indiquen o la sucursal [sede nacional] os diga que lo hagáis. (Entre los posibles solicitantes están abogados, la policía, detectives, personal escolar, las partes de una demanda, miembros de la familia [sean testigos de Jehová o no] e incluso otros ancianos ajenos al caso, o personas que no tienen derecho a tener conocimiento del asunto.) Esto es aplicable tanto a información escrita como a conocimientos no escritos que posean los ancianos. También es aplicable a registros de un caso concreto y la información en general, como cartas de la organización, el libro “Pastoreen” y el libro “Organizados”. Aunque sean las autoridades quienes soliciten información confidencial, los ancianos no están obligados a contestar ninguna pregunta (libro Pastoreen, capítulo 6, párrafo 19: “Si las autoridades exigen documentos reservados o piden a los ancianos que declaren sobre asuntos confidenciales de la congregación, se debe llamar enseguida a la sucursal”). Si un anciano entrega tal información, puede exponerse a responsabilidades legales.
http://www.vacunadefe.com/Documents/ks-10.pdf http://es.scribd.com/doc/177784240/Od-s
12. Citaciones. La citación es una orden judicial escrita para que una persona testifique o para que presente cierta documentación o elementos probatorios. Si un anciano recibe una citación, o si os enteráis de que posiblemente se emita alguna para conseguir información oral o escrita concerniente a un asunto de la congregación, llamad de inmediato al Departamento de Asuntos Legales. Hasta donde sea posible, al hacer la llamada, tratad de tener a mano la citación que recibisteis y estad preparados para enviarla por fax. Nunca entreguéis registros, notas ni ningún otro documento ni reveléis ningún asunto confidencial que se pida en una citación sin primero recibir instrucciones del Departamento de Asuntos Legales. Muchos documentos y registros de los archivos de la congregación se pueden proteger contra la divulgación sobre la base del secreto religioso.
DELITOS E INVESTIGACIONES CRIMINALES
14. Informes sobre otro tipo de delitos. Al enteraros de que un testigo de Jehová o alguien que se relaciona con la congregación está implicado en un acto delictivo como acusado o como víctima, llamad de inmediato al Departamento de Servicio. En algunos casos, los ancianos tienen que formar un comité judicial para atender un mal que al mismo tiempo pudiera constituir un delito en materia penal (como asesinato, violación, abuso de menores, fraude, robo, agresión). Normalmente, los ancianos no detienen el proceso del comité judicial, pero es necesario mantener en estricta reserva el asunto a fin de no complicarse innecesariamente con las autoridades que lo estén investigando. Ni siquiera el hecho de que se ha formado un comité judicial debe divulgarse a las personas que no tienen derecho a saberlo (libro Pastoreen, capítulo 6, párrafo 18: Si un periodista o un abogado que representa al acusado se comunica con los ancianos, estos no deben proporcionar ninguna información sobre el caso ni confirmar la existencia de comité judicial. Más bien, darán la siguiente explicación: “El bienestar físico y espiritual de los testigos de Jehová es de primordial importancia para los ancianos, que han sido nombrados para ‘pastorear el rebaño’. Esta labor pastoral se realiza de manera confidencial. Así, quienes acuden a los ancianos por ayuda no tienen que preocuparse de que lo que digan será divulgado más tarde. Por esta razón, no hacemos comentarios en cuanto a si los ancianos se han reunido o se están reuniendo con algún miembro de la congregación”. De ser necesario, puede obtenerse el nombre y el número de teléfono de la persona que solicita la información y decirle que un abogado se pondrá en contacto con ella. Los ancianos deben llamar de inmediato a la sucursal). Además, debéis de comunicaros con el Departamento de Asuntos Legales para saber cómo proteger la confidencialidad en las circunstancias concretas del caso.
15.Órdenes de registro. Los ancianos jamás deben dar su consentimiento para que se registre el Salón del Reino ni ningún otro lugar donde se guarden archivos confidenciales. Los ancianos concienzudos hacen todo lo que razonablemente pueden, de manera pacífica, para proteger la confidencialidad de de la congregación en armonía con el principio que estable Hechos de los Apóstoles 5:29[“Tenemos que obedecer a Dios como gobernante más bien que a los hombres”]. Ahora bien, los representantes de la ley no necesitan vuestro consentimiento si cuentan con una orden de entrada y registro, es decir, una orden en la que un juez les otorga el permiso de registrar ciertas instalaciones en busca de pruebas que pudieran utilizarse en un proceso criminal.
ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS
26. Si al conducir un automóvil en el ministerio del campo, en camino a una reunión o de regreso, o mientras se participa en cualquier otra actividad teocrática, un publicador se ve envuelto en un accidente automovilístico donde hay algún muerto o lesionado grave, los ancianos deben llamar al Departamento de Servicio en cuanto se enteren del asunto. Si alguien (un abogado, otro conductor, un pasajero, un investigador o un policía) se comunica con alguno de los ancianos y le pide una declaración, el anciano no debe decir nada del accidente ni mencionar a los publicadores implicados. […] Carta a los cuerpos de ancianos en España, remitida desde la sede nacional de la confesión religiosa, y fechada el 21 de septiembre de 2012. http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/10/anciano-candido-cuanto-te-fias-del.html http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/04/carta-todos-los-cuerpos-de-ancianos-9.html http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/09/cuidadin-con-caerse-por-las-escaleras.html http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/09/asistencia-mutua-de-salones-de-reino.html
Fin de la cita del diccionario.
Hermana Mª Rosa, espero que todas estas citas puedan ayudarte en tu vía crucis watchtoweriano. Cada uno tiene que tomar sus propias decisiones en la vida y asumir sus responsabilidades. ¡No hay que dejar que éstos impresentables, nos atrofien nuestra moral! Mientras que las mentiras piadosas no perjudican a nadie, algunas de las directrices de la confesión religiosa..., ¡son de juzgado de guardia!
Te pondré un ejemplo. Imagina que monto una asociación de personas, donde a los miembros se les insta por escrito a que revelen datos confidenciales sobre ciudadanos --protegidos por la ley-- archivados en las empresas en las que trabajan como empleados: clínicas, hospitales, despachos de abogados, notarías, etc., etc., etc. ¿Qué haría la Fiscalía General de Estado, en caso de poder leer esas consignas? ¿Me darían un premio honorífico --tipo de estatus del notorio arraigo-- por fomentar el delito..., o me empapelarían? ¿Me honrarían con el estatus del notorio arraigo o me calificarían de organización de malhechores? Piensa y medita. En el nombre de la religión, también se pueden cometer fechorías.
La Atalaya, 1 de septiembre de 1987, páginas 12-15 |
Lo documentamos todo, todo y todo. ¿Quién es el padre de la mentira?
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t10.html