John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.
Mostrando entradas con la etiqueta Carta a los cuerpos de ancianos 5 de octubre de 1998. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Carta a los cuerpos de ancianos 5 de octubre de 1998. Mostrar todas las entradas

jueves, 12 de mayo de 2016

Abuso sexual a menores... suma y sigue de un despropósito

Nízam (el Ojo que todo lo ve)













Carta a los cuerpos de ancianos, 5 de octubre de 1998

     Estimados camaradas y víctimas de los protocolos del Cuerpo Gobernante:

     El tema de los abusos sexuales infantiles es uno abierto e inconcluso. El cuerpo eclesiástico de nuestra entrañable confesión religiosa sigue encasillado en el protocolo de abusos sexuales a menores dentro del ámbito de la organización religiosa: este tipo de casos y delitos, no son denunciados automática e inmediatamente ante la autoridad competente. Dicho de otra manera, se enquistan en su máxima: los trapos sucios se lavan en casa.

     En tanto en cuanto no cambien de política, desde este ilustre y apóstata blog seguiré denunciando un despropósito que perjudica la seguridad de la infancia y "protege" en el anonimato a los depredadores sexuales de menores. Por este motivo, esta es la cuarta entrega en orden cronológico de la correspondencia con las directrices y protocolos emitidos desde la sede mundial --a través de la sede nacional en España-- a todos los cuerpos de ancianos en la piel de toro. Cartas que desconoce el testigo de Jehová de a pie, pues son de naturaleza confidencial y no son leídas a las comunidades locales (congregaciones).
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2016/03/abuso-sexual-menores-no-todo-se-puede.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2016/03/abuso-de-menores-y-la-voluntad-de-dios.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2016/04/el-watchtowergate-y-deep-throat.html

     Gracias a la incansable labor de nuestro hermano Nízam, los simples mortales y apoquinantes netos tenemos la posibilidad de leerlas, examinarlas y criticar los excesos. Actualmente, Nízam, es la persona más buscada en España por los agentes Watch. El objetivo es localizarle, y neutralizarle vía comité judicial en la trastienda del Salón del Reino de turno, con alevosía, nocturnidad y sin luz ni taquígrafos. Es el puro estilo watchtoweriano..., ¡opacidad a espuertas!

     Sin embargo, es la voluntad de Dios que su pueblo esté informado a su debido tiempo. Somos instrumentos en sus manos. El clamor de las víctimas ha llegado hasta los mismísimos cielos y el Señor está utilizando al gobierno y justicia secular haciendo que los teócratas sin parangón entren en vereda. Poco a poco y tiempo al tiempo.

     Una vez hecha la introducción de rigor, toca empezar con el análisis pertinente de esta misiva teocrática. ¡Va por ustedes!

     Es una carta fechada el 5 de octubre de 1998, consta de tres páginas y dos más que contienen los correpondientes impresos a cumplimentar por los ancianos para remitir a la sede nacional de la entidad religiosa. Como siempre, va dirigida exclusivamente a todos los cuerpos de ancianos en España, que son quienes gobiernan --siguiendo estas directrices-- las comunidades locales de creyentes.

     C O N F I D E N C I A L:  Así comienza la carta. A buen entendedor, pocas palabras bastan. Nada de esto puede trascender ni a nivel interno ni externo..., ¡y mucho menos a la opinión pública! Todo debe quedar exclusivamente en el ámbito de los cuerpos de ancianos. Todo queda en casa.

     “Envíen a la central [sede nacional] un informe sobre cualquier publicador de su congregación de quien se sepa que en el pasado abusó de menores y que en estos momentos sirva, o haya servido, en alguna posición nombrado por la Sociedad”. Tenemos noticias de que algunos ancianos creen que esta directriz no es aplicable si la persona en cuestión abusó de un niño antes del bautismo. Pues bien, los ancianos deben escribir a la sucursal [sede nacional] incluso en esa circunstancia y aunque el incidente haya ocurrido hace muchos años. Si algún cuerpo de ancianos no ha informado alguno de estos casos, debe hacerlo de inmediato. Además, toda la correspondencia que se guarde en el archivo confidencial de la congregación sobre una persona acusada de abuso de menores, se haya probado o no, debe llevar escrita la frase “No destruir”, y guardarse indefinidamente

     O sea, según esta misiva teocrática, hay que mandar un informe pormenorizado a la sede nacional de los testigos de Jehová en España con los casos del abuso sexual infantil en cuestión. En esta ubicación estaría lo que podríamos denominar el "Archivo nacional de casos de abusos a menores". Después, en la comunidad local, también se tendría un archivo con este tipo de casos o delitos cometidos en esta demarcación. Archivos marcados con un nítido "No destruir", y que se deberían guardar indefinidamente. En resumidas cuentas, al final, ¿cuántas personas tienen acceso con el transcurso de los años a ambos archivos y por lo tanto tienen conocimiento del delito? Recordemos que es un informe exhaustivo sobre el delito: quién lo cometió, quién fue la víctima, en qué consistieron los abusos, lugar, fecha, etc., etc., etc.
Cuando se presentó la Unidad 5(b) —“TENGAMOS DISCERNIMIENTO AL ATENDER ASUNTOS GRAVES”— del curso complementario de la Escuela del Ministerio del Reino para ancianos de congregación, [...]
     ¿Es un asunto "grave" el abuso sexual infantil? ¡Pues sí! Incluso, diría más que grave..., un delito tipificado en el Código Penal Español. Cuando a las cosas las llamamos por su nombre, la luz y la claridad nos iluminan y no nos confunden con eufemismos teocráticos. Y cualquiera que se preocupe por la protección a la infancia, no dudaría ni un instante en denunciar ante la policía cualquier presunto caso de abuso sexual infantil. ¡No preciso ni del plácet ni del visto bueno de la sede nacional de ninguna organización! Que para más inri, va a ser que no. No lo habrá. Así que podemos esperar sentados eternamente.
Algunos hermanos han preguntado cómo y por qué deben afectar las consideraciones legales nuestras recomendaciones de quienes en el pasado fueron culpables de abuso de menores.
     Que pastores de la entidad religiosa se cuestionen la supremacía de las leyes seculares, como si la comunidad religiosa pudiese vivir al margen de la ley seglar..., ¡dice mucho del conocimiento que tienen de la Constitución Española y la legislación española! Además, que no vean inconveniente en que alguien que haya abusado sexualmente de menores pueda ser nombrado para ejercer un cargo como pastor religioso a cargo del rebaño..., ¡es para ir a mear y no echar gota! Surrealista.
A los hermanos a quienes se conceden privilegios de servicio, como los ancianos y siervos ministeriales, se les coloca en un puesto de confianza. Los demás consideran que la persona que recibe privilegios en la congregación es digna de confianza, y se sienten con más libertad para dejar que cuide o supervise a niños pequeños.
     ¿Hace falta que a los pastores religiosos se les tenga que recordar esto tan elemental? ¿Qué tipo de pruebas de capacitación tienen que superar para alcanzar el cargo de anciano o siervo ministerial? ¿O solo se les exige obediencia ciega al Cuerpo Gobernante...?
La congregación quedaría desprotegida si nombráramos prematuramente anciano o siervo ministerial a un individuo que abusó de menores.  
     Parece que digan: para nombrar en el cargo a alguien que abusó sexualmente de menores hemos de tomar precauciones, sin prisas, dejando que pase más tiempo del habitual. Si embargo, admiten la posibilidad de nombrar en el cargo al agresor sexual. Como demuestra la historia judicial reciente de los casos de abusos de menores donde se ha visto implicada la confesión religiosa de los testigos de Jehová, La "congregación ha quedado desprotegida" porque efectivamente se nombraron para el cargo a depredadores sexuales.
Además, los funcionarios judiciales y los abogados responsabilizarán a toda organización que con conocimiento de causa coloque en puestos de confianza a personas que en el pasado abusaron de menores, si alguna de ellas volviera a abusar de un niño más adelante. Esta situación podría resultar en pleitos costosos para los cuales habría que dedicar fondos que deben utilizarse para impulsar la obra del Reino.
     Los mandamases siempre han estado al tanto de las implicaciones legales de sus protocolos. Da la impresión que la preocupación principal es que la organización religiosa pueda ser demandada judicialmente y el dineral que puede suponer esto para las arcas teocráticas. No se habla de que la prioridad es la seguridad de los niños y que por eso --y sin importar las lagunas legales o las indemnizaciones o los costosos procesos judiciales-- bajo ningún concepto se puede puede correr el riesgo y permitir que quien ha abusado sexualmente de menores pueda tener un cargo de confianza en la comunidad religiosa..., sin importar el tiempo que pase o la notoriedad del caso.
De modo que también han de sopesarse las consideraciones legales, además del grado de notoriedad, el alcance de la mala conducta, cuántos años han pasado y cómo ven al hermano ahora la congregación y las personas de la comunidad, incluidas las víctimas.
      De modo que, una vez hablado de las posibles repercusiones legales y el impacto en la hucha de la entidad religiosa, nos iluminan con lo siguiente: para que se pueda nombrar en el cargo a alguien que abusó de menores, se deben tomar en cuenta ciertas consideraciones. Por ejemplo: el grado de notoriedad pública que alcanzó el abuso sexual; el alcance de la mala conducta --violó a uno o a un centenar--; cuántos años han pasado --¿ha conseguido el paso del tiempo borrar el recuerdo de que se cometió el delito?--; cómo ven al hermano los miembros de la comunidad religiosa local y las personas del municipio --¿saben algo de lo que pasó o no trascendió?--.

     Y como colofón: cómo vería la víctima que quien abusó de ella fuese nombrado para un cargo de confianza en la confesión religiosa... La traca final. ¿No se pueden imaginar cómo se sentiría la víctima? ¿Qué creen, que aplaudiría el nombramiento en el cargo de quien abusó de ella? ¿O cada vez que le viera la cara, con cargo y sin cargo, le costaría una enfermedad al recordarle todo lo que pasó, el crimen que se cometió contra ella?

     La pregunta que se me ocurre es la siguiente: ¿Están estos gerifaltes religiosos cualificados para redactar protocolos sobre el abuso sexual infantil? ¿Se han molestado en conocer qué secuelas padecen las víctimas de los abusos? ¿O las probabilidades de que el agresor sexual reincida, sea en el ámbito de la confesión religiosa o fuera de él?

     Para un servidor, el Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová está más preocupado por la fama y la hacienda que por la seguridad de los niños. El movimiento se demuestra andando y todo lo que no sea la denuncia inmediata y automática ante la autoridad competente de un presunto caso de abuso sexual a menores... es proteger en el anonimato al depredador sexual de menores.

     Por estos motivos, Dios mediante, seguiremos informando desde este blog al pardillo integral ibérico y allende los mares. Nos esperan más cartas. Más consignas. Más despropósitos en el nombre de Dios. Pero, nosotros, seguimos la consigna: A Dios rogando y con el mazo dando...

     Terminamos que con mi lema preferido: lo documentamos todo, todo y todo. ¿Quién es el padre de la mentira y las opacidades diversas?