John Henry Kurtz (JHK). Con la tecnología de Blogger.

sábado, 10 de enero de 2015

La Charity Commission aprieta las tuercas a los testigos de Jehová


https://jwleaks.files.wordpress.com/2015/01/watchtower-v-charity-commission-tribunal-directions-23-december-2014.pdf

https://www.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/393721/charity-register-cases.pdf

     Estimados camaradas ninguneados por los de la esperanza celestial y trianera:

    En el Reino Unido, la confesión religiosa de los testigos de Jehová está reconocida como una entidad benéfica o caritativa y por lo tanto exenta de ciertos impuestos.  Sin embargo, no todo son beneficios económicos por disfrutar de este estatus; tienen que aceptar las normas que deben regir a este tipo de organizaciones y someterse al órgano regulador de estas..., ¡la Charity Commission!  De modo que, en esas estamos.  La noticia de hoy trata sobre este asunto.  ¡Va por ustedes!

LOS TESTIGOS DE JEHOVÁ APELAN AL TRIBUNAL DE ENTIDADES BENÉFICAS CONTRA LA INVESTIGACIÓN INICIADA POR EL ÓRGANO REGULADOR DE ESTAS ENTIDADES

8 de enero de 2015
Escrito por: Sam Burne James

La Watch Tower Bible and Tract Society of Britain presentó la apelación el mes pasado; la Charity Commission anunció una comisión de investigación el pasado mes de junio de 2014.

El Cuerpo Gobernante de los testigos de Jehová en el Reino Unido ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal de Entidades Benéficas contra la decisión de la Charity Commission de formar una comisión de investigación sobre varios asuntos, entre los que estarían la política de protección a la infancia.

La comisión anunció el mes de junio de 2014 una investigación a la Watch Tower Bible and Tract Society of Britain.  La investigación se centraría en una serie de asuntos, incluidas la administración, gobernanza y dirección de la entidad benéfica, y sus protocolos de protección a la infancia.  La comisión había recibido denuncias sobre el trato que había dispensado una congregación (de los testigos de Jehová) de Manchester a un excargo que había pasado nueve meses en la cárcel por agresiones sexuales a dos muchachas.
http://www.thirdsector.co.uk/charity-commission-investigates-jehovahs-witness-congregation-relation-indecent-assault-case/governance/article/1296113
https://www.gov.uk/government/news/charity-commission-investigates-jehovahs-witnesses-charities

En aquel tiempo la Watch Tower dijo que presentaría un recurso de apelación, pero no lo ha hecho hasta el 22 de diciembre de 2014.  Un portavoz de la sociedad dijo: "Confirmamos que el recurso de apelación presentado ante el Tribunal de Entidades Benéficas es contra la comisión de investigación de junio de 2014 contra la Watch Tower".

El documento remitido por el tribunal a la comisión el pasado 23 de diciembre, y publicado en Internet la semana siguiente (está colgado al principio), indica que este recurso de apelación se ha podido presentar fuera de plazo.  El tribunal da de plazo a la comisión hasta finales de este mes para que le diga si informó a la Sociedad de su derecho de apelación después que decidiese formar una comisión de investigación.

En junio, formó una comisión de investigación a la congregación de los testigos de Jehová localizada en Manchester, y los encargados de la congregación apelaron esta decisión en el mes de julio.  Está programada para el próximo 20 de enero de 2015 una vista oral por vídeoconferencia .
http://www.thirdsector.co.uk/jehovahs-witnesses-appeal-charity-tribunal-against-regulators-statutory-inquiry/governance/article/1328401

     Fin de la traducción apóstata.

     Enlaces relacionados con esta noticia:
http://www.thirdsector.co.uk/jehovahs-witnesses-spiritual-healers-top-complaints-charity-commission/governance/article/1165755?HAYILC=RELATED
http://www.thirdsector.co.uk/charity-commission-investigates-jehovahs-witness-congregation-relation-indecent-assault-case/governance/article/1296113?HAYILC=RELATED
http://www.thirdsector.co.uk/charity-commission-opens-case-jehovahs-witnesses-congregation-member-found-guilty-sex-offences/governance/article/1301524?HAYILC=RELATED
http://www.thirdsector.co.uk/jehovahs-witness-congregation-lodges-appeal-charity-tribunal-statutory-inquiry/governance/article/1305307?HAYILC=RELATED

     Las normas que regulan este tipo de apelación de entidades benéficas contra decisiones de la Charity Commission, están en el siguiente enlace:
http://blogs.ncvo.org.uk/wp-content/uploads/elizabeth-chamberlain/NCVO-The-Charity-Tribunal.pdf

     Un servidor, ha estado haciendo un seguimiento de esta noticia desde sus orígenes y con la inestimable ayuda del Topo Ajalvireño, traduciendo las noticias al español:
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2013/01/sintiendo-el-aliento-en-la-nuca-charity.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/07/la-charity-commission-abre-una.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2009/05/comision-de-investigacion-en-el-reino.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2011/10/estalla-una-guerra-dialectica-entre-los.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2008/03/en-el-reino-unido-os-han-pillado.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/07/borrando-las-huellas-que-viene-el-cesar.html

     En resumidas cuentas, el órgano regulador de las entidades benéficas en el Reino Unido --la Charity Commission-- lleva unos años recibiendo denuncias sobre ciertos asuntos que afectan a los testigos de Jehová.  Según mi opinión, por lo que he podido leer en la prensa y documentación relacionada: la posibilidad de incitar al odio contra los exmiembros de la confesión religiosa, la coerción que se ejerce en los miembros de la comunidad religiosa para que no acepten tratamientos médicos como lo son las transfusiones sanguíneas, y el no denunciar ante la autoridad competente los presuntos abusos sexuales a menores que se cometen periódicamente en el ámbito de la confesión religiosa.  Posiblemente, me habré dejado alguno en el tintero, pero básicamente creo que son los más preocupantes para la opinión pública británica.

     Nuestra entidad religiosa se enfrenta a un problema añadido: ha presentado la apelación fuera de plazo.  Según la legislación que regula este tipo de conflictos, los gerifaltes de la entidad benéfica tenían 42 días de plazo para presentar la apelación.  Hagamos la cuenta de la vieja: el 10 de junio de 2014 se anuncia públicamente que se abre una investigación a los testigos de Jehová.  Sin embargo, la organización religiosa presenta la apelación el 22 de diciembre de 2014..., ¡196 días en total!  Parece que el anuncio de la creación de la comisión de investigación cogió al Cuerpo Gobernante con el pie cambiado.   Estaba "traslapado" con tanta profecía falluta y verdad caduca...  ¡No se puede estar en todo!  ¡En misa y repicando!  ¡En el plato y en las tajadas! ¡No se puede dormir y guardar la era!  Leer y comer, no puede ser...

     Aunque, ahora le toca al juez decidir si hay motivos para aceptar esta apelación fuera de plazo.  La Watch Tower Bible and Tract Society of Britain tendrá que explicarse.  También, en la carta colgada al principio de esta entrada, el juez Jonathan Holbrook, pregunta lo siguiente a la Charity Commission en vista de que esta apelación está presentado fuera de plazo:

(1) ¿Acepta la Comisión que la decisión que adoptó es apelable ante este tribunal?

(2) Si es así, ¿cuándo se tomó esa decisión?

(3) ¿Qué información se suministró a los apelantes sobre su derecho a poder apelar la decisión ante este tribunal y el plazo para presentar la apelación?

(4) ¿Acepta la Comisión que cada uno de los (dos) apelantes es una persona jurídica que cumple con los requisitos expuestos según constan en la columna 2 de la tabla del Anexo 6 de la Ley que regula las actividades de la Entidades Benéficas del año 2011, y así legitimadas para poder apelar?

(5) ¿Se opone la Comisión a que este tribunal acepte esta apelación presentada fuera de plazo, y si es así por qué?

La Charity Commission tiene 21 días de plazo para responder a esta preguntas a partir de la fecha del 23 de diciembre de 2014, después de lo cual este tribunal también preguntará a los apelantes sobre si quiere añadir algo en función de las respuestas que de la Charity Commission y entonces este tribunal decidirá si procede aceptar o no esta apelación.

     Fin de la traducción apóstata.

Vista de una audiencia típica de este tribunal
http://blogs.ncvo.org.uk/wp-content/uploads/elizabeth-chamberlain/NCVO-The-Charity-Tribunal.pdf
  De modo que, queridos hermanos apóstatas, seguiremos con sumo cuidado y atención el desarrollo de todo este 'embolao' teocrático y os lo contaremos en vivo y en directo.  Lo que único que se me ocurre decir es que la ineptitud del Cuerpo Gobernante es proverbial --como no podía ser de otra manera bíblicamente-- y los tiempos y la sazones se les echan encima de una manera descarada.

     La verdad, toda la verdad y nada más que la verdad.  ¿Quién es el padre de la mentira y de los tejemaneje teocráticos?

jueves, 8 de enero de 2015

Consultorio teocrático: "¿Es bíblico el matrimonio concertado?"



     Estimados compadres en la diáspora watchtoweriana:

     Nuestra hermana Mª Carmen, desde Gerona, nos hace llegar sus inquietudes espirituales.  Dice no confiar mucho en los ancianos de su congregación  --indocumentados académicos--  y prefiere contactar con la apostasía para realizar una consulta rabiosamente teocrática.  Ella lo dice así:

"El domingo pasado, mientras predicaba por Castellfullit de la Roca, una señora nos explicó que una de las cosas que no le gustaba de los testigos de Jehová, era que permitían los matrimonios concertados.  Yo lo dije que eso no era cierto.  Ella me sugirió que me documentara y que después volviese a visitarla.  Le pregunté a mi marido, ya que él está absorto en conservar sus cargos teocráticos y aspira a escalar más alto en la pirámide de la Organización.  Y, después de escucharme, me advirtió que tuviese cuidado; la señora podía ser una periodista, o lo que es peor aún..., ¡apóstata!

En definitiva y resumiendo, me dijo que en vista que los matrimonios concertados están mal vistos en nuestro entorno  --la opinión pública los relaciona negativamente con religiones integristas--  era mejor decirle que para los testigos de Jehová el matrimonio concertado es algo repugnante y contrario a lo que creemos, practicamos y enseñamos.  Sin embargo, no quiero volver al domicilio de esa señora y quedar en ridículo, o peor, ¡por mentirosa!  ¿Podéis echarme una mano desde el lado oscuro?".

     Hermana Mª Carmen, gracias por confiar en la apostasía ibérica.  Nosotros nunca te mentiremos.  Tampoco te pediremos dinero.  Ni tu piso.  Ni tu herencia.  ¡Nada de nada!  Lo nuestro es amor puro, sin intereses..., económicos.  Lo nuestro es la documentación, la demagogia se la dejamos a los agentes Watch a sueldo, especialmente a nuestro hermano granadino que está de retiro espiritual en una cueva del Sacromonte.  Por lo tanto, toma nota de las siguientes citas literales que han aparecido en las publicaciones de nuestra entrañable confesión religiosa del notorio arraigo y olé.  ¡Va por ustedes!

                 El mío fue un matrimonio arreglado

VIVO en la India y hoy, 19 de mayo de 1971, es el día de mis bodas. En solo dos horas se llevará a cabo la ceremonia nupcial que me unirá en matrimonio al hombre que será mi compañero de toda la vida, con el que compartiré las alegrías y los problemas de la vida, pero un hombre que hasta ahora no conozco.

No había pensado seriamente acerca del matrimonio hasta hace unos pocos meses, cuando mi madre me dijo que una excelente familia había preguntado si ella y papá darían a su hija en matrimonio a su hijo.  Pero ahora estamos llegando al salón donde pronto veré al que será mi esposo. Al entrar al salón me doy cuenta de que él está sentado al frente, y la excitación comienza a agitarse dentro de mí. Mis pensamientos se amontonan, mi corazón late más aprisa. Al sentarme a su lado no puedo permanecer calmada. Entonces comienza el sermón bíblico, y pronto oigo la firme voz de mi esposo al hacer su promesa de amarme y cuidarme, y siento más confianza.

Ahora es mi turno, y estoy pronta y dispuesta a prometer amar y respetar profundamente al que mis padres han cuidadosa, atenta y amorosamente elegido para ser mi esposo. [...]

                               Mi casamiento

Por la propia historia de mi madre el lector puede ver que mis padres han tenido experiencia, y por consejo de ellos pude ver qué importante es el cuidar nuestra conducta a medida que crecemos. En toda ocasión en que estamos delante de otros, no sabemos quién nos puede estar observando. Si nuestra conducta no es buena, ¿cómo podemos esperar que algún día alguien distinguido nos escoja como cónyuge para su hijo? Si no fuera así, nos pasaríamos el resto de nuestra vida lamentándonos de no haber podido tener un buen matrimonio.

Ahora ya ha terminado la ceremonia matrimonial, y nos despedimos del gentío entrando en un auto para un corto intervalo antes de la recepción. Es nuestra primera oportunidad de tener unas pocas palabras juntos. Estoy tan emocionada de descubrir que mi esposo es mejor que cualquiera que hubiera podido imaginarme o desear. Es tan amable conmigo. Mi corazón se desborda de alegría y amor cuando en esos primeros instantes me dice: “Si me equivoco, debes corregirme, y yo te corregiré cuando tú te equivoques. Debemos siempre tener comprensión entre nosotros.” Habló también de ayudarnos unos a otros espiritualmente estudiando juntos la Biblia.

Me siento muy feliz de comenzar mi vida matrimonial con tan excelente compañero. En verdad estoy agradecida a Jehová Dios, así como a mis amorosos padres que han puesto tanto cuidado en escogerme un esposo tan excelente.—Contribuido. ¡Despertad! 22 de noviembre de 1972, páginas 20-23.

No obstante, los que se separan de tales tradiciones se encaran a considerable presión de la familia, especialmente en lo relativo a la tradición del matrimonio por arreglo. Al hacer frente a esta situación, una joven de la India dio un testimonio cabal a los hombres que le habían presentado como sus esposos en perspectiva. Cada uno decidió, a su vez, que no quería casarse con ella en vista de sus firmes creencias religiosas. Con el tiempo, con el consentimiento de sus padres, la joven se casó con un Testigo indio. Ahora son una familia unida en el servicio de Jehová. La Atalaya 15 de mayo de 1985, página 30.

Otro ejemplo de cómo los principios bíblicos pueden chocar con las costumbres locales tiene que ver con el que los padres decidan con quién se han de casar sus hijos. Para los hijos cristianos que tienen padres incrédulos esto, por lo general, presenta un verdadero problema, pues los padres creen que han fracasado si sus hijos no están casados para cierta edad. De modo que una gran presión, incluso palizas, se ejerce para obligar a los hijos, y especialmente a las hijas, a casarse. Cuando escasean los cristianos disponibles para casarse, los padres incrédulos harán casi cualquier cosa por preparar un casamiento para su hijo o hija; pero el cristiano recordará el principio de casarse “solo en el Señor”. (1 Corintios 7:39; Deuteronomio 7:3, 4.)

         Los beneficios de obedecer los principios bíblicos

La sobresaliente belleza de los principios bíblicos es que pueden traer mejoras a la vida de cualquier persona que desee aplicarlos, prescindiendo del lugar donde viva. Estos son consecuentes y unen a las familias. Hacen que las personas sean más honradas y que lleguen a ser mejores esposos y padres, mejores esposas y madres, mejores hijos, mejores empleados. Estas personas pueden sobreponerse a los problemas causados por las costumbres locales conflictivas y equilibrar la aplicación de esas costumbres que, aunque no van directamente en contra de lo que es la voluntad de Dios para el hombre, dificultan más el amoldarse a esa voluntad de Él. La Atalaya 1 de febrero de 1987, páginas 6 y 7.

El matrimonio no solo afectaba a la familia, sino también a toda la tribu o comunidad patriarcal, pues podía incidir en la fuerza de la tribu, así como en su economía. Por esta razón, la selección de una esposa y todos los acuerdos, lo que abarcaba los económicos, tenían que fijarlos los padres o tutores implicados, aunque a veces se buscaba el consentimiento de los contrayentes (Gé 24:8) y no se solían pasar por alto los sentimientos románticos de ambos. (Gé 29:20; 1Sa 18:20, 27, 28.) Por lo general, los padres del joven llevaban a cabo los primeros pasos o proposiciones, pero a veces eran los padres de la muchacha, en especial si había diferencia de rango. (Jos 15:16, 17; 1Sa 18:20-27.)

Parece que la costumbre general consistía en que un hombre buscase una esposa entre sus propios parientes o dentro de su tribu, como se deduce de lo que Labán le dijo a Jacob referente a su hija: “Mejor me es darla a ti que darla a otro hombre”. (Gé 29:19.) Los adoradores de Jehová, sobre todo, seguían esta costumbre, como Abrahán, quien envió a buscar de entre sus parientes en su propio país una esposa para su hijo Isaac, más bien que tomar una de las hijas de los cananeos, en medio de los que estaba morando. (Gé 24:3, 4.) Se desaprobaban y se desanimaban con firmeza los matrimonios con los que no adoraban a Jehová. Era una forma de deslealtad. (Gé 26:34, 35.)  Perspicacia para comprender las Escrituras, volumen 2, página 343.

                              Matrimonio concertado

[...] Los padres cristianos que vayan a concertar un matrimonio deben cuestionarse las razones que los mueven. Cuando el materialismo o el deseo de prestigio son los factores que determinan la elección de pareja, surgen dificultades (1 Timoteo 6:9). Por ello, los que realizan la elección deberían preguntarse: “¿He tomado esta decisión motivado por el interés en la felicidad y la salud espiritual de ambos contrayentes? ¿O más bien he tratado de mejorar la posición social o económica de la familia, o de recibir ciertos beneficios monetarios?” (Proverbios 20:21).

El consejo que da la Biblia es claro y beneficioso. Indistintamente de quién realice la elección, lo más importante al escoger cónyuge es la virtud y espiritualidad de este. Cuando se tienen dichos aspectos presentes, se honra al Autor del matrimonio, Jehová Dios, y los recién casados pueden partir de una base espiritual sólida, que contribuirá mucho a que su unión sea feliz y enriquecedora (Mateo 7:24, 25). ¡Despertad! 8 de octubre de 1999, página 19.

Antes de nada, pensemos en lo que esperan las personas de tu entorno, es decir, tu familia y la comunidad. Por ejemplo, ¿es costumbre donde vives que sean los padres quienes busquen cónyuge a los hijos? Claro, tal vez creas que el noviazgo y el matrimonio son asuntos personales, pero aun así, los cristianos procuramos no ofender innecesariamente a nadie, por lo que tomamos en cuenta los sentimientos de la familia y las personas allegadas. Los jóvenes preguntan... página 20.

En muchas culturas, la tradición dicta que los matrimonios sean concertados. Se parte de la base de que, como los padres tienen más sabiduría y experiencia, están más capacitados para buscarles pareja a los hijos. Y lo cierto es que, como en tiempos bíblicos, dichos matrimonios suelen salir bien. Los padres que tengan la responsabilidad de tomar esa importante decisión aprenderán mucho de Abrahán. Cuando decidió buscarle esposa a su hijo Isaac, no dio importancia ni al dinero ni a la posición social de la joven. Más bien, valiéndose de su siervo, se tomó el trabajo de localizar a una mujer que adoraba a Jehová (Génesis 24:3, 67).  Manténganse en el amor de Dios (2008) (2014), página 115, párrafo 12.

Fin de las citas.

     Por lo tanto, el matrimonio concertado ha estado y está permitido dentro del colectivo de los testigos de Jehová, siempre y cuando este se celebre entre miembros de la confesión religiosa..., ¡ese es el único impedimento!  No encuentran razones teológicas que impidan tales uniones, más bien al contrario.

     Al hilo con este tema, haré mención de una noticia que ha colgado nuestra hermana Barbara Anderson, sobre una nueva ley en Canadá que prohibirá los matrimonios concertados.  Sale también el relato de una extestigo de Jehová, de nombre Marsh, que sufrió este calvario de un matrimonio concertado en los años setenta.  La experiencia es algo larga y se merece una entrada aparte.   Sin embargo, el portavoz de la confesión religiosa en Canadá miente como un bellaco cuando declara solemnemente:

Los testigos de Jehová en Canadá no han respondido de manera directa las denuncias efectuadas por Marsh, pero uno de sus portavoces dijo por medio de un correo electrónico: "el matrimonio concertado, y el que las esposas sean sometidas a prácticas maritales contra su voluntad, el algo repugnante y contrario a lo que los testigos de Jehová creen, practican y enseñan".

     De modo que, mentirosillo hermano portavoz, según la documentación oficial de nuestra propia confesión religiosa --a la que representas-- estás mintiendo descaradamente.  Por supuesto, a un servidor no le extraña nada la mentira y el engaño cuando procede de un portavoz como tú: la entidad religiosa justifica la mentira cuando esta logra salvar la buena imagen pública y el patrimonio económico de la única Organización elegida por Dios.
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/01/consultorio-teocratico-puedo-mentir.html
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2014/03/la-estrategia-de-guerra-teocratica-del.html

     Para concluir, apreciada hermana Mª Carmen, creo que hemos contestado safisfactoria y documentalmente tu pregunta teocrática.  Ahora, cuando visites de nuevo a esa Sra., ya no tendrás ni que mentir ni hacer el ridículo en el nombre de Dios.  Simplemente, quedarás en paz contigo misma al darle la razón..., ¡y aquí paz y después gloria!

     La verdad, toda la verdad y nada más que la verdad.  ¿Quién es el padre de la mentira y de los innumerables chanchullos teocráticos?...

miércoles, 7 de enero de 2015

El caso Candace Conti contra los testigos de Jehová... la apelación



https://www.youtube.com/playlist?list=PL0AD65700FA3182B9
   


     Estimadas víctimas de las directrices del Cuerpo Gobernante:

     La bola de nieve sobre los casos de abusos sexuales a menores dentro del ámbito de nuestra confesión religiosa, sigue creciendo día a día.  Esto no hay quien lo pare, ¡ni siquiera el todopoderoso caballero don Dinero.  El archiconocido caso de Candace Conti contra los testigos de Jehová en los EE.UU., por los abusos sexuales sufridos siendo niña, sigue imparablemente su curso.

     La entidad religiosa fue condenada a indemnizar a la víctima con 8.610.000 dólares.  Sin embargo, a los gerifaltes teocráticos les hubiera convenido más un acuerdo extrajudicial que impidiese sufrir una pública condena judicial que dañase su imagen.  Aunque, el dinero también les escuece..., ¡todo hay que decirlo!  De modo que apelaron aquella sentencia y, como ha pasado el tiempo y no ha llegado el fin del mundo que nos prometen todos los días, lo que sí ha llegado ha sido el juicio que atenderá dicha apelación.

     Nuestra hermana Barbara Anderson, nos informa lo siguiente sobre el caso:

EL PRÓXIMO 14 DE ENERO DE 2015, A LAS 9,00 HORAS, ESTÁ PROGRAMADA LA VISTA ORAL SOBRE LA APELACIÓN DEL CASO CONTI.  RESUMEN DE LA QUEJA PRESENTADA POR LA DEMANDADA WATCHTOWER SOBRE LOS ERRORES COMETIDOS EN EL JUICIO CONDENATORIO (PARA VUESTRA INFORMACIÓN).

Resumen de la queja sobre los errores cometidos en la sentencia condenatoria presentada por la Watchtower para la vista oral del juicio de apelación y la respuesta de la parte demandante.

Las siguientes declaraciones han sido tomadas de la introducción del escrito presentado A136641 por el abogado de la víctima Richard Simons, como respuesta a la queja presentada por la Watchtower.

Los demandados sostienen que la obligación jurídica (condena) impuesta por el tribunal de primera instancia vulnera su libertad religiosa.  Sin embargo, está bien establecido que una organización religiosa no puede blindarse a sí misma contra una demanda por responsabilidades al designar como "creencia religiosa" una conducta jurídicamente proscrita.

Primero, ellos afirman que hubo un error por parte del tribunal de primera instancia al rehusar informar al jurado sobre los requisitos de la ley de California sobre la obligatoriedad de denunciar los abusos sexuales a menores vigente en el 1993.  Ellos denuncian que el error sería sobre las pruebas, no de instrucción, porque los acusados sostienen que la instrucción denegada era necesaria para "corregir" el testimonio de los expertos en legislación sobre la obligatoriedad de denunciar los abusos sexuales a menores.

La Watchtower provocó este error al presuntamente obtener un testimonio impropio y la congregación renunció a su derecho al no oponerse a la declaración.  En todo caso, las responsabilidades sobre la obligatoriedad de denunciar no eran parte del caso, y por lo tanto el tribunal de primera instancia instruyó adecuadamente al jurado a no tener en cuenta el estatuto o el testimonio del experto concerniente a decidir la responsabilidad del acusado.

Los acusados denuncian un error en la decisión del tribunal de excluir a los padres de la demandante y a las fuerzas del orden de este veredicto especial como culpables potenciales.  No obstante, las pruebas era insuficientes para presentar un caso prima facie ["versión de una de las partes que viene avalada por pruebas que, sin ser concluyentes, tienen cierto peso y pueden ser suficientes, si la otra parte no las tiene mejores".] de responsabilidad con respecto alguna de estas partes.

Finalmente, la Watchtower ataca la indemnización por daños punitivos.  Primero, ellos argumentan que las pruebas eran insuficientes como para concluir que hubo intencionalidad.  La evidencia sustancial, sin embargo, probó que la Watchtower conscientemente se despreocupó del riesgo que representaba Kendrick, un conocido pederasta, para los niños de la congregación, incluida la demandante.  A pesar de que la Watchtower sabía lo difícil que es descubrir a los pederastas y que éstos a menudo reinciden, sin embargo prefirió mantenerlo en secreto de los miembros de la congregación el hecho de que Kendrick había abusado sexualmente de una niña para protegerse ella misma (la confesión religiosa) de responsabilidad civil.  Para más inri, asignó a la demandante para que trabajase con Kendrick en la predicación pública.

Segundo, la Watchtower argumenta que la indemnización por daños punitivos es inconstitucionalmente excesiva.  El jurado fijó una indemnización por daños y perjuicios de 7.000.000 de dólares y 21.000.001 por daños punitivos, que posteriormente fue reducida por el juez a 8.610.000 dólares.  Los daños punitivos están plenamente justificados por la conducta reprensible de la Watchtower.  No hubo base para demostrar que otras personas también fueron perjudicadas porque tal evidencia no fue admitida; además, el jurado recibió instrucciones de no considerar estos daños al determinar la cuantía de la indemnización por daños punitivos.

Finalmente, descontando la cantidad perdonada, la indemnización es solo tres veces el "baremo básico" por daños y perjuicios encontrándola el juez (7AA 1938) dentro de los límites constitucionales.

Los acusados fallan al intentar encontrar errores en la sentencia, y mucho menos errores destinados a producir un perjuicio.  Su selectivo y muy inexacto informe de los hechos junto con su fracaso para citar fuentes relevantes, suponen admisiones tácitas de que su recurso carece de fundamento.

La sentencia debe ser ratificada.

http://www.jehovahs-witness.com/topic/38040001/conti-appeal-oral-arguments-slated-9-m-jan-14-2014-recap-defendant-watchtowers-complaint-errors-your-info

     Fin de la traducción apóstata.

     Esperamos como anhelo la celebración de la vista oral el próximo día 14.  Desde esta "Atalaya" apóstata, estaremos pendientes de las noticias que nos vayan llegando y de esta manera informar a la casa de la fe y de la fa.

     La confesión religiosa del notorio arraigo y olé, le ha salvado la campana el haber llegado a acuerdos extrajudiciales.  Sin embargo, afortunadamente, a la justicia estadounidense no le tiembla el pulso y más pronto que tarde los miembros del Cuerpo Gobernante tendrán que dar la cara en juicios por los abusos sexuales cometidos dentro del ámbito de la entidad religiosa.

     Como bien indica el abogado Simons, la libertad de religión no puede convertirse en una patente de corso para blindarse y cometer delitos como lo es el encubrir a depredadores sexuales de menores, al no denunciarlos a la policía.  El silencio institucional es cómplice del delito.  El Cuerpo Gobernante, vez tras vez, demuestra que está más interesado en su imagen pública y su patrimonio financiero que en la seguridad de los niños.

     Pero, el clamor de las víctimas ha llegado hasta el cielo, y el Juez Supremo está utilizando la justicia seglar (mundana) para meter en cintura a la justicia teocrática de la señorita Pepis.

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira y los tejemaneje teocráticos?