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viernes, 27 de junio de 2014

Pautas para los superintendentes viajantes (III)



Página 28

Página 29

Página 32
http://www.scribd.com/doc/230501492/tga-S
https://docs.google.com/file/d/0B9QFYOHNVhEIUE9GanY5ekJyUDQ/edit



     Estimados, escaldados y escamados camaradas ibéricos y allende los mares:

     Estamos inmersos en la tercera entrega de la disección y traducción al román paladino de aspectos fundamentales de este manual otrora "secreto".  ¡Se le acabó la bicoca al Cuerpo Gobernante  de esa facultad divina por la que controlaba los tiempos y las sazones en términos de flujo y control de la información a la que puede acceder el cándido apoquinante neto! ¡Hay barra libre!

Primera entrega: http://johnhenrykurtz.blogspot.co.uk/2014/06/pautas-para-los-superintendentes.html

Segunda entrega: http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2014/06/pautas-para-los-superintendentes_24.html

     Hoy toca el tema de la visita del plenipotenciario superintendente de circuito a las congregaciones (comunidades locales) y su correspondiente informe a la sede nacional de la confesión religiosa del notorio arraigo y olé.  Existen algunos aspectos llamativos o sorprendentes que os deseo resaltar.  ¡Va por ustedes!

     En la página 28, párrafo 17, dice: "A veces es necesario que un superintendente viajante informa sobre situaciones o problemas concretos, ya sea en los formularios S-303 o en cartas aparte.  Redactar informes coherentes suele requerir bastante tiempo y esfuerzo.  Sin embargo, es esencial que el superintendente viajante dedique el tiempo necesario para lograr que sus informes sean claros, específicos, objetivos, exactos y completos.  Hay que facilitar la información pertinente, como los nombres, la secuencia de los hechos y, de ser posible, las fechas.  Si ciertos detalles no están claros, el superintendente viajante debe recabar más información a fin de determinar los hechos antes de escribir.  Enviar a la sucursal (sede nacional de la entidad religiosa) un informe que no sea claro ni exacto puede perjudicar gravemente la vida de los implicados.

     Necesitamos una aclaración por parte del portavoz de nuestra confesión religiosa: ¿cómo que se "puede perjudicar gravemente la vida de los implicados"?  ¿De qué maneras concretas se puede ver perjudicada la vida de los creyentes...?  ¿Estamos al tanto los miembros de la confesión religiosa de la posible exposición a este peligro tan grave y real?  ¿Podemos calcular las consecuencias?  Yo pensaba que esto de la fe era algo más etéreo y beningno para la salud...

     De modo que, nuestras vidas están  --no en las manos de Dios--  sino en la de los superintendentes viajantes..., y su capacidad para redactar con exactitud y precisión de un reloj suizo.  Pero aquí, surge un problema de fondo: ¿cómo puede hacer esto una persona que posiblemente solo tenga en su currículun académico el Certificado de Estudios Primarios o el Graduado Escolar?  ¿Pondremos a pilotar un avión a un albañil que sea un fervoroso creyente en las normas y directrices del Cuerpo Gobernante?

     En las página 28 y 29, párrafo 19, escriben los teócratas sin parangón: "Si el superintendente de circuito incluye en su informe asuntos tales como casos judiciales o detalles de la comisión de un pecado, debe hacerlo en una hoja aparte, no en el formulario S-303.  La carta confidencial suplementaria no se hace circular a todos los ancianos junto con el formulario S-303, sino que el superintendente de circuito revisa la carta con el Comité de Servicio de la Congregación, y después el secretario la guarda dentro de un sobre cerrado.  En el frente del sobre se escribe el nombre de la persona, la acción que tomó la congregación (si la hubo), la fecha en que se tomó la acción, la fecha del informe S-303 y los nombres de los ancianos que atendieron el caso.  El secretario debe poner el sobre cerrado en el archivo de la congregación (véase 4:17)".

     En el caso de que los ancianos de la congregación hayan formado previamente un Comité Judicial en la trastienda del Salón del Reino juzgando a un miembro de la confesión religiosa por un pecado  --o delito tipificado en el Código Penal--  en un acto de justicia paralela y pasándose por el arco del triunfo la justicia seglar y "mundana", el superintendente de circuito deberá escribir un informe pormenorizado donde exprese su veredicto sobre los protagonistas y de los hechos pecaminosos o delictivos, se meterá en un sobre junto con la sentencia del Comité de Servicio y se cerrará.  El secretario de la congregación guardará el sobre cerrado en el archivo de la congregación que habitualmente está localizado en el domicilio del secretario.

     Por supuesto, los reos, implicados y juzgados, no tendrán acceso a esa información que les afecta tan grave y directamente.  Al reo la sentencia se le lee, pero no se le da por escrito.  Todo esta secuencia de informes y cartas sobre su persona y conducta se hace a sus espaldas.  ¡Así procede la justicia teocrática en oposición a la justicia satánica y mundana!

     ¿Y el secreto de confesión?  Era verde y se lo comió un burro.  ¡No existe!  No se contempla.  Si tú revelas confidencialmente un pecado grave a un anciano, este tendrá la obligación de compartir tu secreto con el resto de los ancianos y éstos a su vez formarte un Comité Judicial donde posiblemente te darán más palos que a una estera..., sin posibilidad de llevar un abogado defensor.   Además, tu "secreto de confesión" también deberán compartirlo con el superitendente de circuito.  Con casi toda probabilidad, sin pasar mucho tiempo, los ancianos compartirán tu secreto con sus esposas o amigos de confianza..., ¡y esto se esparcirá como un reguero de pólvora por todo tu entorno conocido, siendo tú  --el cornudo--  el último de enterarse!

     Para finalizar, en la página 32, en el párrafo 32, advierten los pedigüeños sin fronteras:  "Los superintendentes viajantes deben ser conscientes de la naturaleza confidencial de la correpondencia que envía la sucursal.  Deben advertir a los ancianos que no hagan fotocopias a menos que la sucursal indique expresamente que cierta carta puede copiarse para un propósito particular.  Si se hacen fotocipias indiscriminadamente para distribuirlas entre los ancianos, alguna copia pudiera caer en manos de quien no le concierne y recibir un uso impropio.  Los superintendentes viajantes deben ser discretos y no andar anunciando que la sucursal les ha dado información confidencial.  Además, no debe mostrarse ninguna carta de la sucursal a personas ajenas a la organización sin el permiso de la sucursal [sede nacional]  (véase 20:39; 26:6)".

     El secretismo patológico del Cuerpo Gobernante no conoce límites.  Ellos andan y utilizan el misterio, la incógnita, la clave y la encriptación para ocultar sus protocolos.  Significa esconder la verdad a todas aquellas personas ajenas a la confesión religiosa, ¡e incluso al Testigo de a pie!  La información está altamente jerarquizada.  Cuanto más subes en la pirámide de mando watchtoweriano, mayor acceso a información tienes.  Por ejemplo, la información que estamos tratando de traducir hoy, se podría decir que desconoce su existencia el 99,99% de los testigos de Jehová.  Sólo la deberían conocer los superintendentes viajantes y unas pocas  --no todas--  personas de las que trabajan en la sede nacional.  Este secretismo es el típico de las sociedades secretas que pretenden crear entre los miembros una sensación de importancia con el acceso a determinados datos.

     Por este motivo, se da con cuentagotas a los ancianos y se les pide que no hagan fotocopias, para que no caigan en manos de los apóstatas desaprensivos.   Y, para más inri, se advierte que no debe mostrarse esta información a personas ajenas a la "organización".  ¿Qué significa esto?  Pues que no puedes dar información ni a la policía judicial, ¡ni siquiera aunque te lo mande un juez..., si no tienes previamente el plácet de la sede nacional de la confesión religiosa!  ¡Ah!  ¡Atente a los consecuencias con aguante cristiano!  En vez de "todo por la patria", o, "todo por Dios", ¡aquí impera lo de "todo por la Organización"!
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.es/2012/04/carta-todos-los-cuerpos-de-ancianos-9.html

     Por supuesto que todo esto es mucho más complicado, pero esto es un blog y no un libro de leyes, ni tampoco una enciclopedia.  En próximas entregas, Dios mediante, seguiremos con nuestra particular traducción al román paladino de este manual otrora "secreto".

     Lo documentamos todo, todo y todo.  ¿Quién es el padre de la mentira?