Con una mano delante y otra detrás..., en el nombre de Dios |
Estimados y esquilmados pardillos integrales ibéricos y allende los mares:
Precursores especiales- españa- demandad a la wt- despacho juridico
http://johnhenrykurtz.blogspot.com.e...a-mentira.html
Yo creo que todo es cuestión de que a uno le apriete el zapato, que se sienta engañado y utilizado, en la fría e inhóspita calle con tu esposa y con una mano delante y otra detrás... Esto puede llevar a la desesperación a algunos y hacerles llegar a la conclusión "de perdidos, al río".
La iniciativa de Lex es muy importante: la persona no tiene que preguntar a nadie de su entorno, contando con la confidencialidad del despacho de abogados..., lo tiene todo hecho.
Lex, si te parece bien, me gustaría incluir este anuncio en mi blog. Hacerle una entrada teocrática.
La legislación cambia de país en país y a quien le interese tendrá que preguntar a un abogado especializado sobre qué posibilidades tiene de reclamar en su país. Y si no existe posibilidad legal, por lo menos quejarse ante el Defensor del Pueblo para atraer la atención pública sobre este drama personal.
Por otra parte, en España tenemos el Código de Derecho Eclesiástico donde se regula la cotización de los ministros religiosos a la Seguridad Social. En el apartado IX, secciones B, C, D, vienen especificados los derechos de estos trabajadores..., con y sin voto de pobreza, ¡porque existe el deber legal de cotizar por todos ellos!
El que desee profundizar en el tema aquí tiene una copia:B) SEGURIDAD SOCIAL MINISTROS DE CULTO
- Real Decreto por el que se regula la Seguridad Social del Clero
- Inclusión en el Régimen General de los Ministros de Culto Entidades Religiosas Evangélicas
- Inclusión en el Régimen General de los clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa
- Inclusión en el Régimen General comunidades integradas en la Comisión Islámica de España
- Inclusión en el Régimen General miembros de la Orden religiosa de los Testigos de Jehová
- Inclusión Clero Diocesano de la Iglesia Católica en el Régimen General de la Seguridad Social
C) SEGURIDAD SOCIAL RELIGIOSOS
- Incorporación al Régimen Especial religiosos y religiosas de la Iglesia Católica
- Normas aplicación del Régimen Especial a los religiosos y religiosas de la Iglesia Católica
- Incorporación al Régimen Especial religiosos de Derecho diocesano de la Iglesia Católica
D) SEGURIDAD SOCIAL SACERDOTES Y RELIGIOSOS SECULARIZADOS
- Reconocimiento como cotizados a la Seguridad Social períodos de actividad sacerdotal
- Completa el reconocimiento como cotizados los períodos de actividad sacerdotal o religiosa
- Cómputo Régimen de Clases Pasivas períodos cotizados a la Seguridad Social
https://www.boe.es/legislacion/codig...1¬a=0&tab=2
Después, hay una serie de sentencias judiciales que desarrollan estas leyes.
Opino que la iniciativa de Lex es muy pertinente y que merece la pena informarse de los derechos que tiene uno como trabajador de una empresa, ¡y la Asociación de los Testigos Cristianos de Jehová en España..., es una empresa y tiene una relación contractual con sus trabajadores! Betelitas, precursores especiales y superintendentes viajantes son trabajadores de esa empresa.
TE DAN UNA BUENA PATADA EN EL TRASERO Y TE DICEN QUE DIOS TE LO PAGUE , Y COMO ELLOS NO SON DIOS DICEN QUE NO LES DEBEN NADA MAS QUE LAS GRACIAS Y UN BUENA SUERTE.....
ResponderEliminarjonh, eres un farsante, el que conocí usaba capa no montera y era mas gordo, tengo fotos de hace tiempoooo y tenia un sombrero de cordobés, se lo ponía cuando venían de.....,
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