viernes, 18 de noviembre de 2022

El papel de la mujer en los testigos de Jehová

      Estimados compañeros de conventículo toreados por el Cuerpo Gobernante:

     Cuando quieras conocer algo no permitas que el Tezanos de turno te haga el análisis y saque las conclusiones que más le interesen ni tampoco que el portavoz de la confesión religiosa te rejoneé yéndose por los cerros de Úbeda en el mejor de los casos, y en el peor, contándote una milonga como la copa de un pino. En la segunda edición que estoy preparando del Diccionario Etimológico Watchtoweriano-Español, una de las entradas es "Cubrirse la cabeza (la mujer)". De modo que, te remito a veinticuatro publicaciones de la confesión religiosa, citando literalmente, y ordenadas cronológicamente desde el año 1960 hasta 2021. Sé lo que estás pensando... ¡tiene un curro! No te equivocas. Te animo a que no te limites a lo que copio y pego, consulta el contexto. Después de la lectura, podrás formarte una idea exacta sobre el papel de la mujer dentro de la estructura teocrática watchtoweriana. Podríamos ampliar esto con más facetas, por ejemplo, ¿por qué no puede una mujer formar parte del comité judicial donde se traten abusos sexuales a otra mujer dentro del ámbito de la confesión religiosa? Sin embargo, lo de hoy es el fundamento teocrático y "jurídico" sobre los límites al sexo femenino en este ámbito. De nuevo, te animo a que hagas tu propio análisis. 

     En algunas de las entradas del diccionario, doy una pequeña introducción y esto sería lo único subjetivo que encontrarás. Es mi opinión, el resultado de mi analisis, no obstante, puedes omitirla, no es lo importante. ¡Va por ustedes!

Cubrirse la cabeza (véase “Mujer”):

     Al sexo femenino se le exige que se cubra la cabeza con un pañuelo cuando realiza determinadas tareas en presencia de un varón miembro de la confesión religiosa. Simboliza el respeto al principio de jefatura del hombre sobre la mujer, una señal de sujeción o sumisión a él. La base teológica reside en que el hombre fue hecho a la imagen de Dios y la mujer a la imagen del varón, por lo tanto, igual que la cabeza del varón es el Cristo, la de la mujer es el varón.

¿Es necesario que una hermana se cubra la cabeza cuando ora en la presencia de un hermano dedicado que no es su marido? ¿Es necesario que ella lo haga cuando está conduciendo un estudio bíblico bajo semejante circunstancia, como, por ejemplo, en la presencia de un siervo de la congregación quien la esté entrenando o cuando el siervo de circuito la acompaña? —M. S., EE. UU.

No parece haber ningún motivo por el cual una mujer dedicada jamás deba conducir en oración en la presencia de adultos varones dedicados. (1 Cor. 11:3) En el hogar Betel en Brooklyn jamás se les pide a hermanas que guíen a la familia en oración. Siempre que esté presente un varón dedicado adulto, en la congregación o en el hogar, él debería representar a los demás en petición a Jehová Dios. Si un marido no dedicado desea que su esposa diga la oración en voz audible, ella puede hacerlo, pero entonces por respeto a la posición que él ocupa como cabeza ella debería cubrirse la cabeza. (1 Cor. 11:5, 10) Cuando el marido está ausente, pero varones dedicados menores, hijos, están presentes, la madre también debería tener cubierta la cabeza si ella ora. En tales ocasiones sería a discreción de ella u ofrecer la oración ella misma o pedir que uno de sus hijos dedicados lo haga. Pero nunca debería un hijo no bautizado representar en oración a miembros dedicados de la familia. Cuando están presentes en el hogar solamente la madre dedicada e hijas dedicadas, si la madre lo desea ella puede pedir que una de las hijas dedicadas ore. En tales casos no es necesario que ninguna se cubra la cabeza (La Atalaya, 1 de octubre de 1960, página 607).

¿Se requiere que las hermanas tengan la cabeza cubierta cuando dan el tercer y cuarto discursos de estudiante en la escuela del ministerio teocrático? —D. H., EE. UU.

No, no es necesario que las hermanas tengan la cabeza cubierta cuando presentan estos discursos. No están ensañando a los varones dedicados sino tan solo dando demostraciones de su propia habilidad docente con el propósito de que se les dé consejo. Dado que éste es el propósito de que ellas pronuncien estos discursos y dado que la escuela está bajo supervisión masculina, no se requiere que las hermanas tengan la cabeza cubierta. Por razones similares no hay por qué lleven la cabeza cubierta cuando toman parte en demostraciones de la reunión de servicio (La Atalaya, 1 de junio de 1961, página 351).

Jefatura familiar 

♦El Dr. Tomás T. Jones, profesor adjunto en medicina en la Escuela de Medicina de la Universidad de Duke, explicó a una concurrencia en la apertura de la Asamblea de Médicos Graduados de Nueva Orleáns que el que el esposo no tome la delantera en la familia y ejerza la correcta jefatura era responsable de la nerviosidad de muchas mujeres. Dijo que “a menos que el hombre sea dominante en el hogar o en la vida de la familia hay mucho desasosiego de parte de la mujer.” El Dr. Jones observó que las mujeres también se ponen nerviosas cuando usurpan el rol de mayor responsabilidad. Por lo tanto dijo que “es mujer sabia la que fomenta el ego de su esposo aunque ella lo supere mucho en inteligencia.” (¡Despertad!, 22 de agosto de 1961, página 29).

PRINCIPIOS BIBLICOS SOBRE CUBRIRSE LA CABEZA

Las Escrituras muestran claramente que en ciertas ocasiones se exige de la mujer que se cubra la cabeza como señal de sujeción. Después de expresar el principio de jefatura en 1 Corintios 11:3, el apóstol pasa a aplicar el principio a la dirección de los asuntos en la congregación. Tenga presente que cuando se dio este consejo también se estaba considerando la reglamentación de los dones milagrosos del espíritu. Sin embargo, básicamente lo que se dice acerca de cubrirse la cabeza continúa aplicando a la congregación hoy en día. Observe, entonces, lo que sigue en 1 Corintios 11:4-7: “Todo varón que ora o profetiza con algo sobre la cabeza avergüenza al que es su cabeza; mas toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza al que es su cabeza, porque es una y la misma cosa como si fuera mujer con la cabeza rapada. Porque si la mujer no se cubre, que también se trasquile; pero si le es vergonzoso a la mujer ser trasquilada o rapada, que se cubra. Porque el varón no debe tener cubierta la cabeza, puesto que es la imagen y gloria de Dios; pero la mujer es la gloria del varón.”

Como imagen y gloria de Dios, el varón fue creado para obrar como representante de Dios para con su esposa y familia y él había de aceptar la responsabilidad de la jefatura que este arreglo le otorgaba. Además, en la congregación él también obraba como representante de Cristo, la cabeza de la congregación. Por eso, cuando oraba o presidía en una reunión de la congregación, no era correcto que usara una señal de sujeción sobre su cabeza como si fuera por respeto a otros que estuvieran presentes visiblemente. El hacerlo, por decirlo así, sería cubrirse su jefatura, y obrar como si ésta no fuera la asignación normal para él. En esto no obraría como representante correcto de Cristo a la congregación, y así deshonraría a su cabeza, Cristo. La mujer, por otra parte, había de cubrirse la cabeza cuando orara o profetizara en la congregación por respeto al principio teocrático de que ésta normalmente era la función del hombre, para no aparecer como si ella estuviera tratando de desempeñar el papel del hombre, de usurpar la posición del hombre. Esto sería deshonroso, no solo para los miembros varones de la congregación, sino también para su cabeza, su esposo, como si ella no pensara que hubiera necesidad de estar en sujeción a él tampoco. Por eso, Pablo arguye, si una mujer fuese a obrar de esa manera de una vez debería hacerlo de modo completo y hacer que su pelo le fuera cortado exactamente como el del hombre o como el de una esclava. Pero esto sería vergonzoso, ¿no es verdad? Ciertamente lo era en el día de Pablo, porque el que una mujer se rapara la cabeza, o se cortara el pelo corto, comúnmente era una señal de ser esclava, o peor, de ser una mujer atrapada en inmoralidad o adulterio y trasquilada como señal de oprobio público (La Atalaya, 15 de agosto de 1964, páginas 501-502).

Cuando se dice que no es necesario cubrirse la cabeza en ciertas circunstancias, esto de ninguna manera es crítica para las hermanas que se sienten con más desahogo al cubrirse la cabeza en tales ocasiones. Ciertamente respetamos su conciencia y su deseo de evitar alguna violación en tales asuntos. Verdaderamente, en algunos países la costumbre es que las mujeres siempre se cubran la cabeza cuando están en público o en presencia de hombres. La cosa importante es que, donde bíblicamente se requiere el cubrirse la cabeza como evidencia de sujeción a una cabeza marital o a los miembros varones de la congregación cristiana, la hermana debería estar consciente de esto, aunque normalmente ella se cubriera la cabeza en otras ocasiones también. Donde el cubrirse la cabeza no es la costumbre cotidiana, entonces donde hay la posibilidad de que se requiera que una mujer se cubra la cabeza, ya sea con el fin de hacer oración o presidir sobre parte de una reunión por no haber algún varón dedicado, sería bueno notificar a la hermana con anticipación para evitar cualquier bochorno (La Atalaya, 1 de septiembre de 1964, página 530).

No es sin significado, entonces, que, cuando y si una mujer cristiana dedicada y bautizada ora audiblemente delante de una congregación del pueblo de Dios que está en silencio y escuchando, ella usa una cubierta para la cabeza, sea una mantilla o un velo como era la costumbre en los días del ap6stol Pablo. Su mantilla o velo es una "señal de autoridad sobre la cabeza," una señal de que hay alguien con autoridad más arriba de ella, a saber, el hombre que es la "imagen y gloria de Dios." Los santos ángeles, quienes son miembros de la organización celestial de Dios que tiene parecido a una esposa, observan esta "señal de autoridad" en la cabeza de la mujer y recuerdan así la propia sujeción de ellos al gran Esposo, el Dios Altísimo Jehová. (1 Pedro 1:12) No consideran esta "señal de autoridad" en la cabeza de la mujer como algo que deshonre o degrade o sea opresor. Meramente exhibe el hecho de que la mujer reconoce el lugar significante en que Dios la ha puesto con relación al hombre. Este lugar le ofrece muchas oportunidades de servicio y le otorga una gran esfera de utilidad. […]

De acuerdo con lo que es comportamiento apropiado en tal tipo público de reunión de congregación están las palabras del apóstol Pablo a Timoteo en cuanto a los arreglos de congregación: "Que la mujer aprenda en silencio, con plena sumisión. No permito que la mujer enseñe, ni que ejerza autoridad sobre el varón, sino que este en silencio. Porque Adán fue formado primero, luego Eva. También, Adán no fue engañado, sino que la mujer fue cabalmente engañada y vino a estar en transgresión. No obstante, ella [la mujer, no queriendo decir Eva] se mantendrá en seguridad por medio de tener hijos, con tal que ellas continúen en fe y amor y santificación junto con buen juicio." (1 Timoteo 2:11-15) De estas palabras apostólicas se desprende claramente que la salud espiritual de la mujer y su libertad de ciertas tentaciones son salvaguardadas por esta limitación que se coloca sobre ella en la congregación (Vida eterna en libertad de los hijos de Dios [1966], página 245, 254).

No obstante, las Escrituras dicen muy claramente que no se debe designar como superintendente a un "hombre recién convertido" y que al hombre se le debe 'probar primero en cuanto a aptitud,' antes de que se le nombre siervo ministerial. (1 Tim. 3: 6, 10) Por lo tanto, aun donde hay escasez de hermanos, se requiere que un hombre tenga un registro de un mínimo de un año de servicio ejemplar después de su inmersión antes de que se le pueda considerar para asignación como siervo. Pero se prefiere a los que han estado por más tiempo en la verdad cuando los hay disponibles. Si no hay suficientes hermanos capacitados para encargarse de todas las asignaciones, se les puede pedir a los que llenan los requisitos que se encarguen de más de un puesto de siervo, y auxiliares pueden ayudarles a hacer la obra mientras ellos mismos reciben entrenamiento. Si todavía no hay suficientes hermanos para encargarse de la obra necesaria, entonces, por la recomendación del comité de congregación, la Sociedad quizás solicite que ciertas hermanas maduras y humildes ayuden. A éstas no se les nombra siervos; simplemente se les solicita que sustituyan en atender la obra hasta que haya disponible un hermano capacitado. Esto está en armonía con el hecho, de que, cuando Jesús ascendió al cielo, él dio "dones en la forma de hombres" para suministrar superintendencia para la congregación cristiana; también, se nos dice que los superintendentes han de ser "hombres de mayor edad" espiritualmente; y, consistentemente, de los superintendentes y siervos ministeriales que estaban casados se dice que eran "esposos."—Efe. 4:8; Tito 1: 5; 1 Tim. 3:1,2,12. […]

Si una congregación está compuesta enteramente de hermanas, a varias de ellas que son espiritualmente maduras y humildes se les asignará en sustitución para atender la obra de los siervos nombrados hasta cuando haya hermanos capacitados disponibles. Por supuesto, en reconocimiento del arreglo teocrático de cosas, las hermanas que oran o presiden en reuniones de congregación, debido a la ausencia de un varón capacitado, llevan una cobertura para la cabeza. (1 Cor. 11:3-16) Con la cabeza debidamente cubierta, las hermanas designadas por la Sociedad presiden en las diferentes reuniones... en la mayoría de los casos, sencillamente sentadas ante el grupo (“Tu palabra es una lámpara para mi pie” [1968], páginas 117-118; 152-153).

En ambos casos, bajo el arreglo sacerdotal judío y bajo el arreglo cristiano, el cubrirse la cabeza servía como señal de sumisión. Pero había doble razón para que las mujeres que sirvieran en la congregación cristiana tuvieran cubierta la cabeza. Así representaban la sujeción de la congregación a Cristo, y, además, al cubrirse la cabeza reconocían la jefatura del varón en el arreglo de Dios.—1 Cor. 11:8, 9; Efe. 5:21-24 (La Atalaya, 1 de noviembre de 1968, página 672).

CUBRIÉNDOSE LA CABEZA

Hay veces cuando la cristiana despliega una señal exterior de su reconocimiento de la jefatura del hombre. Esto es cuando se ve obligada a atender asuntos que tienen que ver con adoración de los cuales ordinariamente se encargaría su esposo u otro hombre. La base para esto se bosqueja en 1 Corintios 11:4-6: “Todo varón que ora o profetiza con algo sobre la cabeza avergüenza al que es su cabeza; mas toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza al que es su cabeza, porque es una y la misma cosa como si fuera mujer con la cabeza rapada. Porque si la mujer no se cubre, que también se trasquile; pero si le es vergonzoso a la mujer ser trasquilada o rapada, que se cubra.”

Ahora bien, en la familia el esposo y padre es representante de Dios para con su esposa e hijos. Como tal representante él es el que lleva la delantera en asuntos de adoración. Sin embargo, si el esposo es incrédulo, esta responsabilidad quizás recaiga en la madre. Por consiguiente, si una cristiana ora en voz alta a favor de sí misma y otros o conduce un estudio bíblico con los hijos u otros en presencia de su esposo, ella correctamente se cubre la cabeza. Así demuestra su reconocimiento del hecho de que está sirviendo en lugar de su esposo.

Estando divinamente autorizada para enseñar a los hijos (Pro. 1:8; 6:20; compare con 2 Timoteo 1:5; 3:14, 15), no se cubriría ordinariamente la cabeza cuando su esposo no está presente. Sin embargo, puede ser que un hijo de la familia sea un siervo dedicado y bautizado de Jehová Dios. En ese caso la madre se cubriría la cabeza si orara en voz alta a favor de un grupo en su presencia o condujera un estudio bíblico con él y los otros hijos. La razón de esto es que el hijo es miembro de la congregación cristiana y, como tal, debe recibir instrucción de los miembros masculinos de la congregación. (1 Tim. 2:12) Si su padre fuese creyente, el hijo recibiría esta enseñanza de parte de su padre. De modo que el cubrirse la cabeza la madre significaría que en este asunto está representando a su esposo y/o a miembros masculinos de la congregación. Sin embargo, cuando otros asuntos de familia están envueltos, la madre puede ejercer su autoridad para con el hijo sin cubrirse la cabeza.

En las congregaciones de los testigos cristianos de Jehová surgen circunstancias que requieren que las mujeres se cubran la cabeza. A veces quizás no esté presente ningún Testigo bautizado en una reunión de congregación (por lo general en congregaciones o grupos pequeños). Esto requeriría que una Testigo bautizada orara o presidiera en la reunión. Reconociendo que está haciendo algo que por lo general sería atendido por un varón, ella se cubriría la cabeza (La Atalaya, 1 de diciembre de 1972, página 733).

Por consiguiente, el mandato de que no hablaran las mujeres aplicaba siempre que tal hablar tuviera el efecto nocivo de socavar la autoridad de los hombres en la congregación. El hecho de que no excluía todo hablar de parte de las mujeres es evidente de 1 Corintios 11:5: “Toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza al que es su cabeza.” Sin embargo, hubiera sido vergonzoso el que las mujeres hicieran surgir preguntas desafiantes o se elevaran por encima de los hombres reunidos y se pusieran a instruirlos. El que ellas hicieran tales cosas también les habría acarreado oprobio a sus esposos. En armonía con el modelo apostólico, las mujeres en las congregaciones de los testigos cristianos de Jehová no enseñan a la congregación en las reuniones públicas. No ejercen autoridad sobre los hombres. Siempre que hablan lo hacen bajo la dirección de hombres nombrados para superentender la reunión. Por eso el que hablen no contradice en ninguna ocasión la autoridad que los hombres ejercen en la congregación (La Atalaya, 15 de enero de 1974, página 64).

¿POR QUÉ CUBIERTA O DESCUBIERTA? 

Tocante a comprender lo que el apóstol Pablo escribió acerca de cubrirse la cabeza y orar, considere el versículo anterior: “Quiero que sepan que la cabeza de todo varón es el Cristo; a su vez la cabeza de la mujer es el varón; a su vez la cabeza del Cristo es Dios.” (1 Cor. 11:3) Sí, Pablo estaba considerando el principio divino de jefatura o dirección por un cabeza, y en particular su aplicación en la adoración pública. Como explicó el apóstol, el Creador le asignó al hombre, a quien creó primero, posición de cabeza y autoridad sobre su esposa, quien fue hecha de la costilla del hombre. Tocante a la posición de cabeza, el hombre era “imagen y gloria de Dios” pues a él no se le asignó otra cabeza en la Tierra. Sin embargo, su esposa e hijos sí tienen un cabeza terrestre a quien están en sujeción relativa.—1 Cor. 11:7-10; Efe. 5:22-24; 6:1.

El principio de la jefatura también aplica en las actividades de congregación. Pablo escribió que las mujeres deben respetar y esforzarse por cooperar con los hombres que tienen que efectuar la enseñanza y el orar. (1 Cor. 14:33-35; compare con 1 Timoteo 2:11, 12.) Por lo tanto, en la mayoría de los casos, una mujer allá en el primer siglo E.C. no predicaba ni oraba en la congregación.

¿Por qué, entonces, consideró Pablo el cubrirse la cabeza? ¿Cuándo era apropiado y cuándo inapropiado eso? ¿Y cómo aplica eso hoy día? Pablo escribió que la mujer al orar debería cubrirse la cabeza —fuera con un sombrero, bufanda o velo para la cabeza— como “señal de autoridad.” (1 Cor. 11:10) Aquello sería evidencia de que ella reconocía el principio de jefatura. Pero ¿cuándo tendría que cubrirse la cabeza? Considere estas tres situaciones:

En el día de Pablo el espíritu santo de Jehová dio dones milagrosos a algunos cristianos, como la aptitud para profetizar o hablar en lenguas. Por ejemplo, en una reunión del primer siglo pudiera ser que el espíritu impeliera a una cristiana a profetizar. (1 Cor. 12:4-11; Hech. 21:8, 9) O, pudiera haberse dado el caso de que solo mujeres asistieran a una reunión de congregación. Puesto que no habría ningún varón bautizado que llevara la delantera en orar o en enseñar, una cristiana tendría que hacerlo. Por otra parte, pudiera haber la posibilidad de que una esposa cristiana tuviese un esposo incrédulo y en ciertas ocasiones se esperara que orara o enseñara la Biblia en presencia de él. En cualquiera de estas situaciones la mujer tendría cubierta la cabeza, como “señal de autoridad,” manifestando así que reconocía el principio de jefatura (La Atalaya, 15 de julio de 1977, páginas 445-446).

¿Deben ser ministras las mujeres? 

Por lo que la Biblia describe, las personas a quienes se encargaba la superintendencia de una congregación eran varones. Todos los apóstoles de Jesucristo, los doce, fueron varones, y las personas a quienes después se nombró como superintendentes y siervos ministeriales en las congregaciones cristianas fueron varones (Mat. 10:1-4; 1 Tim. 3:2, 12). A las mujeres se les aconseja que en las reuniones ‘aprendan en silencio, con plena sumisión’, en el sentido de que no planteen preguntas con las que desafíen a los hombres de la congregación. Las mujeres ‘no deben hablar’ en tales reuniones si lo que fueran a decir hubiera de mostrar falta de sujeción (1 Tim. 2:11, 12; 1 Cor. 14:33, 34). Así, aunque las mujeres hacen contribuciones valiosas a la actividad de la congregación, no hay provisión para que presidan, ni para que lleven la delantera mediante instruir a la congregación, cuando hay presentes varones capacitados. […]

¿A qué se debe que a veces las cristianas se pongan sobre la cabeza una cobertura? 

1 Cor. 11:3-10: “La cabeza de todo varón es el Cristo; a su vez la cabeza de la mujer es el varón; a su vez la cabeza del Cristo es Dios. [...] Toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza su cabeza [...] Porque el varón no debe tener cubierta la cabeza, puesto que es la imagen y gloria de Dios; pero la mujer es la gloria del varón. Porque el varón no procede de la mujer, sino la mujer del varón; y, más aún, el varón no fue creado por causa de la mujer, sino la mujer por causa del varón. Por eso la mujer debe tener una señal de autoridad sobre la cabeza debido a los ángeles.” (Cuando la mujer cristiana lleva en la cabeza una cobertura en ocasiones apropiadas, eso es prueba de su respeto al arreglo de jefatura que fue instituido por Dios. Cristo respeta la jefatura teocrática; el hombre y la mujer están obligados a respetarla también. El primer hombre, Adán, no fue traído a la existencia mediante nacer de una mujer, sino que fue creado por Dios. Cuando Dios creó a Eva, utilizó como base una de las costillas de Adán, y declaró que la mujer había de ser ayudante de Adán. Así, al hombre, que fue creado primero, se le asignó la posición de cabeza. El hombre no lleva una cobertura sobre la cabeza cuando “ora o profetiza” porque, respecto a jefatura, el hombre es “la imagen [...] de Dios”, pues no tiene un cabeza terrestre en lo que toca a los asuntos de su familia. Sin embargo, la mujer mostraría falta de respeto a la posición que Dios le ha asignado al hombre, y lo avergonzaría, si ‘orara o profetizara’ sin llevar una cobertura sobre la cabeza. Hasta los ángeles, que son miembros de la organización celestial de Jehová asemejada a una esposa, observan la “señal de autoridad” que llevan las mujeres cristianas fieles, y esto les recuerda su propia sujeción a Jehová.)

¿Cuándo es necesario que la mujer lleve una cobertura sobre la cabeza? 

  Cuando “ora o profetiza”, de acuerdo con lo que se declara en 1 Corintios 11:5. Esto no significa que necesita una cobertura para la cabeza cuando ora en privado o cuando conversa con otros sobre las profecías bíblicas. No obstante, sí debe llevar sobre la cabeza tal cobertura como señal visible de su respeto por la jefatura del hombre cuando se encarga de asuntos relacionados con la adoración que normalmente atendería su esposo u otro varón. Si ora en voz alta a favor de sí misma y de otros, o conduce un estudio bíblico formal, y por lo tanto es quien está impartiendo la enseñanza, en presencia de su esposo, debe llevar una cobertura sobre la cabeza, aunque él no comparta la fe de ella. Pero puesto que tiene autoridad divina para enseñar a sus hijos, no necesita ninguna cobertura sobre la cabeza cuando ora o estudia con sus hijos no dedicados en ocasiones en que su esposo no esté presente. Si como circunstancia excepcional un varón dedicado, miembro de la congregación, estuviera presente, o si el superintendente viajante que estuviera de visita en la congregación la acompañara, entonces, mientras ella condujera un estudio bíblico para el cual ya se hubieran hecho arreglos, sí se cubriría la cabeza, pero él debe hacer la oración (Razonamiento a partir de las Escrituras [1985], páginas 254-255).

¿A qué se debe que a veces las cristianas se pongan sobre la cabeza una cobertura?

1 Cor. 11:3-10: “La cabeza de todo varón es el Cristo; a su vez la cabeza de la mujer es el varón; a su vez la cabeza del Cristo es Dios. [...] Toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza su cabeza [...] Porque el varón no debe tener cubierta la cabeza, puesto que es la imagen y gloria de Dios; pero la mujer es la gloria del varón. Porque el varón no procede de la mujer, sino la mujer del varón; y, más aún, el varón no fue creado por causa de la mujer, sino la mujer por causa del varón. Por eso la mujer debe tener una señal de autoridad sobre la cabeza debido a los ángeles.” (Cuando la mujer cristiana lleva en la cabeza una cobertura en ocasiones apropiadas, eso es prueba de su respeto al arreglo de jefatura que fue instituido por Dios. Cristo respeta la jefatura teocrática; el hombre y la mujer están obligados a respetarla también. El primer hombre, Adán, no fue traído a la existencia mediante nacer de una mujer, sino que fue creado por Dios. Cuando Dios creó a Eva, utilizó como base una de las costillas de Adán, y declaró que la mujer había de ser ayudante de Adán. Así, al hombre, que fue creado primero, se le asignó la posición de cabeza. El hombre no lleva una cobertura sobre la cabeza cuando “ora o profetiza” porque, respecto a jefatura, el hombre es “la imagen [...] de Dios”, pues no tiene un cabeza terrestre en lo que toca a los asuntos de su familia. Sin embargo, la mujer mostraría falta de respeto a la posición que Dios le ha asignado al hombre, y lo avergonzaría, si ‘orara o profetizara’ sin llevar una cobertura sobre la cabeza. Hasta los ángeles, que son miembros de la organización celestial de Jehová asemejada a una esposa, observan la “señal de autoridad” que llevan las mujeres cristianas fieles, y esto les recuerda su propia sujeción a Jehová.)

¿Cuándo es necesario que la mujer lleve una cobertura sobre la cabeza? 

  Cuando “ora o profetiza”, de acuerdo con lo que se declara en 1 Corintios 11:5. Esto no significa que necesita una cobertura para la cabeza cuando ora en privado o cuando conversa con otros sobre las profecías bíblicas. No obstante, sí debe llevar sobre la cabeza tal cobertura como señal visible de su respeto por la jefatura del hombre cuando se encarga de asuntos relacionados con la adoración que normalmente atendería su esposo u otro varón. Si ora en voz alta a favor de sí misma y de otros, o conduce un estudio bíblico formal, y por lo tanto es quien está impartiendo la enseñanza, en presencia de su esposo, debe llevar una cobertura sobre la cabeza, aunque él no comparta la fe de ella. Pero puesto que tiene autoridad divina para enseñar a sus hijos, no necesita ninguna cobertura sobre la cabeza cuando ora o estudia con sus hijos no dedicados en ocasiones en que su esposo no esté presente. Si como circunstancia excepcional un varón dedicado, miembro de la congregación, estuviera presente, o si el superintendente viajante que estuviera de visita en la congregación la acompañara, entonces, mientras ella condujera un estudio bíblico para el cual ya se hubieran hecho arreglos, sí se cubriría la cabeza, pero él debe hacer la oración (Razonamiento a partir de las Escrituras [1989], páginas 254, 255).

Se entiende mejor la necesidad de este consejo dado a la antigua congregación de Corinto cuando pensamos que la costumbre general era que la mujer siempre llevara velo en público. Solo las de dudosa moralidad iban descubiertas. Por otra parte, las sacerdotisas paganas de los templos solían quitarse el velo para que su cabello colgara despeinado cuando decían estar bajo inspiración divina. En la congregación cristiana esta práctica sería vergonzosa y una burla al principio de jefatura y sujeción de Jehová. Pablo concluyó su argumento diciendo que si alguien disputaba en pro de otra costumbre que la que él había establecido, de todos modos la congregación debería seguir su consejo con respecto a llevar una cobertura para la cabeza. Esto hace que la instrucción sea aplicable a la congregación cristiana de todos los tiempos y lugares. (1Co 11:16.) (Perspicacia para comprender las Escrituras, volumen 1, [1991], página 498].

Prenda para la cabeza y sujeción femenina. El apóstol Pablo indicó que las mujeres deberían llevar una cobertura para la cabeza cuando oraran o profetizaran en la congregación cristiana. De esta manera, reconocían el principio de jefatura, según el cual el varón es cabeza de la mujer, Cristo es cabeza de la congregación y Dios es, a su vez, el cabeza de Cristo. Pablo también dijo que a la mujer se le ha dado el cabello largo natural “en lugar de prenda para la cabeza”. En esta ocasión el apóstol estaba escribiendo a los cristianos de Corinto, que vivían entre europeos y semitas, y para quienes la largura del cabello marcaba una diferencia entre varones y mujeres. Por otra parte, las esclavas y las mujeres a las que se había sorprendido en fornicación o adulterio llevaban el cabello rapado. Pablo señaló que el cabello largo de la mujer era una prueba natural de su posición de mujer bajo la jefatura del varón. En vista de este recordatorio natural de su sujeción, la mujer debería en consecuencia llevar algún tipo de cobertura para la cabeza como “señal de autoridad” cuando ore o profetice en la congregación, y así demostrar ante otros, entre ellos los ángeles, su reconocimiento personal del principio de jefatura. (1Co 11:3-16.) No cabe duda de que las profetisas de la antigüedad, como Débora (Jue 4:4) y Ana (Lu 2:36-38), actuaron así cuando profetizaron (Perspicacia para comprender las Escrituras, volumen 2, [1991] página 699).

Preguntas de los lectores 

¿En qué situaciones es apropiado que la cristiana se cubra la cabeza por razones espirituales? 

“Toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza su cabeza”, escribió el apóstol Pablo. ¿Por qué razón? Por el principio divino de la jefatura: “La cabeza de la mujer es el varón”. Dado que las funciones de orar y predicar dentro de la congregación las desempeñan normalmente hombres, la cristiana debe cubrirse cada vez que se encargue de asuntos relativos a la adoración que por lo general sean competencia del esposo o de un varón bautizado (1 Corintios 11:3-10) (La Atalaya, 15 de julio de 2002, página 26).

• ¿En qué dos ámbitos de la vida es apropiado que la cristiana se cubra la cabeza?

Uno de ellos tiene que ver con la vida familiar. Al cubrirse la cabeza, la cristiana prueba que reconoce que su esposo es el responsable de llevar la delantera en orar y de dar instrucción bíblica. El otro ámbito tiene que ver con la congregación, donde ella demuestra que reconoce que los varones bautizados tienen la autoridad bíblica para enseñar y dirigir (1 Corintios 11:3-10).—w02 15/7, páginas 26, 27 (La Atalaya, 15 de agosto de 2002, página 29).

2. ¿Quién hará la oración en el estudio si un hermano bautizado acompaña a una hermana? ¿Y si la acompaña un publicador no bautizado?

2 ¿Quién debe hacer la oración? Si un hermano bautizado acompaña a una hermana, le corresponde a él, aunque ella puede dirigir el estudio con la cabeza cubierta (1 Cor. 11:5, 10). Ahora bien, si es un publicador del Reino que no está bautizado quien la acompaña, la hermana hará la oración. En este caso, ella deberá cubrirse la cabeza tanto al orar como cuando dirija el estudio (Nuestro Ministerio del Reino, marzo de 2005, página 4).

Preguntas de los lectores

¿Es necesario que se cubran la cabeza las hermanas que interpretan en lenguaje de señas discursos bíblicos durante las reuniones o asambleas cristianas?

En general, toda cristiana debe cubrirse la cabeza cuando atiende responsabilidades que normalmente le corresponderían a su esposo o a algún hermano de la congregación. Dicha norma está en armonía con el siguiente principio expuesto por el apóstol Pablo: “Toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza su cabeza”. ¿Por qué? Porque “la cabeza de la mujer es el varón” (1 Cor. 11:3-10). En efecto, la mujer que lleva una prenda modesta y adecuada sobre la cabeza en esas situaciones muestra que se somete a la autoridad teocrática establecida en la congregación cristiana (1 Tim. 2:11, 12).a

¿Es aplicable este principio a los casos en los que una hermana interpreta un discurso que está pronunciando un hermano en otro idioma? Pues bien, como la hermana solo transmite lo que dice el orador, no es ella la que está enseñando. Esto resulta obvio en el caso de los idiomas hablados, pues el auditorio puede concentrarse en el orador y a la vez escuchar a la intérprete. Por ello, las hermanas que interpretan no se convierten en el centro de atención. De hecho, a veces tienen la opción de situarse mirando al conferenciante en vez de al auditorio o incluso de permanecer sentadas. En vista de todo lo anterior, no sería necesario que se cubrieran la cabeza. Ahora bien, la interpretación en lenguaje de señas es muy distinta.

En el caso del lenguaje de señas, los avances tecnológicos han hecho que el intérprete se convierta a menudo en el centro de atención, pues su imagen suele aparecer en una pantalla grande, mientras que al orador tal vez ni siquiera se le vea. Por lo tanto, parece necesario que las hermanas que interpretan en lenguaje de señas se cubran la cabeza, indicando así que reconocen el papel secundario que desempeñan (La Atalaya, 15 de noviembre de 2009, página 12). 

Sección de preguntas 

 Si una publicadora dirige un estudio bíblico en la puerta de una casa en compañía de un publicador, ¿debe cubrirse la cabeza?

Cuando una publicadora dirige una sesión fija y programada de estudio bíblico en presencia de un publicador, debe cubrirse la cabeza (1 Cor. 11:3-10). La Atalaya del 15 de julio de 2002 dice en la página 27: “Como se trata de una sesión programada de enseñanza, la persona que imparte el curso de hecho lo preside, de modo que, en tales circunstancias, este se convierte en una extensión de la congregación. Si una Testigo bautizada dirigiera un estudio en presencia de un Testigo varón bautizado, debería cubrirse”. La pauta siempre es la misma, sin importar que el estudio se dirija dentro de la casa, en la puerta o en cualquier otro lugar (Nuestro Ministerio del Reino, noviembre de 2013, página 2).

¿Debería una publicadora cubrirse la cabeza mientras dirige un curso bíblico en presencia de un publicador?

El artículo que se publicó en la sección “Preguntas de los lectores”, de La Atalaya del 15 de julio de 2002, explicó que una cristiana debía cubrirse la cabeza al dirigir cursos bíblicos en presencia de un publicador, estuviera o no bautizado. Sin embargo, tras analizar más detalladamente este tema, parece apropiado modificar lo que se indicó en aquella ocasión.

Una hermana deberá cubrirse la cabeza cuando un hermano bautizado la acompañe a un curso bíblico que ya está establecido. ¿Por qué razón? Como está llevando a cabo una función que normalmente le correspondería al hermano, el que ella se cubra la cabeza demuestra que respeta el principio de autoridad dentro de la congregación cristiana (1 Cor. 11:5, 6, 10). Si lo prefiere, la publicadora también puede pedirle al hermano que dirija la sesión de estudio, si está capacitado para hacerlo.

Por otro lado, si quien acompaña a la hermana al curso bíblico ya establecido es un publicador no bautizado que no es su esposo, no hay ninguna norma bíblica que indique que ella deba cubrirse la cabeza. Con todo, algunas hermanas tal vez decidan cubrirse en ocasiones como esta debido a que su conciencia así se lo dicta (La Atalaya, 15 de febrero de 2015, página 30).

Si una hermana tiene que dirigir la reunión 

La hermana deberá cubrirse la cabeza cuando dirija la reunión y, por lo general, estará sentada. Tratará la misma información en la reunión que si un hermano la dirigiera. Aunque no dará la apariencia de estar enseñando, podrá iniciar el análisis de un tema entre los asistentes. Si le pide a otra hermana bautizada que haga la oración, esta también tendrá que cubrirse la cabeza. En el caso de que llegue un hermano bautizado mientras la hermana lleva a cabo la reunión, ella le pedirá al hermano que continúe. Es responsabilidad del superintendente de servicio prever situaciones incómodas y dar las debidas instrucciones para evitarlas. Por ejemplo, puede darse el caso de que un jovencito que esté bautizado asista a una reunión para el servicio del campo y una hermana la esté dirigiendo. Si los ancianos opinan que el joven no está preparado para encargarse de la reunión pero sí para orar en público, el superintendente de servicio hablará de antemano con ambos para que ella lleve a cabo la reunión y él haga la oración. O puede que haya un hermano bautizado que no deba dirigir las reuniones o hacer la oración por razones que los ancianos conocen. Sin revelar detalles confidenciales, los ancianos deberían informar a la hermana que dirige la reunión que es ella quien debe encargarse y hacer la oración aunque el hermano esté presente. A su vez, los ancianos deben informar al hermano de los días en que habrá hermanas encargadas de dirigir las reuniones para predicar (Nuestro Ministerio del Reino, marzo de 2015, página 6).

 Rebeca ve a un hombre caminando por el campo, que parece estar meditando. Se baja del camello, dice el relato, tal vez sin esperar ni siquiera a que el camello se arrodille. Y le pregunta al anciano: “¿Quién es aquel hombre que viene andando por el campo a nuestro encuentro?”. Al enterarse de que es Isaac, se cubre la cabeza con un manto (Génesis 24:62-65). ¿Por qué hace eso? Parece ser una muestra de respeto hacia su futuro esposo. Esta clase de sumisión podría considerarse hoy anticuada. Sin embargo, tanto hombres como mujeres podemos aprender mucho del ejemplo de humildad de Rebeca (La Atalaya, edición para el público, 2016, número 3, página 15).

17. ¿Por qué se cubren la cabeza las cristianas cuando realizan ciertas labores en la congregación?

17 En la congregación hay diversas tareas de las que, por lo general, se ocupan los ancianos y siervos ministeriales, como dirigir las reuniones para el servicio del campo. ¿Qué ocurre cuando no hay ninguno disponible para realizarlas? En esos casos se usa a otro varón bautizado. ¿Y si tampoco hubiera ninguno? Entonces se utilizaría a una hermana capacitada. Ahora bien, siempre que una mujer realice una labor que normalmente haría un varón bautizado, debe cubrirse la cabeza (1 Corintios 11:3-10).a Este requisito no pretende rebajar a la mujer en ningún sentido. En realidad, le brinda la oportunidad de expresar respeto por el orden que Jehová ha establecido en la familia y en la congregación. […]

¿Cuándo hay que cubrirse la cabeza, y por qué? 

Por inspiración, Pablo explicó que a veces las cristianas deben cubrirse la cabeza para realizar su servicio a Jehová. ¿En qué situaciones tienen que hacerlo, y por qué? Examinemos las palabras del apóstol en 1 Corintios 11:3-16 para ver algunas pautas que les permitirán actuar en cada caso de una forma que honre a Dios. Pablo apunta a tres factores a tomar en cuenta: 1) las actividades que exigen que lleven cubierta la cabeza; 2) los ámbitos, o contextos, en que realizan dichas actividades, y 3) los motivos que tienen para aplicar esta norma.

Las actividades. Pablo menciona dos: orar y profetizar (versículos 4, 5). Orar es, como sabemos, una forma de dar culto a Jehová; por otro lado, profetizar se refiere hoy a la labor de enseñanza bíblica de los ministros y ministras cristianos. Entonces, ¿quiere decir Pablo que las hermanas han de cubrirse siempre que estén orando o enseñando la Biblia? No. En realidad, todo depende del segundo factor: el ámbito donde realicen estas actividades.

Los ámbitos. El apóstol alude a dos ámbitos: la familia y la congregación. Él escribe: “La cabeza de la mujer es el varón; [...] toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta avergüenza su cabeza” (versículos 35). En la familia, Jehová ha nombrado al esposo cabeza de la mujer. Por eso, ¿qué sucede si ella asume funciones que Jehová reserva para el cabeza? Que, a menos que demuestre el debido reconocimiento a la autoridad de su esposo, lo avergonzará. Veamos varios ejemplos. Una cristiana está con su esposo presente y tiene que dar lecciones bíblicas a alguien. Por respeto a la autoridad del marido, debe cubrirse. Y da igual que él esté o no bautizado, pues es cabeza de la familia. ¿Y si una cristiana tiene que orar o enseñar en presencia de un hijo menor bautizado? Aunque él no es cabeza de la familia, la madre también se cubrirá. ¿Por qué? Porque respeta la autoridad que han recibido los varones bautizados de la congregación.

Pablo se refiere al segundo ámbito, la congregación, al escribir: “Si algún hombre parece disputar en pro de otra costumbre, nosotros no tenemos otra, ni tampoco las congregaciones de Dios” (versículo 16). Al frente de la congregación, Jehová ha puesto a hombres bautizados (1 Timoteo 2:11-14; Hebreos 13:17). Así, solo permite que se nombre a varones para que cuiden Su rebaño como ancianos y siervos ministeriales (Hechos 20:28). Pero a veces es preciso que una cristiana atienda tareas que normalmente corresponden a un varón bautizado y competente. Por ejemplo, quizás tenga que dirigir una reunión para el servicio del campo porque no haya ningún hermano capaz. Esta reunión es en realidad una extensión del programa de enseñanza de la congregación, y debería dirigirla un hermano. Y lo mismo sucede si una cristiana tiene que dirigir, en presencia de un varón bautizado, un estudio bíblico establecido.  Por eso, ella deberá cubrirse en reconocimiento de que realiza una función propia de un hombre.

No obstante, la cristiana no tiene que llevar cubierta la cabeza para otras muchas facetas de la adoración. Por ejemplo, para comentar en las reuniones, predicar de casa en casa (aunque vaya con su esposo u otro varón bautizado) y orar o estudiar con sus hijos no bautizados. Ahora bien, ¿qué puede hacer si le surgen dudas en un caso específico? En primer lugar, analizar el asunto con más detenimiento.  Pero si la duda persiste, y se lo dicta la conciencia, no hay nada de malo en que se cubra al estilo de la hermana de la foto.

Los motivos. En el versículo 10 encontramos dos motivos que impulsarán a la cristiana a cumplir con este requisito: “La mujer debe tener una señal de autoridad sobre la cabeza [...] debido a los ángeles”. La primera razón se desprende de la expresión “una señal de autoridad”. En efecto, la prenda que cubre la cabeza de la hermana es una señal de reconocimiento a la autoridad que Jehová otorga dentro de la congregación a los varones bautizados. Es, por tanto, un medio por el que ella demuestra amor y lealtad a Dios. ¿Y cuál es la segunda razón? Según el citado versículo, “debido a los ángeles”. Pero ¿qué efecto puede tener en estos poderosos espíritus el que la mujer se cubra?

Los ángeles se fijan en todos los miembros de la organización de Jehová, tanto del cielo como de la Tierra, y están muy pendientes de sus demostraciones de respeto a la autoridad divina. De hecho, se benefician del ejemplo de obediencia de los humanos imperfectos. Al fin y al cabo, estos espíritus también deben dar prueba de sumisión al orden divino, algo que no todos ellos hicieron en su día (Judas 6). En la actualidad reciben un magnífico ejemplo cada vez que una cristiana se somete por voluntad propia a la autoridad de un hermano bautizado, incluso si ella lo supera en experiencia, conocimiento o inteligencia. Y el ejemplo les resulta aún más impactante si se trata de una cristiana ungida. ¿Por qué? Porque en el futuro dicha hermana será parte del grupo de coherederos que reinará con Cristo en los cielos, en una posición superior a la de los propios ángeles. Como vemos, las cristianas tienen ante sí un verdadero privilegio. Con su conducta leal y sumisa dan ante millones de ángeles una auténtica lección de humildad y obediencia.

 La esposa cristiana no ora en voz alta en presencia de su cónyuge creyente a no ser por motivos excepcionales, como que él haya perdido el habla por alguna enfermedad (“Manténganse en el amor de Dios” [2018], páginas 43-44 y 209-212).

23 En algunas congregaciones pequeñas solo hay hermanas. Cuando eso ocurre, la hermana que ora o dirige la reunión debe cubrirse la cabeza, en armonía con lo que dicen las Escrituras (1 Cor. 11:3-16). La mayoría de las veces permanece sentada de frente al auditorio. Las hermanas no dan discursos en las reuniones; más bien, leen y comentan la información preparada por la organización o, por variar, la analizan con el auditorio o presentan una demostración. La sucursal pide a una de las hermanas que atienda la correspondencia y dirija las reuniones. Cuando haya un siervo ministerial o un anciano en la congregación, él se encargará de estas tareas (Organizados para efectuar la voluntad de Jehová, [2021], página 67).

     Concluyo con mi lema favorito: lo documentamos todo, todo y todo.

P. D.: Puedes consultar las publicaciones mencionadas en la pagina oficial de la confesión religiosa: https://wol.jw.org/es/wol/h/r4/lp-s

3 comentarios:

  1. Es importante que se reconozca y se valore el papel de las mujeres en todas las comunidades, incluyendo las religiosas. La igualdad de género debe ser un valor fundamental en todas las organizaciones, más que nada porqué permitiría que las mujeres puedan participar plenamente en la vida religiosa y tener igualdad de oportunidades y responsabilidades en el liderazgo. Opinions

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Este blog se centra en un grupo concreto como son los testigos de Jehová al cual pertenecemos o hemos pertenecido la mayoría de sus lectores (y su autor, un servidor). Critico el abismo que separa lo que dice públicamente la confesión religiosa de puertas para afuera y la realidad que se vive dentro. Todo está documentado con sus propias publicaciones, desde el año 1960 hasta el 2021, un total de 25 citas literales de otras tantas publicaciones. O sea, aporto datos para que cada cual haga su propio análisis y saque sus conclusiones.

      Eliminar
  2. Quería añadir que por otro lado lo encuentro bien, pero cada uno Societat.

    ResponderEliminar

Si tienes conocimiento de un delito (como puede ser un caso de un abuso sexual infantil en una congregación), por favor, denúncialo en un Juzgado, en la comandancia de la Guardia Civil o una comisaría de la Policía Nacional. Ellos tienen la legitimidad y los medios para investigarlos y localizar las pruebas.

https://alertcops.ses.mir.es/mialertcops/info/infor/info_6_es.xhtml?faces-redirect=true

Guardia Civil
http://www.guardiacivil.org/
Email: emume@guardiacivil.org
Teléfono: 062

Cuerpo Nacional de Policía
http://www.policia.es/
Email: webdgp@policia.es
Teléfono: 091

Los comentarios en los que se mencionen los nombres y apellidos de los autores de presuntos delitos se borrarán en cuanto me percate de ello.

Por otro lado, si deseas contrastar la información, puedes dirigirte a la Asociación de los Testigos Cristianos de Jehová en España, en los siguientes E-mail: tcjlegal@terra.es y ARCO@TCJ.ES

Por favor, se agradece que se eviten los insultos. ¡Gracias por vuestra comprensión!