Estimados camaradas víctimas de las tropelías varias watchtowerianas:
Nuestro camarada en la diáspora, El Pirula, ha tenido la gentileza de compartir con nosotros este documento relacionado con el tipo de datos que conserva la confesión religiosa sobre nuestras personas..., ¡habida cuenta de la confusión que ha provocado el post anterior! ¿Qué podemos decir como biografía? El Pirula, aparentemente es un hombre muy teocrático : pro Organización y pro Sociedad. Tiene un defecto: colabora con la Honorable Resistencia Apóstata. Por otra parte, el gachón tiene gracia, es simpático, abierto, distinguido en las maneras --parece un Lord inglés-- y con dominio de varios idiomas..., ¡un hombre de mundo! Ideal para pasar desapercibido entre la ilustre e indocta tropa que conformamos el conglomerado teocrático. Está un poco quemado con el despotismo de los caciques teocráticos y cómo éstos no tratan al rebaño con la ternura que nos encomendó el Maestro. Está por la transparencia informativa y financiera dentro de la confesión religiosa. Como todos nosotros..., ¡no cobra un duro! Amor al prójimo a palo seco. ¡Gracias, compañero, por informar a la indocta tropa!
Esta carta dirigida a todos los cuerpos de ancianos, con fecha de 3 junio de 1999, estuvo escrita por una persona cuya clave encriptada es la que aparece a la izquierda de la fecha: SB:SSD Todas las personas que escriben cartas que saldrán de Betel, tienen asignadas una iniciales que les identifican internamente.
En esta carta, la confesión religiosa mandaba las directrices sobre cómo manejar los datos personales internamente. Por ejemplo, el primer párrafo, trata escuetamente sobre los datos sobre las personas que son: expulsadas, autoexpulsadas obligatoriamente, o desasociadas voluntariamente. Dice así: La congregación solo guardará la tarjeta S-79b en un sobre cerrado en el que figure el nombre de la persona expulsada, la fecha de la acción, y los nombres de los hermanos que tomaron la decisión. En el exterior del sobre también debe indicarse la fecha de bautismo. Para una visión y una mejor compresión sobre lo pormenorizado de los datos personales, así como sobre el uso de este y otros impresos, por favor, leer el siguiente enlace en este blog: http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2008/11/cmo-notificar-la-sucursal-los-asuntos.html El asunto es el siguiente: ¿tiene conocimiento detallado la persona expulsada sobre el tipo de datos sobre su persona y quiénes tienen acceso a estos? ¿Informa, la confesión religiosa a las personas afectadas sobre cómo archivará y quiénes pueden tener acceso a esta información, no solo a nivel local, sino a nivel nacional?
El último párrafo de la carta, se refiere a los que no desean firmar su consentimiento sobre el almacenamiento y uso de sus datos personales, ¿cuáles son la directrices de la confesión religiosa? Como TH no os informa de estos detalles sin importancia, nosotros, los apóstatas, tenemos la obligación moral de informar: Tal hermano no daría su consentimiento para mantener registros sobre él. La congregación y/o la central (sede nacional de los testigos de Jehová) mantienen registros de los hermanos que sirven como ancianos, siervos ministeriales, precursores regulares y auxiliares, de los que figuran en el organigrama de la congregación de responsabilidades especiales, y de los que están en el servicio de tiempo completo. El hermano que no deseara que se mantuvieran registros sobre él, consecuentemente, se autoexcluiría de las actividades mencionadas. No obstante, si él no objetara a ello, la congregación podría anotar su nombre cuando encargara literatura, retirara territorios o figurara en la lista de estudiantes de la Escuela del Ministerio Teocrático para presentar discursos estudiantiles. Por lo que indican las consignas, queda excluido de reponsabilidades dentro de la comunidad local de los testigos de Jehová. ¿De todas? Con una precisión: podría predicar y ofrecer las publicaciones de la Sociedad Watch Tower al público, sin olvidarse de lo de las donaciones voluntarias --o sea, pedir dinero--. También podría participar de discursos estudiantiles..., ¡no vaya a ser que los hermanos se queden perplejos de cómo una persona que predica tanto, no sale en la plataforma haciendo asignaciones y les de por preguntarle y descubran el pastel de los datos personales!
En todo esto, lo que no dicen a los ancianos de congregación son las consecuencias legales que se pueden derivar de aplicar el sistema judicial de la confesión religiosa, ver el siguiente enlace: http://johnhenrykurtz.blogspot.com/2008/10/anciano-de-congregacin-sabes-que-podras.html Como siempre, ese trabajo nos lo dejan a nosotros.
Próximamente informaremos a los ancianos cómo pueden blindarse y cubrirse las espaldas con respecto a las directrices orales --que no escritas-- que recibirán en la próxima escuela para ancianos de congregación. ¿Porqué la confesión religiosa exige a los ancianos que las directrices orales las escriban de su puño y letra en el manual para los ancianos, y no vienen estas impresas? ¿Tal vez para lavarse las manos..., legalmente? ¿Para evadir la responsabilidad y dejarla caer encima de los pringados de los ancianos? ¡Ojito, hablaremos sobre el tema!
¡Ah, se me olvidaba! Lamento que sienta tan mal a TH la verdad documentada.